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La Suprema Corte de Estados Unidos permite reanudar la eliminación del Estatus de Protección Temporal para migrantes de Haití, Siria y otros 15 países; 1.3 millones de personas podrían perder amparo migratorio

La mayoría conservadora del tribunal aceptó ese planteamiento y concluyó que la ley que creó el programa deja esas decisiones en manos del poder ejecutivo.

La Suprema Corte de Estados Unidos permite reanudar la eliminación del Estatus de Protección Temporal para migrantes de Haití, Siria y otros 15 países; 1.3 millones de personas podrían perder amparo migratorio

ESTADOS UNIDOS.- La Corte Suprema de Estados Unidos autorizó este jueves al gobierno del presidente Donald Trump reanudar el proceso de eliminación del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para migrantes provenientes de Haití, Siria y otras naciones.

La decisión, adoptada por una mayoría de 6 votos contra 3, despeja el camino para que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) retire las protecciones legales que actualmente amparan a aproximadamente 1.3 millones de personas originarias de 17 países.

¿Qué es el TPS y a quiénes protege?

El TPS fue creado en 1990 como un mecanismo de ayuda humanitaria para nacionales de países afectados por guerras, desastres naturales u otras crisis que impiden un retorno seguro.

Las personas acogidas en este programa quedan protegidas de la deportación y pueden solicitar permisos de trabajo.

Las designaciones se renuevan, por lo general, en periodos de 18 meses, y han amparado a comunidades enteras durante décadas.

En el caso de Haití, el TPS está vigente desde el devastador terremoto de 2010, mientras que Siria ingresó al programa en 2012 tras el estallido de la guerra civil.

El juez Samuel Alito redactó la opinión mayoritaria y fue contundente: “Las decisiones del secretario sobre la designación del TPS no están sujetas a revisión judicial”.

El fallo revocó las órdenes de tribunales inferiores que habían frenado el intento de la administración Trump de dar por terminadas las protecciones.

El Departamento de Justicia sostuvo que la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, actuó dentro de su autoridad exclusiva y que sus determinaciones no pueden ser revisadas por los jueces.

La mayoría conservadora del tribunal aceptó ese planteamiento y concluyó que la ley que creó el programa deja esas decisiones en manos del poder ejecutivo.

Los demandantes argumentaron dos puntos centrales; el primero es que los países incluidos en la lista siguen siendo inseguros para el retorno de los migrantes y que la administración aceleró las cancelaciones mediante un proceso viciado por sesgos raciales.

El segundo se apoyó en declaraciones realizadas por Trump durante su campaña presidencial de 2024, cuando difundió rumores falsos que acusaban a inmigrantes haitianos de secuestrar y comer perros y gatos.

Sobre ese punto, Alito reconoció que los haitianos no deberían enfrentar ataques de ese tipo, pero consideró que esos dichos no bastan para probar que la decisión gubernamental estuvo motivada por la raza.

“Cualquiera que sea la opinión que se tenga de las declaraciones citadas, son insuficientes para demostrar que la terminación de la designación del TPS para Haití se basó en la raza del pueblo haitiano”, escribió.

La minoría disidente, integrada por las tres juezas de orientación progresista, consideró que los tribunales sí tienen la facultad de revisar si el gobierno siguió la ley al poner fin a las protecciones.

La jueza Elena Kagan fue particularmente severa en su disenso. “La evidencia está ahí, clara para que todos la vean, en las declaraciones del presidente, que la mayoría (y también sus propios abogados) ni siquiera pueden soportar repetir”, escribió Kagan. “Respetuosamente, disiento de la decisión de la Corte que permite que, en cambio, sean puestos en el próximo avión”.

¿Qué sigue para las 1.3 millones de personas amparadas por el TPS?

Desde que Trump regresó a la Casa Blanca en enero de 2025, el DHS ha impulsado la terminación del TPS para nacionales de 13 países, incluidas algunas designaciones que llevaban más de una década en vigor.

De acuerdo con el Foro Nacional de Inmigración, hasta marzo de 2025 aproximadamente 1.3 millones de personas contaban con esta protección en Estados Unidos.

El fallo de la Corte Suprema permite que esos procesos avancen de inmediato mientras las impugnaciones legales continúan su curso en tribunales inferiores.

En la práctica, la decisión coloca a comunidades enteras, algunas con décadas de arraigo en territorio estadounidense, frente a la perspectiva de perder sus permisos de trabajo y quedar expuestas a procedimientos de deportación.

La resolución no cierra el litigio de fondo, pero sí despeja el camino para que la administración federal ejecute una política migratoria que los demandantes consideran discriminatoria y que el gobierno defiende como una prerrogativa incuestionable del poder.

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