Empresas tendrían prohibido exigir la carta de no antecedentes penales al momento de contratar trabajadores o darles un ascenso con este cambio a la Ley Federal del Trabajo que busca acabar con la discriminación laboral
El proyecto pretende evitar que los antecedentes penales funcionen como un filtro automático para acceder o permanecer en un empleo.

Las empresas en México podrían tener prohibido solicitar la carta de no antecedentes penales como requisito general para contratar, mantener o ascender a una persona, de prosperar una iniciativa presentada en el Senado de la República.
La propuesta, impulsada por el senador de Morena Juan Carlos Loera de la Rosa a inicios de este año, plantea modificar el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para impedir que las personas empleadoras utilicen este documento como un filtro laboral indiscriminado.
Sin embargo, la medida todavía no está vigente. La LFT actualizada por la Cámara de Diputados, con última reforma publicada el 14 de mayo de 2026, no contiene la prohibición específica planteada por la iniciativa. Por ello, no puede afirmarse que la carta haya dejado de solicitarse ni que las empresas ya tengan una nueva obligación federal.
¿Qué propone cambiar la iniciativa en la Ley Federal del Trabajo?
El proyecto busca adicionar una fracción XVII Ter al artículo 133 de la LFT, apartado que enumera las prácticas prohibidas para las personas empleadoras y sus representantes.
La nueva disposición impediría solicitar constancias, certificados u otros documentos con información sobre antecedentes penales como condición para:
- Obtener un empleo.
- Permanecer en el puesto.
- Recibir una promoción o ascenso.
La prohibición no sería absoluta. La carta podría pedirse cuando una disposición legal establezca expresamente el requisito y este resulte directo, necesario y proporcional para las funciones que deberá desempeñar la persona.
Lo nuevo: una empresa no podría incluir el documento de manera automática en todas sus vacantes únicamente porque forma parte de su política interna. Tendría que acreditar que existe una razón legal y objetiva relacionada con el puesto.
¿Las empresas ya tienen prohibido pedir antecedentes penales?
No bajo la reforma planteada. Al 6 de agosto de 2026, la propuesta debe presentarse como una iniciativa en proceso legislativo, no como una modificación aplicable.
Para convertirse en ley necesita ser dictaminada y aprobada por el Congreso, remitida al Ejecutivo federal y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Hasta que eso ocurra, no nace la prohibición específica ni comienza un eventual plazo para que las empresas ajusten sus procedimientos.

La LFT vigente sí establece que el trabajo debe desarrollarse en un entorno libre de discriminación y prohíbe condiciones que atenten contra la dignidad humana. También permite diferencias sustentadas en las calificaciones particulares que exige una actividad determinada. No obstante, su artículo 133 aún no incluye una fracción que prohíba expresamente solicitar la carta de antecedentes penales en contrataciones, permanencia o ascensos.

México
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¿En qué casos sí podría seguir solicitándose la carta?
La iniciativa conserva excepciones para puestos en los que exista una justificación legal vinculada con las responsabilidades del trabajo.
La Ley Nacional de Ejecución Penal ya limita la expedición de constancias de antecedentes penales a determinados supuestos. Entre ellos están las investigaciones y procesos judiciales, los requisitos establecidos expresamente por una ley, algunos cargos públicos, el ingreso a instituciones de seguridad y los casos en que la naturaleza del empleo o el interés público justifiquen la revisión.
Esto significa que la reforma no busca eliminar cualquier verificación. Su objetivo es evitar que el documento se utilice como una barrera general, incluso cuando el antecedente no guarda relación con las tareas, responsabilidades o riesgos del cargo.
La proporcionalidad sería el criterio central: no bastaría alegar confianza o seguridad de manera genérica; el requisito tendría que sostenerse en una norma y responder a una necesidad concreta.
¿Por qué pedir la carta puede considerarse discriminatorio?
La iniciativa sostiene que una revisión automática de antecedentes penales puede excluir a una persona sin valorar sus capacidades, experiencia o relación entre el antecedente y el puesto solicitado.
Una constancia tampoco explica necesariamente todas las circunstancias del caso. Puede incluir conductas de distinta gravedad o naturaleza y no siempre permite evaluar si el antecedente representa un riesgo actual para la actividad laboral.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe la discriminación que atente contra la dignidad humana y reconoce el derecho de las personas a dedicarse a un trabajo lícito. También establece que la reinserción social debe apoyarse, entre otros elementos, en el trabajo y la capacitación.
La Suprema Corte ha analizado requisitos de antecedentes penales en distintos contextos y ha señalado que las restricciones generales deben superar un examen de razonabilidad y guardar relación con la función que se pretende desempeñar.

En abril de 2026, una sentencia publicada en el Diario Oficial examinó precisamente el carácter discriminatorio de exigir una carta a conductores de plataformas digitales.
Esta propuesta ya había sido discutida antes
El debate no comenzó en 2026. En diciembre de 2021, una comisión del Senado aprobó una reforma que proponía prohibir las cartas de no antecedentes penales para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo, salvo las excepciones previstas por la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Posteriormente, en octubre de 2023, el Pleno del Senado aprobó con 69 votos a favor otro proyecto relacionado y lo remitió a la Cámara de Diputados. La reforma buscaba impedir que los empleadores rechazaran a una persona únicamente por contar con antecedentes penales, cuando estos no tuvieran relación con el trabajo.
Pese a ese avance, la prohibición no quedó incorporada a la LFT vigente. La nueva iniciativa retoma una discusión legislativa pendiente y pretende establecer una regla más clara y verificable para las contrataciones.
¿Cómo impactaría la reforma a empresas y trabajadores?
De aprobarse, los departamentos de recursos humanos tendrían que revisar convocatorias, formularios, políticas internas y expedientes de contratación. La carta dejaría de funcionar como requisito predeterminado y solo podría exigirse en supuestos debidamente justificados.
Para las personas trabajadoras, el cambio ofrecería una base legal más directa para cuestionar solicitudes desproporcionadas. Esto beneficiaría particularmente a quienes ya cumplieron una sentencia y enfrentan obstáculos para regresar al empleo formal.
La reforma no obligaría a las empresas a contratar a cualquier persona ni impediría evaluar experiencia, referencias, certificaciones o requisitos técnicos. Tampoco eliminaría controles previstos para funciones sensibles. Su efecto sería más específico: evitar que un antecedente penal ajeno al puesto se convierta por sí solo en una causa automática de exclusión.

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Por ahora, el punto más importante es distinguir entre propuesta y ley vigente. La carta de no antecedentes penales no ha desaparecido de los procesos laborales en México; el Congreso todavía debe decidir si limita de manera expresa cuándo pueden pedirla las empresas.
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