Tribunal falló a favor de Grupo Herdez y ordenó que siga caso contra grupo que intentó extorsionarlo con denuncias falsas
Esta decisión busca dar claridad sobre un caso que involucra acusaciones de fraude procesal y el uso de demandas laborales ficticias.

MÉXICO. — Un Tribunal Colegiado revocó el desistimiento de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX) en el caso de la presunta extorsión a Grupo Herdez, mediante falsos juicios laborales, según información de El Universal.
La autoridad judicial determinó que el proceso penal debe continuar.
Esta decisión busca dar claridad sobre un caso que involucra acusaciones de fraude procesal y el uso de demandas laborales ficticias.
¿Cómo inició el caso contra Grupo Herdez?
El conflicto legal comenzó cuando la empresa enfrentó acusaciones derivadas de juicios laborales presuntamente falsos. Ante esta situación, la compañía denunció los hechos ante las autoridades correspondientes.

En octubre de 2024, la abogada laborista Irene León Escamilla fue detenida. Un juez de la Ciudad de México la vinculó a proceso por el delito de fraude procesal en pandilla. El juez impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada, la cual mantuvo a la imputada recluida en el penal de Santa Martha Acatitla durante dieciséis meses.
¿Por qué la Fiscalía intentó frenar el proceso penal?
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México cambió su postura durante una audiencia intermedia celebrada el 19 de mayo de 2026.
En dicha sesión, la dependencia —encabezada por Bertha Alcalde Luján— se desistió de seguir la acción legal. La institución argumentó ante el juez de la causa la existencia de presuntas irregularidades y señaló que no existían elementos suficientes para sostener el caso. Esta decisión dejó sin efecto inmediato la persecución penal en contra de los acusados.
¿Qué resolvió el Tribunal Colegiado ante el desistimiento?
Inconforme con la decisión de frenar el juicio, Grupo Herdez tramitó un juicio de amparo ante el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México. En una primera instancia, el juzgado negó la suspensión provisional contra el desistimiento que decretó el juez de control José Alfredo Sotelo Llamas a petición de la Fiscalía.

La empresa interpuso un recurso de revisión que llegó al Cuarto Tribunal Colegiado de la Ciudad de México. Los magistrados realizaron un análisis del caso y concluyeron que la decisión del Ministerio Público presentaba posibles violaciones constitucionales.
Por unanimidad de votos, el Cuarto Tribunal Colegiado resolvió revocar la resolución anterior. Los magistrados determinaron conceder a la empresa una suspensión definitiva con efectos restitutorios.
“Por tanto, debe revocarse la interlocutoria recurrida y este Tribunal Colegiado, en reasunción de la jurisdicción, con fundamento en el artículo 147 de la Ley de Amparo, concede a la parte quejosa la suspensión definitiva con efectos restitutorios para que no se dé efecto alguno al desistimiento de la acción penal y se continúe el proceso en sus términos ante el Juez responsable o el que esté conociendo del asunto”, sentenció el órgano colegiado.
¿Cuáles son las consecuencias actuales para el proceso legal?
Con esta sentencia, la orden del tribunal obliga a la Fiscalía de la Ciudad de México a retomar el caso. El proceso penal no se paraliza y avanza hacia sus siguientes etapas.
La dependencia debe continuar el juicio ante el juez responsable o el magistrado que actualmente conozca del asunto. La medida asegura que el litigio sobre la presunta extorsión y el fraude procesal siga su curso legal establecido.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados