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Cuánto me tienen que pagar si trabajo el 15 de septiembre y la diferencia con el salario triple del 16 según la Ley Federal del Trabajo

La legislación laboral únicamente establece el 16 de septiembre como día de descanso obligatorio con derecho a remuneración doble adicional.

Cuánto me tienen que pagar si trabajo el 15 de septiembre y la diferencia con el salario triple del 16 según la Ley Federal del Trabajo

MÉXICO.- Los trabajadores en México que presten sus servicios durante las festividades patrias del mes de septiembre deben recibir una remuneración diferenciada según el día laborado. De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 15 de septiembre no está catalogado como un día de descanso obligatorio, por lo que la jornada se paga como un día laboral ordinario. En cambio, el 16 de septiembre sí constituye un feriado oficial con derecho a pago extra.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) emite recomendaciones periódicas para recordar a los empleados y empleadores la aplicación de los Artículos 71, 74 y 75 de la LFT, los cuales regulan el descanso obligatorio y el cálculo correcto de los salarios para quienes deben cubrir turno en estas fechas.

¿Cómo se calcula el pago si trabajas el 15 de septiembre?

Al no figurar dentro del catálogo de días festivos oficiales, quienes laboren durante la jornada del 15 de septiembre recibirán exclusivamente su salario diario normal. La legislación no contempla ningún tipo de prima, compensación adicional ni pago doble para esta fecha.

Al no figurar dentro del catálogo de días festivos oficiales, quienes laboren durante la jornada del 15 de septiembre recibirán exclusivamente su salario diario normal.

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¿Cuánto debes cobrar por laborar el 16 de septiembre?

El Artículo 74 de la LFT incluye formalmente el 16 de septiembre dentro del listado permanente de días de descanso obligatorio en todo el país. Por su parte, el Artículo 75 dictamina que las personas que deban prestar servicios en esta fecha tienen derecho a recibir un pago triple en total por la jornada realizada.

Este monto se compone de la siguiente manera:

  • El salario diario ordinario que corresponde por el descanso.
  • Un salario doble adicional por el servicio prestado durante el día festivo.
El Artículo 74 de la LFT incluye formalmente el 16 de septiembre dentro del listado permanente de días de descanso obligatorio en todo el país. | Foto: Magnific

¿Qué ocurre si la fecha coincide con un día domingo?

En los años en que el 16 de septiembre coincida con el día de descanso semanal (domingo), se aplica lo estipulado en el Artículo 71 de la LFT. En este escenario, además de recibir la retribución triple correspondiente al feriado oficial, el patrón está obligado a cubrir la prima dominical sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

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