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El megacaso de huachicol fiscal por 89 millones de litros y 593 millones de pesos se ‘tambalea’ porque la Suprema Corte debe definir si SAT o ANAM tenía facultades para denunciar el contrabando

La investigación abarca tres cargamentos de diésel ingresados por Tuxpan en 2019 y un presunto daño fiscal superior a 593 millones de pesos; el punto que puede cambiar el rumbo de los procesos es qué autoridad debía intervenir en las denuncias.

El megacaso de huachicol fiscal por 89 millones de litros y 593 millones de pesos se ‘tambalea’ porque la Suprema Corte debe definir si SAT o ANAM tenía facultades para denunciar el contrabando

CIUDAD DE MÉXICO.- Uno de los casos de huachicol fiscal mediante buques de mayor monto investigados por la Fiscalía General de la República (FGR) enfrenta un problema que no está relacionado con la cantidad de combustible presuntamente introducida de manera irregular, sino con qué dependencia federal tenía facultades para intervenir penalmente. De acuerdo con expedientes judiciales consultados por Agencia Reforma, tres cargamentos que llegaron al puerto de Tuxpan, Veracruz, entre octubre y diciembre de 2019 sumaron alrededor de 89.2 millones de litros de diésel y habrían provocado un perjuicio fiscal de aproximadamente 593.3 millones de pesos.

La controversia ya llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El máximo tribunal atrajo recursos para determinar si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podía seguir representando el interés fiscal de la Federación en investigaciones por contrabando después de que la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) asumió atribuciones aduaneras en 2022. La Corte ha confirmado la atracción de recursos relacionados con este conflicto, pero todavía no significa que todas las personas investigadas hayan sido absueltas ni que los tres expedientes estén definitivamente cerrados.

El problema surgió porque las investigaciones comenzaron cuando las funciones aduaneras estaban concentradas en el SAT, pero los procesos penales avanzaron después de la creación de la ANAM. Esa transición institucional abrió una discusión sobre qué autoridad debía formular o intervenir en las declaratorias necesarias para perseguir penalmente el contrabando.

¿Por qué un trámite puede poner en riesgo un caso de huachicol fiscal?

Para perseguir determinados delitos fiscales, entre ellos modalidades de contrabando, no basta con que la FGR reúna información y lleve el asunto ante un juez. La legislación exige previamente la intervención de la autoridad hacendaria competente mediante una querella o una declaratoria de perjuicio al fisco, dependiendo del delito.

El conflicto consiste en definir cuál era esa autoridad una vez que comenzó a operar la ANAM.

El Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en diciembre de 2021 y vigente desde el 1 de enero de 2022, le otorgó atribuciones para formular denuncias, querellas y declaratorias cuando existan hechos que puedan constituir contrabando.

Crédito: Especial/Banco digital GH

Sin embargo, el SAT conservó disposiciones legales relacionadas con la defensa del interés fiscal. Esa superposición es precisamente la que ahora debe aclarar la Suprema Corte.

En uno de los expedientes, un tribunal concluyó que la FGR debió dar intervención a la Dirección General Jurídica de Aduanas de la ANAM, y no únicamente al SAT. Debido a ello, fue revocada la vinculación a proceso contra uno de los empresarios investigados.

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¿Cuánto diésel habría ingresado por Tuxpan?

Según las sentencias judiciales consultadas por Agencia Reforma, la investigación abarca tres cargamentos entre octubre y diciembre de 2019.

Los datos reportados son:

  • Buque Akeraios: habría transportado 28.7 millones de litros de diésel. Sólo habrían sido declarados 2.8 millones. El presunto perjuicio fiscal fue calculado en 205.3 millones de pesos.
  • Buque Atlantic Bay: habría ingresado otros 28.7 millones de litros. Se declararon alrededor de 7.1 millones y el perjuicio fiscal fue estimado en 173 millones de pesos.
  • Tercer buque: su nombre aparece censurado en la sentencia citada por Reforma. Habría transportado 31.8 millones de litros, de los cuales se declararon 4.7 millones. El daño fiscal señalado asciende a 215 millones de pesos.

En conjunto, los cargamentos suman aproximadamente 89.2 millones de litros, mientras que los volúmenes declarados rondan los 14.6 millones. La diferencia es de aproximadamente 74.6 millones de litros.

Las cantidades forman parte de las imputaciones y expedientes judiciales y, por tanto, no constituyen por sí mismas una sentencia definitiva de responsabilidad penal.

¿Quiénes aparecen en las investigaciones?

De acuerdo con Agencia Reforma, en los expedientes aparecen personas vinculadas con empresas dedicadas a logística marítima, comercialización de hidrocarburos y operaciones aduaneras.

Entre las compañías mencionadas están:

  • Navecopa, relacionada con servicios de logística naviera y consignación de los buques.
  • Dersa Oil & Gas.
  • Impulsora de Productos Sustentables (Iprosu).

También aparece una agente aduanal.

