Suprema Corte falla a favor de Samuel García y frena cualquier sanción del juicio político, incluida su destitución como gobernador de Nuevo León
La SCJN admitió la controversia constitucional presentada por el Gobierno de Nuevo León y ordenó que el Congreso estatal no ejecute una eventual separación del cargo o inhabilitación mientras se resuelve el caso

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte frenó provisionalmente cualquier intento de separar de su cargo o inhabilitar a Samuel García, una decisión que mantiene al mandatario al frente del Gobierno de Nuevo León y limita el alcance inmediato del juicio político impulsado en el Congreso estatal. De acuerdo con la Lista Extraordinaria de Notificaciones publicada por la SCJN el 13 de julio de 2026, el procedimiento legislativo puede continuar, pero sus posibles sanciones no podrán aplicarse mientras se estudia la controversia constitucional 386/2026. Las acusaciones sobre un supuesto manejo irregular de recursos siguen sin comprobarse y deberán ser analizadas por las autoridades competentes.
La controversia fue presentada por el Poder Ejecutivo de Nuevo León contra actos de la Comisión Anticorrupción y del Congreso local. La Corte admitió el asunto mediante un acuerdo fechado el 8 de julio y concedió la suspensión para preservar la continuidad del gobierno estatal mientras determina si el procedimiento legislativo se desarrolló conforme a la Constitución.
¿Qué decidió exactamente la Suprema Corte?
La resolución establece que el Congreso de Nuevo León no debe ejecutar ninguna determinación derivada del juicio político que tenga como resultado la separación del cargo o la inhabilitación de Samuel García.

El documento precisa que la medida se concede para que, “sin suspender el procedimiento, no se ejecute ninguna determinación derivada del proceso de juicio político” hasta que se resuelva el fondo de la controversia constitucional.
En términos prácticos, la orden de la Corte implica lo siguiente:
- El Congreso puede continuar con el análisis de la denuncia.
- La Comisión Anticorrupción puede realizar actuaciones relacionadas con el expediente.
- No puede ejecutarse una eventual destitución del gobernador.
- Tampoco puede aplicarse una inhabilitación para ocupar cargos públicos.
- La protección tiene efectos inmediatos y no requiere garantía económica.
- La suspensión podría modificarse o revocarse si surgen nuevos elementos jurídicos.
El asunto fue turnado a la ministra María Estela Ríos González, quien se desempeñó como consejera jurídica del Ejecutivo federal entre septiembre de 2021 y septiembre de 2024. La asignación del expediente aparece en los registros oficiales de la Suprema Corte.
¿El juicio político contra Samuel García quedó cancelado?
No. La resolución de la SCJN no ordena archivar el expediente ni impide que los diputados continúen con sus etapas internas. Su efecto se limita a detener la ejecución de las sanciones que pudieran aprobarse.
Esta diferencia es importante porque la expresión “suspensión del juicio político” puede llevar a pensar que todo el procedimiento quedó paralizado. Sin embargo, el documento oficial señala expresamente que el trámite legislativo puede seguir mientras la Corte estudia si los actos reclamados son constitucionales.
Samuel García difundió la resolución mediante una historia de Instagram y escribió: “Acaba de publicar la SCJN la admisión y suspensión del juicio político”. Aunque el gobernador presentó la decisión como una suspensión del proceso, el alcance jurídico detallado por la Corte solo impide aplicar una eventual destitución o inhabilitación.

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¿Por qué la Corte impidió que Samuel García fuera separado del cargo?
La Suprema Corte consideró que permitir una destitución antes de resolver la controversia podría causar un daño difícil de reparar. Si posteriormente determinara que el juicio político se desarrolló de manera inconstitucional, el tiempo durante el cual el gobernador hubiera permanecido fuera del cargo no podría recuperarse.
La resolución también sostiene que la suspensión busca proteger la continuidad de las funciones del Poder Ejecutivo y el desarrollo de la administración pública de Nuevo León. Según la Corte, mantener temporalmente la situación actual no afecta la seguridad ni la economía nacionales.
Estos argumentos no representan una evaluación sobre la responsabilidad de Samuel García. La SCJN todavía deberá analizar los actos del Congreso, las etapas del procedimiento y los argumentos jurídicos presentados por el Ejecutivo estatal.
¿De qué se acusa al gobernador de Nuevo León?
La denuncia que dio origen al procedimiento fue presentada el 8 de junio por Anabel del Roble Alcocer Cruz, dirigente estatal de Morena, quien acudió ante el Congreso en calidad de ciudadana. El Poder Legislativo registró el escrito y lo turnó con carácter urgente a la Comisión Anticorrupción.

