Las empresas ya no podrán pedir cartas de no antecedentes penales tras fallo de la SCJN, al considerarse como discriminatorio, únicamente aplicará en sectores relacionados con la seguridad o implique el uso de armas
La propuesta en el Senado busca que se prohíba la carta de no antecedentes penales al pedir trabajo para evitar la discriminación.

MÉXICO. — El acceso al trabajo formal en México podría transformar sus reglas de contratación. Una iniciativa presentada en el Senado de la República busca prohibir que las empresas exijan la constancia de no antecedentes penales como requisito para contratar o ascender a una persona.
La propuesta, impulsada por el senador Juan Carlos Loera de la Rosa, plantea modificar la Ley Federal del Trabajo para evitar que este documento funcione como un filtro de exclusión.
Según información oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y los argumentos presentados en el proyecto legislativo, solicitar esta carta de forma generalizada vulnera la dignidad humana y dificulta la incorporación de miles de ciudadanos al mercado laboral.
Este proyecto de ley sostiene que pedir la constancia sin una justificación clara se traduce en un acto de discriminación.

Esta práctica suele enviar a personas capacitadas hacia la informalidad, impidiendo que el talento y el mérito profesional sean los criterios principales al buscar un empleo.
Los argumentos legales: ¿Por qué la SCJN y la CNDH consideran discriminatoria esta carta?
La discusión sobre la constancia de no antecedentes penales no es reciente, pues diversas instituciones y el máximo tribunal del país han analizado sus efectos negativos en la sociedad:
- Falta de precisión del documento: La SCJN determinó, al resolver un caso originado en Baja California, que tener o no antecedentes penales no es una base objetiva para medir la rectitud de un trabajador. El tribunal explicó que el documento no distingue entre delitos dolosos o culposos, ni aclara si existe una sentencia firme, convirtiéndose en una “barrera laboral indebida”.
- Postura de la CNDH: Desde 2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos advirtió que solicitar este documento sin justificación restringe oportunidades y vulnera los derechos fundamentales de los aspirantes.

- Criterio de la UNAM: La Universidad Nacional Autónoma de México también se pronunció en contra de esta práctica, al considerar que genera exclusión y evita que la selección de personal se base estrictamente en la capacidad técnica o profesional.
- Impacto en sectores vulnerables: La exposición de motivos de la reforma resalta que “imponer requisitos no estrictamente necesarios puede desplazar a sectores vulnerables hacia ocupaciones informales o precarias”.
Reinserción social: el mandato constitucional detrás de la propuesta
El pilar central de esta reforma radica en el cumplimiento de las garantías individuales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
- Protección al derecho al trabajo: El artículo 1° constitucional prohíbe la discriminación, mientras que el artículo 5° garantiza el derecho de toda persona a dedicarse a la profesión o trabajo que elija.
- El papel del sistema penitenciario: El artículo 18 de la Constitución y el artículo 72 de la Ley Nacional de Ejecución Penal indican que la reinserción social debe basarse en el trabajo, la educación, la salud y la capacitación.
- Eliminación del estigma: La iniciativa señala que “la estigmatización y las barreras laborales dificultan el cumplimiento de dicho objetivo”, por lo que el Estado debe fomentar una cultura de aceptación para las personas que ya cumplieron una condena.
¿Cómo cambia la Ley Federal del Trabajo con la reforma y qué empresas sí podrán seguir pidiéndola?
Si la reforma es aprobada por el Congreso, el proceso de reclutamiento laboral en el sector privado y público podría cambiar de forma significativa:
- Regla general de prohibición: Las empresas ya no podrán solicitar de manera automática o sistemática la carta de no antecedentes penales para contratación, entrevistas o promociones internas.
- Excepciones permitidas: El documento solo podrá solicitarse cuando la naturaleza del puesto lo requiera de forma directa y justificada.

- Áreas con justificación: Las organizaciones mantendrán el derecho de pedir la constancia en actividades vinculadas a la seguridad pública o privada, el manejo sensible de recursos financieros o funciones que impliquen un riesgo específico y demostrable.
Preguntas frecuentes sobre la prohibición de la carta de antecedentes penales
¿Ya es ilegal que me pidan la carta de no antecedentes penales en un trabajo?
Aún no de forma generalizada en la Ley Federal del Trabajo. Por ahora se trata de una iniciativa en revisión dentro del Senado. Sin embargo, existen criterios de la SCJN que catalogan esta exigencia como inconstitucional cuando no existe una justificación directa con el puesto.

Si ya cumplí una condena, ¿pueden rechazarme por mis antecedentes?
Uno de los fines de la propuesta es precisamente evitar que el historial penal sea un motivo automático de rechazo en empleos comunes, garantizando el derecho a la reinserción social y económica.
¿En qué casos las empresas sí podrán exigir el documento?
Únicamente en vacantes donde el perfil de puesto lo exija por razones de seguridad nacional, resguardo de valores, manejo de recursos financieros o en áreas donde exista un marco legal específico que lo requiera.
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