Reforma señala que cuatro personas fueron vinculadas inicialmente a proceso por presunto contrabando relacionado con estos cargamentos, aunque esas determinaciones fueron posteriormente impugnadas o revocadas.

Uno de los expedientes que ha llegado hasta la Suprema Corte involucra a Édgar Marín Meza Moreno, relacionado con Impulsora de Productos Sustentables. La acusación de la FGR sostiene que el Atlantic Bay introdujo 28.7 millones de litros de diésel y que sólo fueron declarados aproximadamente 7.2 millones. El perjuicio fiscal correspondiente fue calculado en 173 millones de pesos.

¿Qué ocurrió con el cargamento del Atlantic Bay?

Este es el caso en el que existen más actuaciones judiciales públicas.

Según la imputación de la FGR reproducida en resoluciones y reportes judiciales, entre el 4 y el 18 de octubre de 2019 el Atlantic Bay ingresó 28.7 millones de litros de diésel.

La autoridad sostuvo que únicamente fueron declarados alrededor de 7.2 millones.

El volumen restante, de aproximadamente 21.5 millones de litros, habría quedado fuera de las formalidades del despacho aduanero. La FGR calculó un perjuicio de 173 millones de pesos por conceptos que incluyen IEPS, IVA y derechos de trámite aduanero.

Un juez federal vinculó a proceso a Édgar Marín Meza en 2025, pero posteriormente el Tribunal Colegiado de Apelación del Séptimo Circuito revocó esa resolución al considerar que no se había dado intervención a la autoridad aduanera que estimó competente.

¿Qué tiene que decidir ahora la Suprema Corte?

La Suprema Corte atrajo en marzo de 2026 el recurso de queja 39/2026 y posteriormente, en mayo, decidió conocer también del recurso de queja 126/2026, ambos relacionados con esta disputa.

El segundo recurso deriva precisamente de la resolución que confirmó la no vinculación a proceso de Édgar Marín Meza.

La decisión puede fijar un criterio aplicable no sólo a este expediente, sino a otras investigaciones de contrabando que hayan quedado en medio de la transición administrativa entre el SAT y la ANAM.

¿Por qué se generó el conflicto entre el SAT y la ANAM?

La ANAM fue creada durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y comenzó a operar formalmente en 2022.

Fotografía cedida hoy por la Presidencia de México que muestra al mandatario Andrés Manuel López Obrador durante su rueda de prensa matutina en Palacio Nacional, en Ciudad de México (México). EFE/Presidencia de México/ SOLO USO EDITORIAL/ SOLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO)

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación modificó los reglamentos internos de Hacienda y del SAT y expidió el Reglamento Interior de la nueva agencia.

Entre las funciones asignadas a la ANAM se encuentra formular denuncias, querellas y declaratorias cuando existan hechos u omisiones que puedan constituir delitos de contrabando.

El problema señalado en los procesos judiciales es que distintas normas mantuvieron referencias al SAT y a la Secretaría de Hacienda, lo que abrió una discusión sobre quién podía ejercer válidamente esas atribuciones después de la reorganización administrativa.

¿Por qué la FGR tardó varios años en llevar los casos ante un juez?

Los cargamentos investigados corresponden a 2019 y las carpetas de investigación comenzaron a integrarse desde 2020.

  Foto: Pixabay

Sin embargo, de acuerdo con Reforma, las judicializaciones ocurrieron hasta 2023 y 2024, dependiendo del expediente.

En el caso del Atlantic Bay, la imputación contra Édgar Marín Meza fue presentada el 3 de julio de 2025.

Agencia Reforma señala además que la FGR formuló acusaciones por una modalidad de contrabando y no por delincuencia organizada u otros delitos de mayor gravedad. Esa decisión forma parte de la estrategia de investigación de la Fiscalía y no implica que exista una sentencia contra las personas señaladas.

¿Qué pasa si la Suprema Corte determina que sólo la ANAM podía intervenir?

Ese es el punto que todavía no debe darse por resuelto.

Si la Corte concluye que, después de la entrada en operación de la ANAM, era indispensable que esa agencia interviniera como representante del interés fiscal en estos procedimientos, las defensas podrían obtener decisiones favorables en los expedientes afectados por la misma omisión.

Sin embargo, no puede afirmarse por ahora que todos los acusados quedarán automáticamente absueltos. El efecto dependerá del criterio final de la Suprema Corte, del recurso concreto y de la situación procesal de cada expediente.

Si, por el contrario, la Corte determina que el SAT conservaba facultades suficientes para intervenir, la Fiscalía y la autoridad hacendaria tendrían argumentos para buscar que los procedimientos continúen.

La resolución será relevante porque establecerá cómo deben tratarse penalmente los casos de contrabando investigados durante la transición de funciones entre SAT y ANAM, una reorganización administrativa que ahora puede definir el futuro de procesos relacionados con cientos de millones de pesos en impuestos presuntamente omitidos.

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