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Multarán a Google por entregar tarde al INE información sobre publicidad política

La multa a Google deriva del retraso en la entrega de datos sobre publicidad política contratada durante las precampañas locales de Veracruz

Multarán a Google por entregar tarde al INE información sobre publicidad política

La Sala Superior del TEPJF confirmó por unanimidad la multa de 10 mil 857 pesos impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) a Google Operaciones de México por entregar fuera de plazo información relacionada con publicidad política.

De acuerdo con la resolución publicada por el Tribunal Electoral el 15 de julio de 2026, el retraso afectó los principios de certeza, legalidad, transparencia y la capacidad del INE para revisar oportunamente los gastos de los partidos, de acuerdo con El Economista.

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¿Por qué el INE multó a Google?

El caso surgió durante la revisión de los informes de ingresos, gastos, publicidad digital y propaganda política de las precampañas de Veracruz correspondientes al proceso electoral 2023-2024.

  • La Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) envió a Google dos requerimientos y dos exhortos, notificados entre el 24 de enero y el 13 de febrero de 2024.
  • La empresa debía proporcionar información sobre servicios publicitarios, propaganda partidista, operaciones contratadas y gastos relacionados.
  • Google respondió hasta el 19 y 25 de abril de 2024, cuando los periodos establecidos por la autoridad ya habían vencido.
Especialistas en ciberseguridad recomiendan hacerlo aproximadamente una vez al mes para reducir la acumulación de información personal.  | Foto: Pexels

Entregar la información tarde también constituye una infracción

Google argumentó que sí respondió al INE y solicitó que la sanción fuera sustituida por una amonestación o por la multa mínima contemplada en la legislación.

  • El TEPJF declaró infundados e inoperantes los argumentos presentados por la compañía.
  • La normativa sanciona a quien entregue información incompleta, falsa, se niegue a proporcionarla o la presente fuera del plazo.
  • El Tribunal señaló que no es necesario acreditar un daño material, pues el incumplimiento oportuno basta para configurar la falta.
  • El INE calificó la conducta como leve y aplicó la sanción mínima, considerando la capacidad económica de Google.

¿Qué implica la resolución para las plataformas digitales?

La decisión establece que Google, las redes sociales, las empresas de publicidad en internet y otras plataformas deben atender puntualmente los requerimientos formulados durante investigaciones electorales.

El INE puede solicitar información sobre las cuentas que pagan anuncios, los montos facturados, el público objetivo y la ubicación geográfica de las campañas. Estos datos permiten comprobar si los partidos y candidatos reportaron correctamente sus gastos.

En un asunto distinto, la Suprema Corte también validó en junio de 2026 los plazos previstos en la legislación de competencia económica para entregar información. Sin embargo, la revisión definitiva sobre la legalidad de aquella multa quedó en manos de un tribunal colegiado.

La sentencia electoral, registrada como SUP-RAP-159/2026, deja firme la sanción y refuerza que las plataformas tecnológicas deben colaborar en tiempo y forma con las autoridades mexicanas cuando investigan el financiamiento y la publicidad de las campañas.

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