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Las deudas de tus padres no pasan automáticamente a los hijos, pero hay excepciones que debes conocer

Las deudas de tus padres no pasan automáticamente a los hijos, pero hay excepciones que debes conocer

MÉXICO.- Cuando una persona fallece, sus familiares deben resolver distintos asuntos financieros, entre ellos qué ocurre con los préstamos, tarjetas de crédito e hipotecas que quedaron pendientes. En México, los hijos no tienen que pagar automáticamente esas deudas con su propio dinero.

Según información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los adeudos se cubren con los bienes y recursos que haya dejado la persona fallecida. Sin embargo, existen situaciones en las que un familiar sí puede tener responsabilidad.

La diferencia depende de cómo se contrató el crédito, de si algún familiar participó como aval o codeudor y de las condiciones establecidas en el contrato.

Por eso, ante el fallecimiento de un padre o madre, no basta con saber que existía una deuda. Es necesario identificar qué tipo de crédito era, quiénes firmaron y si contaba con un seguro por fallecimiento.

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¿Los hijos deben pagar las deudas de sus padres?

La información atribuida a Condusef establece que los hijos no deben cubrir con su patrimonio personal las deudas que dejaron sus padres al fallecer.

Los adeudos pendientes pueden cobrarse con los bienes y recursos que forman parte de la herencia. Esto significa que la existencia de una deuda no convierte automáticamente a los hijos en responsables de pagarla con sus propios ingresos o patrimonio.

Sin embargo, la situación cambia cuando el familiar tuvo una participación directa en el financiamiento.

Los casos en los que un hijo fungió como aval de la deuda, puede cambiar la situación en caso del fallecimiento del padre, porque en estos casos sí hay una obligación. | Foto: Especial

¿Cuándo sí puede existir responsabilidad?

Uno de los casos señalados corresponde a quienes firmaron como avalistas o cofirmantes al contratar el préstamo.

También puede existir responsabilidad cuando se trata de una titularidad compartida, como ocurre con determinados créditos solidarios, entre ellos algunas hipotecas o préstamos automotrices.

En estos casos, la persona no responde simplemente por ser hijo del fallecido, sino por la relación contractual que tenía con el crédito.

La información DeDinero también señala como supuesto la aceptación de una herencia sin reservas, debido a que esta puede incluir los bienes y las obligaciones financieras pendientes.

Por esta razón, antes de tomar decisiones sobre una herencia es necesario revisar las condiciones legales y financieras correspondientes.

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¿Qué pasa con las tarjetas de crédito y las hipotecas?

Un punto que puede modificar el destino de una deuda es la existencia de un seguro por fallecimiento asociado al producto financiero.

De acuerdo con la información proporcionada, ciertos créditos hipotecarios y tarjetas de crédito cuentan con seguros que pueden liquidar la deuda cuando fallece el titular, conforme a las condiciones de la cobertura.

En estos casos, los familiares deben comunicarse con la institución financiera para informar sobre el fallecimiento e iniciar el procedimiento correspondiente.

La cobertura no debe darse por hecha únicamente porque exista una tarjeta o una hipoteca. Es necesario revisar el contrato y las condiciones del producto contratado.

El adeudo debe cubrirse con los recursos y bienes que dejó el titular. Si estos resultan insuficientes, el organismo financiero no puede exigir el pago a los herederos únicamente por su parentesco. | Foto: Especial

¿Qué ocurre con los préstamos personales?

Los préstamos personales también forman parte de las obligaciones financieras que deben revisarse después del fallecimiento.

Según la información atribuida a Condusef, el adeudo debe cubrirse con los recursos y bienes que dejó el titular. Si estos resultan insuficientes, el organismo financiero no puede exigir el pago a los herederos únicamente por su parentesco.

La excepción se presenta cuando alguno de ellos participó como avalista o codeudor solidario.

Por ello, revisar quién aparece como responsable en el contrato es uno de los pasos más importantes antes de asumir que una deuda debe ser pagada.

¿Qué deben hacer los familiares después del fallecimiento?

Una vez atendidos los asuntos inmediatos, los familiares deben identificar si la persona fallecida tenía préstamos, tarjetas, hipotecas u otros compromisos financieros.

Para hacerlo, pueden revisar contratos, estados de cuenta y documentos relacionados con los créditos.

Después, deben comunicarse con las instituciones financieras correspondientes para informar sobre el fallecimiento y preguntar si el producto tenía algún seguro que cubra el saldo pendiente.

Cuando existe una cobertura, la institución puede solicitar documentación para comenzar el proceso, entre ella el acta de defunción.

También es necesario determinar qué bienes forman parte de la herencia y qué obligaciones permanecen pendientes.

La deuda puede afectar los bienes de la herencia

Que los hijos no tengan que pagar automáticamente una deuda con su propio dinero no significa que el adeudo desaparezca cuando muere el titular.

Si existe una deuda sin un seguro que la liquide, los bienes que forman parte de la herencia pueden utilizarse para cubrir las obligaciones pendientes, de acuerdo con la información proporcionada.

La clave está en distinguir entre la responsabilidad personal del heredero y las obligaciones que forman parte de la sucesión.

Antes de asumir un adeudo o aceptar una herencia, los familiares deben revisar las condiciones del crédito y determinar si alguno de ellos aparece como aval, cofirmante o codeudor.

Así, el fallecimiento de un padre o madre no significa por sí mismo que los hijos deban pagar sus tarjetas, préstamos o hipotecas con su propio dinero. La responsabilidad depende de las condiciones del crédito y de la situación de la herencia.

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