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SCJN falló en contra de cortes y cobros ilegales a empresas de Internet tras denuncias contra alcaldesa sinaloense

¿Los municipios pueden cobrar a empresas de telecomunicaciones? Denuncias en Sinaloa reavivan el debate tras criterio de la SCJN.

SCJN falló en contra de cortes y cobros ilegales a empresas de Internet tras denuncias contra alcaldesa sinaloense
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NUEVA YORK. — Las facultades de los municipios para cobrar a empresas de telecomunicaciones volvieron al centro de la discusión nacional, luego de que se hicieran públicas denuncias contra la alcaldesa de Salvador Alvarado, Sinaloa, Guadalupe López González, por presuntas exigencias de pagos a compañías del sector.

El caso ha llamado la atención porque involucra un tema que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha analizado en distintas resoluciones y que también podría tener efectos para miles de usuarios de servicios de telefonía, internet y televisión.

La información fue difundida por TV Azteca, que retomó las denuncias presentadas por el abogado Rodrigo Maldonado y el contexto jurídico derivado de diversos criterios emitidos por la Suprema Corte sobre las competencias de los gobiernos municipales en materia de telecomunicaciones.

Un tráiler derribó postes de electricidad e internet en la colonia El Refugio tras enganchar cables a baja altura, dejando sin luz a viviendas, comercios y a la Universidad Tecnológica de Tijuana, que suspendió clases presenciales. Foto: Border Zoom

¿Qué estableció la Suprema Corte sobre estos cobros?

En distintas resoluciones, la SCJN ha determinado que los municipios no tienen facultades para imponer cobros relacionados con la instalación, operación, mantenimiento, despliegue o retiro de infraestructura de telecomunicaciones.

El criterio parte de que esta materia corresponde de forma exclusiva al ámbito federal.

Durante una de las sesiones del máximo tribunal, la ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que las normas municipales que intenten regular o gravar este tipo de infraestructura invaden competencias reservadas a la Federación.

Con base en ese razonamiento, la Corte ha declarado inválidas diversas disposiciones contenidas en leyes de ingresos municipales.

Municipios donde la SCJN anuló este tipo de cobros

Los criterios de la Suprema Corte ya han sido aplicados en distintos estados del país.

La Suprema Corte bloqueó el uso de viviendas abandonadas por municipios y reforzó el derecho de los propietarios sobre sus inmuebles. /SCJN/Canva

Entre los casos mencionados se encuentran municipios de:

  • San Marcos, Guerrero.
  • General Canuto A. Neri, Guerrero.
  • Apan, Hidalgo.
  • Yahualica, Hidalgo.
  • San Felipe Orizatlán, Hidalgo.

En estos asuntos, el máximo tribunal concluyó que los gobiernos municipales no podían establecer contribuciones relacionadas con infraestructura de telecomunicaciones al tratarse de una materia cuya regulación corresponde al gobierno federal.

¿Qué ocurre en Salvador Alvarado, Sinaloa?

De acuerdo con las denuncias dadas a conocer por TV Azteca, el abogado Rodrigo Maldonado señaló que el Ayuntamiento de Salvador Alvarado continúa exigiendo pagos a empresas de telecomunicaciones, aun cuando la infraestructura utilizada se encuentra soportada, en muchos casos, sobre postes pertenecientes a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Según el litigante, el municipio pretende cobrar cantidades millonarias a empresas que ofrecen servicios de:

  • Telefonía.
  • Internet.
  • Televisión.

El abogado sostiene que ese tipo de cobros no corresponde a los gobiernos municipales debido a que las atribuciones en materia de telecomunicaciones recaen en las autoridades federales.

¿Por qué aseguran que esos cobros serían improcedentes?

Rodrigo Maldonado afirmó que únicamente el Congreso de la Unión y las autoridades federales tienen facultades para legislar y establecer políticas públicas en materia de telecomunicaciones.

Desde esa perspectiva, señaló que los estados y municipios no pueden crear contribuciones relacionadas con infraestructura que pertenece a un régimen regulado por la Federación.

Este argumento coincide con los criterios que la Suprema Corte ha emitido en diversos asuntos similares.

También existen denuncias por presunta extorsión

Además de los señalamientos sobre los cobros, existen denuncias que acusan a la presidenta municipal Guadalupe López González de presunta extorsión contra empresas del sector.

Es importante precisar que estas acusaciones forman parte de denuncias y, hasta el momento, no existe una resolución judicial que determine responsabilidades.

De acuerdo con los denunciantes, también se habrían realizado cortes en redes de telecomunicaciones, situación que, aseguran, afecta la continuidad de los servicios.

Advierten que el cobro de piso sigue afectando a negocios de todos los tamaños y señaló que el miedo a represalias ha provocado que muchos casos ya no sean reportados ante las autoridades. Foto: Cortesía

¿Cómo podrían impactar estos conflictos a los usuarios?

Más allá del conflicto entre autoridades y empresas, los especialistas advierten que cualquier afectación a la infraestructura puede repercutir directamente en la población.

Entre los servicios que podrían verse comprometidos se encuentran:

  • Acceso a internet.
  • Telefonía fija y móvil.
  • Televisión por cable.
  • Conectividad para actividades laborales.
  • Herramientas utilizadas para educación y comunicación.

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Rodrigo Maldonado sostuvo que las consecuencias no recaen únicamente en las compañías, sino también en miles de usuarios que dependen diariamente de estos servicios.

¿Qué sigue en este caso?

Hasta ahora, las denuncias continúan su curso y no existe una resolución definitiva sobre los señalamientos realizados contra la alcaldesa de Salvador Alvarado.

Mientras tanto, los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación permanecen como el principal referente jurídico sobre este tema, al establecer que la regulación de la infraestructura de telecomunicaciones es competencia exclusiva del gobierno federal.

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El desarrollo de este caso podría aportar nuevos elementos sobre la aplicación de esos criterios en el ámbito municipal y sobre el alcance de las facultades de las autoridades locales frente a las empresas del sector.

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