Nuevos jueces, viejos vicios: fallos de la SCJN a favor de Samuel García y la liberación de “El Titán” ponen bajo revisión el desempeño de los integrantes del Poder Judicial elegidos en 2025, mientras expertos de la UNAM advierten riesgos de presión política, corrupción y una justicia más lenta
A un año de la elección judicial, fallos favorables a políticos, liberaciones cuestionadas y vínculos partidistas reavivan dudas sobre la independencia de los nuevos jueces.

CIUDAD DE MÉXICO.- A poco más de un año de la primera elección judicial federal, resoluciones, antecedentes profesionales y apariciones públicas de algunos juzgadores electos reactivaron las dudas sobre la independencia del nuevo Poder Judicial. Los casos afectan a personas sujetas a procesos penales, autoridades investigadas y ciudadanos que dependen de los tribunales para proteger sus derechos. Un recuento de Agencia Reforma documentó decisiones cuestionadas y posibles vínculos políticos.
La elección se realizó el 1 de junio de 2025 para renovar parte de los cargos del Poder Judicial de la Federación, después de la reforma constitucional publicada el 15 de septiembre de 2024. El Instituto Nacional Electoral calculó una participación de entre 12.57% y 13.32% de la lista nominal. El nuevo modelo buscaba acercar la justicia a la población y combatir problemas como corrupción, nepotismo y falta de legitimidad, pero especialistas sostienen que algunas de esas fallas permanecen o adquirieron nuevas formas.
¿Qué casos colocaron bajo escrutinio a los nuevos jueces?
El recuento periodístico incluye decisiones tomadas en Nuevo León, donde la relación entre procesos judiciales, intereses políticos y seguridad pública ha generado cuestionamientos.
- El amparo concedido a Samuel García. La jueza federal Tania Virginia Neri Borjas otorgó una suspensión provisional dentro del amparo promovido por el gobernador de Nuevo León contra un juicio político que se tramita en el Congreso estatal. Reforma reportó que la juzgadora había sido impulsada mediante listas o “acordeones” vinculados con el mandatario durante la elección de 2025. Legisladores solicitaron investigar un posible conflicto de interés, pero esa petición no constituye una resolución que acredite parcialidad o corrupción.

- La liberación de “El Titán”. La jueza María de los Ángeles Padrón Banda decretó la no vinculación a proceso y la liberación de José Antonio Cortés Huerta, señalado por autoridades como presunto integrante de una red dedicada al robo de hidrocarburos. La decisión se produjo después de que un amparo detectó irregularidades en los cateos y problemas con las pruebas presentadas. La liberación no representa una declaración de inocencia: significa que la acusación no pudo sostenerse en ese momento con elementos obtenidos y presentados conforme a la ley.

Reforma también reportó casos de juzgadores que anteriormente defendieron a personas acusadas de narcotráfico, ministros presentes en actos presidenciales y funcionarios judiciales con cargos partidistas. Esos antecedentes pueden abrir preguntas sobre independencia o apariencia de imparcialidad, pero ejercer una defensa penal previa, asistir a un evento o ser mencionado en un recuento periodístico no acredita automáticamente una conducta ilícita. Cada caso requiere revisar fechas, funciones, incompatibilidades legales y posibles procedimientos disciplinarios.
¿Por qué los especialistas hablan de intereses locales?
Diego Valadés, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, advirtió que los jueces federales permanecerán durante su periodo en la región donde fueron elegidos. A su juicio, esa condición puede exponerlos a presiones políticas o criminales y convertirlos en “rehenes del terror” de organizaciones delictivas.
El Informe académico sobre la reforma judicial de 2024 en México, publicado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en abril de 2026, plantea un riesgo similar. El documento señala que la permanencia de los juzgadores en un mismo circuito podría facilitar su cooptación por grupos de poder político, económico o delincuencial. También advierte que algunos gobernadores tuvieron influencia en la integración de órganos judiciales locales.
Valadés describió este fenómeno como una forma de “neocaciquismo”: gobernadores o estructuras regionales capaces de promover candidaturas judiciales y, posteriormente, tener interés en las decisiones de quienes resultaron electos. La existencia de una relación política previa no demuestra que una sentencia haya sido negociada, pero sí puede generar una percepción de dependencia que debe ser aclarada mediante excusas, revisiones judiciales o investigaciones disciplinarias.
¿La elección popular hizo más lenta la justicia?
Paulina Creuheras, especialista de Integralia, consideró que el sistema actual es “mucho peor” que el anterior debido a problemas de preparación, profesionalización y velocidad para resolver expedientes. Según su evaluación, algunos secretarios de juzgado han adquirido mayor peso porque cuentan con más experiencia técnica que los titulares recién electos.
Arturo Espinosa Silis, director de Laboratorio Electoral, sostuvo que el sistema se encuentra más politizado y afirmó que el objetivo parecía no ser mejorar la justicia, “sino tener control sobre ella”. Estas expresiones son valoraciones de especialistas y no sustituyen una evaluación estadística sobre sentencias, tiempos de resolución, revocaciones o sanciones.
El informe de la UNAM también concluye que la reforma no solucionó problemas estructurales como corrupción, nepotismo y dificultades para acceder a los tribunales. Además, advierte que la elección popular, los mecanismos de selección y la influencia de los “acordeones” pueden poner en riesgo la independencia judicial.
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