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Declaración anual 2026: Así puedes revisar en minutos si el SAT ya aprobó o rechazó tu devolución de impuestos

El SAT ya recibió casi 2 millones de declaraciones y las devoluciones automáticas pueden tardar hasta 40 días, aunque promete depósitos en un promedio de 4.5 días

Declaración anual 2026: Así puedes revisar en minutos si el SAT ya aprobó o rechazó tu devolución de impuestos

MÉXICO.- Miles de contribuyentes ya presentaron su declaración anual 2026 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y ahora la principal duda es cuánto tarda el SAT en devolver el saldo a favor y cómo saber si el trámite ya fue aprobado, sigue en revisión o fue rechazado.

Si ya presentaste tu declaración y obtuviste saldo a favor, existe una forma rápida de revisar el estado de tu devolución directamente desde el portal oficial del SAT.

El proceso tarda pocos minutos y permite conocer si el dinero ya está en proceso de pago o si existe algún problema con la solicitud, indica una publicación de El Economista.

Cómo consultar el estatus de tu devolución del SAT paso a paso

El SAT habilitó una sección específica para consultar el estado de las devoluciones automáticas del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El trámite puede hacerse en línea las 24 horas.

Estos son los pasos:

  1. Entrar al portal oficial del SAT
  2. Seleccionar “Continuar en el sitio”
  3. Ir al apartado “Más trámites y servicios”
  4. Elegir “Constancias, devoluciones y notificaciones”
  5. Entrar a “Devoluciones y compensaciones”
  6. Seleccionar “Estado de tu devolución”
  7. Ingresar con RFC y contraseña o con e.firma
  8. Buscar la opción “Consulta de trámites”
  9. Elegir “Devolución automática de ISR” del ejercicio fiscal 2025
  10. Dar clic en “Mostrar solicitudes”

Una vez dentro del sistema, el contribuyente podrá verificar si la devolución:

  • Está en proceso de validación
  • Continúa en revisión
  • Fue rechazada
  • Ya se encuentra en proceso de pago

El SAT recomienda revisar constantemente el estatus, sobre todo si existen inconsistencias en datos bancarios, deducciones o comprobantes fiscales.

En cuestión de minutos, los contribuyentes pueden verificar el estatus de la devolución de impuestos del SAT en línea | Foto: Imagen Generada con IA

Cuánto tarda el SAT en devolver el saldo a favor

Por ley, el SAT tiene hasta 40 días hábiles para realizar la devolución de impuestos después de recibir la solicitud correspondiente.

Sin embargo, para las devoluciones automáticas, la autoridad fiscal aseguró que el tiempo promedio será mucho menor durante este año.

Yo me atrevo a decir que el promedio será de 4.5 días para las declaraciones cuya información precargada en el SAT ya no sufrió algún cambio”, señaló Gari Flores Hernández, administrador central de recaudación del SAT.

Esto significa que quienes aceptaron la información precargada y no realizaron modificaciones podrían recibir el depósito en menos tiempo.

Quiénes necesitan e.firma para solicitar la devolución

El SAT también recordó que no todos los contribuyentes pueden usar únicamente su contraseña.

Las personas con saldo a favor igual o superior a 10,001 pesos deben realizar el trámite utilizando obligatoriamente la e.firma.

En cambio, si el monto es menor a esa cantidad, el acceso con contraseña será suficiente para completar la solicitud automática.

Este punto es importante porque muchas devoluciones suelen detenerse cuando el contribuyente no cumple correctamente con el método de autenticación solicitado por la autoridad fiscal.

Te puede interesar: Esta es la fecha límite que da el SAT para enviar la declaración anual extemporánea y recibir el saldo a favor de forma automática en su cuenta

SAT aún permite presentar la declaración anual 2025

Miles de contribuyentes que no presentaron su declaración anual 2025 durante abril todavía pueden ponerse al corriente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, además, mantener el derecho a recibir su saldo a favor mediante depósito automático. Sin embargo, el beneficio tiene fecha de vencimiento y después del plazo el proceso cambia por completo.

El SAT mantiene habilitada la presentación extemporánea de la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2025, una opción que permite regularizar obligaciones fiscales y evitar sanciones económicas. Pero existe una diferencia importante entre declarar antes o después del 31 de julio de 2026: únicamente quienes cumplan antes de esa fecha podrán acceder al Sistema Automático de Devoluciones (SAD).

Esto significa que el dinero del saldo a favor puede depositarse directamente en la cuenta bancaria del contribuyente sin iniciar trámites extra. En cambio, si la declaración se presenta después de julio, la devolución ya no será automática y será necesario realizar una solicitud manual adicional ante la autoridad fiscal.

De acuerdo con los lineamientos oficiales del SAT, este mecanismo busca agilizar las devoluciones para las personas físicas que cumplen con los requisitos fiscales y presentan correctamente su información.

Aunque el plazo para presentar la declaración anual venció en abril, el SAT permite que de forma extemporánea se realice el trámite, para evitar multas y recargos y no perder la posibilidad de recibir saldo a favor. | Foto: Especial

¿Qué pasa si no presentaste tu declaración anual en abril?

No presentar la declaración dentro del periodo ordinario no elimina la obligación fiscal. El SAT todavía permite enviar la declaración anual 2025 de manera extemporánea y regularizar la situación del contribuyente.

Sin embargo, dejar pasar más tiempo puede traer consecuencias. Además de perder la devolución automática, la autoridad fiscal puede imponer multas y recargos por incumplimiento.

Por ello, especialistas fiscales recomiendan realizar el trámite lo antes posible, especialmente si el contribuyente tiene saldo a favor y desea recuperar ese dinero sin procesos adicionales.

La fecha límite para conservar la devolución automática del SAT

El plazo clave es el 31 de julio de 2026. Si la declaración pendiente se presenta antes de esa fecha, el SAT todavía puede procesar el saldo a favor mediante el Sistema Automático de Devoluciones. Esto reduce tiempos y evita trámites complementarios.

Pero después del 31 de julio el escenario cambia. El SAT ya no realiza el depósito directo y el contribuyente tendrá que iniciar manualmente el procedimiento mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Ese paso adicional suele extender los tiempos de revisión y pago, ya que la autoridad fiscal puede solicitar documentación complementaria para validar la devolución.

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