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Loretta Ortiz se quita implante coclear en plena sesión de la Corte y defiende que personas con discapacidad sean consultadas

La ministra retiró el dispositivo para mejorar su oído al momento de dar el poderoso mensaje.

Loretta Ortiz se quita implante coclear en plena sesión de la Corte y defiende que personas con discapacidad sean consultadas

MÉXICO. — La ministra Loretta Ortiz Ahlf mostró este 18 de agosto ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el dispositivo que utiliza con su implante coclear y habló de su experiencia como persona con discapacidad auditiva para defender un principio que, sostuvo, debe aplicarse cuando una ley afecta a este sector: las personas con discapacidad tienen que ser consultadas antes de que se tomen decisiones sobre sus derechos.

El momento ocurrió durante la discusión de la acción de inconstitucionalidad 104/2022 —no 104/2023—, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra disposiciones de Tamaulipas que obligaban a reservar al menos 3% de la base laboral de la administración pública estatal y de los gobiernos municipales para contratar a personas con discapacidad.

Ortiz Ahlf explicó ante sus compañeros que es sorda de nacimiento del oído izquierdo y utilizó su propia experiencia para ilustrar la distancia que puede existir entre las decisiones de quienes no viven con una discapacidad y las necesidades de quienes sí la enfrentan. “No se pueden poner en nuestros zapatos”, expresó durante su intervención.

La Suprema Corte determinó que Nayarit puede utilizar la guía REEMO para acreditar la propiedad o posesión del ganado, pero no como una autorización estatal obligatoria para permitir su traslado.

La ministra también relató que la dificultad para escuchar marcó sus años de formación académica y la llevó a aislarse y refugiarse en la lectura. Su planteamiento fue que una autoridad no puede asumir por sí misma qué resulta conveniente para una persona con discapacidad, incluso cuando considera que está otorgándole un beneficio.

¿Qué estaba discutiendo la Suprema Corte?

El litigio se originó por el Decreto 65-150, publicado en Tamaulipas el 14 de junio de 2022. La reforma modificó el artículo 35 de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad del estado y añadió el artículo 205 Bis al Código Municipal. Ambos establecieron una cuota de al menos 3% de contratación para personas con discapacidad.

La CNDH impugnó las disposiciones y el asunto llegó al Pleno bajo la acción de inconstitucionalidad 104/2022. El problema no era solamente determinar si una cuota laboral podía beneficiar al colectivo, sino resolver si el Congreso podía aprobarla sin consultar previamente a las propias personas a quienes iba dirigida.

Ministra Loretta Ortiz acusa intento de madruguete en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Especial GH

El Pleno concluyó este martes que no.

De acuerdo con la SCJN, la consulta no es una formalidad que pueda omitirse cuando una autoridad considera que una medida es positiva. El derecho deriva de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y busca garantizar que quienes serán afectados intervengan de manera efectiva en las decisiones públicas que les conciernen.

La Corte resumió ese principio bajo la idea de “nada sobre nosotros sin nosotros”.

Loretta Ortiz: “Por eso nos deben de preguntar”

La intervención de Ortiz llevó la discusión jurídica a una experiencia personal.

La ministra señaló que las personas sordas tampoco constituyen un grupo homogéneo: mientras algunas recurren a tecnologías como los implantes cocleares, otras rechazan la medicalización y construyen su identidad y comunicación principalmente alrededor de la lengua de señas.

Su argumento fue que ninguna de esas decisiones debe ser tomada desde fuera del colectivo. En su caso, explicó, poder escuchar estuvo relacionado posteriormente con otros derechos, entre ellos la educación y su desarrollo profesional.

Por eso nos deben de preguntar”, sostuvo al defender que corresponda a las propias personas consultadas participar en la valoración de las medidas que inciden en su vida.

La historia personal de Ortiz ya había aparecido en otra discusión de la Corte. En febrero de 2026, durante un asunto sobre un menor con hipoacusia profunda bilateral al que una aseguradora negó la cobertura de un implante coclear, la ministra hizo público que ella también utiliza esta tecnología.

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¿Qué decidió finalmente la SCJN sobre la cuota de 3%?

La Corte declaró la invalidez con efectos diferidos de los artículos cuestionados y concedió al Congreso de Tamaulipas 12 meses para reponer el procedimiento legislativo, efectuar una consulta previa, estrecha y activa con personas con discapacidad y sus organizaciones representativas y emitir una nueva regulación.

Esto implica que la cuota no desaparece de manera inmediata. El proyecto buscó evitar que la corrección del vicio legislativo produjera una regresión temporal en la protección laboral del colectivo mientras se realiza la consulta.

La decisión fue distinta para otra parte de las normas. Los artículos señalaban que la contratación de personas con discapacidad estaría determinada por la “certificación de sus competencias”. La SCJN declaró esa condición inválida con efectos inmediatos al considerar que imponía exclusivamente a este grupo una carga adicional sin justificación objetiva y razonable.

La Suprema Corte declaró constitucional el mecanismo que permite transferir determinados ahorros no reclamados de las Afores al Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Para el Pleno, exigir esa certificación como requisito diferenciado podía reproducir una idea de incapacidad presumida y convertirse en una barrera discriminatoria para acceder al trabajo.

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Por qué una ley “benéfica” también debe consultarse

El criterio adoptado por la Corte establece que el supuesto beneficio de una norma no sustituye el derecho a participar en su elaboración. Para el Pleno, omitir la consulta significa asumir que el legislador sabe de antemano qué resulta mejor para el colectivo, una lógica que puede reproducir esquemas paternalistas.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf defendió la validez de la Reforma Judicial. | Captura de pantalla

En el caso de Tamaulipas, la Corte determinó que la reforma incidía directamente en el acceso de personas con discapacidad al empleo público, por lo que el Congreso local tenía una obligación ineludible de escucharlas antes de fijar las condiciones de la medida.

La decisión deja ahora una tarea concreta para el Legislativo estatal: realizar la consulta y emitir una nueva regulación dentro del plazo de 12 meses, mientras la cuota laboral permanece provisionalmente vigente y queda eliminada de inmediato la exigencia diferenciada de certificación de competencias.

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