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Suprema Corte invalidó auditorías estatales sobre recursos federales y ordenó que solo la ASF revise los fondos municipales, obligando a rehacer la cuenta pública de Contla por irregularidades de más de 8.3 millones de pesos

La Suprema Corte determinó que solo la Auditoría Superior de la Federación puede revisar recursos federales en municipios, lo que invalida auditorías estatales sin convenio y obliga a rehacer revisiones como la del caso Contla, en Tlaxcala.

Suprema Corte invalidó auditorías estatales sobre recursos federales y ordenó que solo la ASF revise los fondos municipales, obligando a rehacer la cuenta pública de Contla por irregularidades de más de 8.3 millones de pesos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los recursos federales que llegan a los municipios deben ser fiscalizados exclusivamente por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y no por las auditorías estatales, salvo que exista un convenio formal de coordinación.

La decisión se tomó tras analizar la controversia constitucional 245/2025, promovida por el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, en Tlaxcala, luego de que autoridades locales revisaran el uso de fondos federales sin contar con autorización legal.

De acuerdo con la información publicada por La Jornada, el fallo fue aprobado por unanimidad del Pleno de la Corte .

¿Por qué la Corte anuló la auditoría del Congreso de Tlaxcala?

El máximo tribunal consideró que el Congreso de Tlaxcala y su Órgano de Fiscalización Superior (OFS) invadieron competencias federales al auditar recursos de origen federal.

La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, explicó que la Constitución establece una división clara:

  • La ASF revisa recursos federales
  • Las auditorías estatales solo pueden revisar recursos locales

Además, señaló que al no existir un convenio con la ASF, la auditoría estatal vulneró la autonomía financiera del municipio, lo que llevó a la anulación parcial del informe.

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¿Qué irregularidades se habían detectado en Contla?

La auditoría anulada revisaba el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024 y había detectado irregularidades por más de:

  • 8 millones 372 mil pesos

Estos recursos provenían de fondos federales como:

  • Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM)
  • Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN)
  • Participaciones federales

Sin embargo, al determinarse que la auditoría no tenía facultades legales, esa parte del informe quedó sin efecto.

El máximo tribunal consideró que el Congreso de Tlaxcala y su Órgano de Fiscalización Superior (OFS) invadieron competencias federales al auditar recursos de origen federal. Foto: Especial (Archivo GH)

¿Qué pasará ahora con la cuenta pública del municipio?

La Corte ordenó que el Congreso de Tlaxcala emita un nuevo decreto sobre la cuenta pública 2024, pero respetando los límites constitucionales.

Esto significa que:

  • No podrá incluir observaciones sobre recursos federales
  • Solo podrá revisar el uso de recursos locales

Al mismo tiempo, se aclaró que el Órgano de Fiscalización Superior estatal sí puede investigar y promover acciones, pero dentro de sus atribuciones legales.

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¿Cómo impacta esta decisión a otros municipios en México?

Este fallo marca un precedente importante para todo el país, porque:

  • Define con claridad quién puede auditar qué tipo de recursos
  • Refuerza la autonomía de los municipios
  • Evita duplicidad o conflictos entre autoridades fiscalizadoras

En términos prácticos, los municipios ahora tienen mayor certeza sobre los procesos de revisión, y las auditorías estatales deberán ajustarse a los límites constitucionales.

¿Hay otros casos similares en análisis?

Sí. La SCJN aún tiene pendiente resolver un caso similar en el estado de Guerrero, donde autoridades estatales auditaron al municipio de Acapulco por presuntas irregularidades en el manejo de:

  • 898 millones de pesos del FAISMUN

Este caso podría confirmar o ampliar el criterio establecido en el fallo de Tlaxcala.

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