La acusación señala presuntas operaciones mediante las cuales recursos públicos habrían sido dirigidos a empresas o despachos relacionados con el entorno familiar del gobernador. Sin embargo, las cantidades difundidas públicamente no son uniformes: distintos reportes periodísticos han mencionado cifras cercanas a los mil millones, mil 400 millones e incluso montos mayores. Ninguna de esas cantidades ha sido establecida como un desvío comprobado mediante una sentencia.
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El 12 de junio, la Comisión Anticorrupción aprobó declarar procedente la denuncia y continuar con su revisión. El asunto quedó registrado en el expediente legislativo 21537/LXXVII. La admisión significa que el Congreso consideró que existían elementos para iniciar el análisis, pero no representa una declaración de culpabilidad.
¿Es verdad que el expediente solo tenía una credencial y notas periodísticas?
El Gobierno de Nuevo León afirmó que el expediente utilizado para iniciar el juicio político contenía la identificación de la denunciante y recortes de publicaciones periodísticas, sin pruebas concluyentes que demostraran las conductas atribuidas al gobernador.
Esa afirmación corresponde a la postura del Ejecutivo estatal y no a una conclusión de la Suprema Corte. La resolución emitida por la SCJN no determina si las pruebas son suficientes, falsas o verdaderas. Su análisis se concentra, por ahora, en evitar que una posible sanción produzca efectos irreversibles antes de revisar el fondo del conflicto.
Por su parte, la Comisión Anticorrupción consideró que la denuncia cumplía las condiciones necesarias para comenzar el procedimiento. La suficiencia de las pruebas y la posible responsabilidad del gobernador permanecen en discusión.
¿En qué se diferencia esta resolución del amparo obtenido por Samuel García?
Antes de la intervención de la Suprema Corte, el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo León había concedido a Samuel García una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo.
Esa protección federal buscaba detener temporalmente la votación o conclusión del juicio político. La suspensión dictada dentro de la controversia constitucional tiene un alcance diferente: permite que el Congreso continúe con el trámite, pero prohíbe ejecutar una eventual destitución o inhabilitación.
Ricardo Tamez, asesor jurídico del Congreso de Nuevo León, sostuvo que ambas resoluciones deberán revisarse de manera conjunta y señaló que el Poder Legislativo puede continuar analizando el fondo del expediente, aunque no podría retirar al gobernador de sus funciones mientras permanezca vigente la orden de la Corte. Esta interpretación corresponde al representante jurídico del Congreso y podría ser discutida ante tribunales federales.
¿Qué sigue para Samuel García y el Congreso de Nuevo León?
La Suprema Corte deberá estudiar si el Congreso y su Comisión Anticorrupción actuaron dentro de sus facultades, si respetaron el debido proceso y si el juicio político cumple con los requisitos establecidos por la Constitución.
No existe una fecha definitiva para la sentencia. Mientras la controversia permanezca en estudio y la suspensión siga vigente, Samuel García continuará como gobernador. El Congreso podrá avanzar con las actuaciones que no contradigan las resoluciones judiciales, pero cualquier sanción que busque separarlo del puesto quedará sin efectos inmediatos.
La situación puede resumirse en cinco puntos:
- Samuel García no ha sido exonerado.
- El juicio político no está cancelado.
- Las acusaciones todavía no han sido comprobadas.
- El Congreso puede continuar con el procedimiento.
- La destitución o inhabilitación no pueden ejecutarse por ahora.
El siguiente momento decisivo será la resolución de fondo de la controversia constitucional 386/2026. Hasta entonces, la suspensión funciona como una protección temporal para mantener al gobernador en el cargo, no como una sentencia sobre su responsabilidad.
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