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SAT 2026 marca las diferencias clave entre RESICO y Persona Física con Actividad Empresarial para definir qué régimen te conviene más según tus ingresos y cómo aplicar deducciones de gastos en tus impuestos

Las personas físicas en México deben evaluar si su margen de gastos supera el 70% para elegir la opción fiscal con menor impacto financiero.

SAT 2026 marca las diferencias clave entre RESICO y Persona Física con Actividad Empresarial para definir qué régimen te conviene más según tus ingresos y cómo aplicar deducciones de gastos en tus impuestos

MÉXICO.- Las personas físicas en México que tributan ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) disponen de dos vías operativas principales desde 2022: el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y el Régimen de Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional. La elección entre ambos esquemas influye en la carga tributaria final, en el volumen de trámites administrativos y en la posibilidad de aplicar deducciones autorizadas.

Para tomar una decisión eficiente, el contribuyente debe analizar el tope de sus ingresos anuales facturados y la proporción que representan sus gastos operativos frente a sus ganancias. Mientras un esquema privilegia una tasa reducida del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el otro permite restar gastos e impuestos para determinar la base gravable real.

¿Qué diferencias existen entre el RESICO y la Actividad Empresarial?

El RESICO establece una tasa fija de ISR que oscila entre 1% y 2.5%, además de ofrecer facilidades operativas en trámites y declaraciones mensuales. Sin embargo, este esquema está limitado a personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales y tiene como desventaja que no permite aplicar deducciones ni solicitar devoluciones de saldo a favor ante las autoridades.

Por su parte, el régimen de Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional no fija un tope máximo de ingresos, siendo obligatorio para quienes superan los 3.5 millones de pesos al año. En este esquema, la tasa de ISR se calcula sobre la utilidad neta, permitiendo aplicar gastos deducibles que pueden generar un saldo a favor en las declaraciones.

El RESICO establece una tasa fija de ISR que oscila entre 1% y 2.5%, además de ofrecer facilidades operativas en trámites y declaraciones mensuales. / Foto: Especial

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¿Qué tipo de gastos se pueden deducir ante el SAT?

En el régimen tradicional de Persona Física, los contribuyentes pueden reducir su impuesto mediante dos categorías de comprobantes fiscales:

  • Gastos operativos: Alquiler de local u oficina, recibos de agua, luz, teléfono e internet, equipo informático, salarios de empleados, combustible, mantenimiento de vehículo y viáticos de viaje de negocios.
  • Deducciones personales: Servicios médicos, dentales, psicológicos y de nutrición, análisis clínicos, colegiaturas, aportaciones voluntarias a la AFORE o PPR, intereses de créditos hipotecarios y gastos funerarios de familiares directos.

Para que el organismo tributario valide estos comprobantes, la legislación exige que los pagos se realicen mediante transferencia bancaria, tarjeta de débito, crédito o cheque nominativo, quedando descartado el uso de dinero en efectivo. Asimismo, se debe contar con la factura electrónica correspondiente con el uso de CFDI adecuado.

En el régimen tradicional de Persona Física, los contribuyentes pueden reducir su impuesto mediante dos categorías de comprobantes fiscales

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¿Cuál de los dos regímenes tributarios te conviene más?

La permanencia en el RESICO resulta favorable para quienes perciben ingresos inferiores a 3.5 millones de pesos al año y cuyos gastos operativos representan menos del 70% o 75% de sus ingresos. Esta alternativa brinda simplicidad al pagar una tasa muy reducida directamente sobre el monto facturado.

Por el contrario, el régimen de Persona Física con Actividad Empresarial es adecuado para personas con un margen de ganancia reducido o cuyos costos de operación superan el 75% u 80% de sus ingresos acumulados. En estos casos, la posibilidad de restar las deducciones operativas y personales permite calcular el ISR únicamente sobre la ganancia real obtenida.

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