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Multarán con hasta 300 UMAs (35 mil 193 pesos) a quienes hagan ruido excesivo y no dejen dormir a los vecinos de casas y negocios

La contaminación acústica en zonas habitacionales deja de ser solo una falta menor: los ayuntamientos y tribunales cívicos endurecen los protocolos de inspección respaldados en la normatividad ambiental federal para frenar el impacto del escándalo nocturno en la salud pública.

Multarán con hasta 300 UMAs (35 mil 193 pesos) a quienes hagan ruido excesivo y no dejen dormir a los vecinos de casas y negocios

El ruido excesivo durante la madrugada, ya sea por música en domicilios o por equipos instalados en establecimientos comerciales, puede derivar en multas de hasta 300 UMAs, equivalentes a $35,193 pesos, además de clausuras para negocios reincidentes.

De acuerdo con los tabuladores actualizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) respecto al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), las sanciones dependen de la gravedad de la falta, la hora del reporte y la reincidencia.

¿Cuáles son los límites de ruido permitidos por la ley mexicana?

El control de las emisiones sonoras se basa en estándares técnicos establecidos a nivel federal. La referencia principal es la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, que fija los límites máximos permisibles de ruido para proteger a la población:

  1. Horario diurno, de 6:00 a 22:00 horas: el límite máximo permitido es de 55 decibeles (dB).
  2. Horario nocturno, de 22:00 a 6:00 horas: el umbral máximo es de 50 decibeles (dB).

Superar estos niveles de manera sistemática puede constituir una falta administrativa grave, de acuerdo con los Bandos de Policía y Buen Gobierno de los municipios del país y las leyes de cultura cívica estatales.

De acuerdo con los tabuladores actualizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) respecto al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), las sanciones dependen de la gravedad de la falta, la hora del reporte y la reincidencia.

¿De cuánto son las multas por ruido excesivo?

El esquema sancionador toma como base el valor diario de la UMA, fijado en $117.31 pesos. Según la gravedad de la falta, la hora del reporte y la actitud del infractor ante la primera advertencia, las sanciones pueden ser las siguientes:

  1. Infracciones menores o primeros avisos: las multas iniciales rondan montos moderados y superan los 2,000 pesos en los tabuladores municipales más accesibles.
  2. Casos graves, prolongados o de reincidencia: las sanciones pueden alcanzar 300 UMA, equivalentes a $35,193 pesos.

En establecimientos mercantiles, comercios o industrias que reincidan en la contaminación auditiva, las leyes también contemplan la clausura temporal o definitiva del local. Además, pueden aplicarse arrestos inconmutables a propietarios o responsables que obstaculicen la labor de inspección.

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¿Cómo se presenta una denuncia por ruido excesivo?

El proceso de sanción requiere un protocolo que busca garantizar el debido proceso legal y la certidumbre jurídica:

  1. Reporte ciudadano o flagrancia: el procedimiento puede comenzar mediante una llamada al 911 o una queja directa ante la Dirección de Ecología, Protección Ambiental o el Juzgado Cívico del municipio.
  2. Verificación con instrumentos de medición: inspectores capacitados, en ocasiones con apoyo de elementos de seguridad pública, acuden al sitio para medir los niveles de decibeles con instrumentos calibrados.
  3. Aviso preventivo y exhorto: durante la primera visita se emite una notificación formal para solicitar al infractor que modere el volumen y cese la molestia.
  4. Levantamiento de la sanción: si el ciudadano ignora la advertencia o reincide en un periodo corto, la autoridad levanta un acta administrativa para aplicar la multa económica o el arresto administrativo correspondiente, que oscila entre 13 y 24 horas.
Multas por ruido excesivo en diferentes estados de México. Foto: Especial (Gemini)

¿Qué efectos provoca el ruido excesivo en la salud?

De acuerdo con evaluaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la contaminación acústica es el segundo factor ambiental más dañino para el ser humano, solo por detrás de la contaminación atmosférica.

La exposición constante a niveles elevados de ruido durante las horas de descanso puede provocar:

  1. Trastornos crónicos del sueño e insomnio severo.
  2. Estrés prolongado, ansiedad y fatiga mental.
  3. Mayor riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares, hipertensión arterial y alteraciones del sistema nervioso.

¿Qué puedes hacer si el ruido afecta tu descanso?

Si enfrentas esta situación de manera cotidiana y buscas una solución con sustento legal, puedes seguir este orden:

  1. Intenta el diálogo civilizado: un acercamiento cordial puede resolver el problema de convivencia antes de escalar el conflicto.
  2. Recaba elementos de prueba: anota fechas y horarios recurrentes, y conserva registros en video o audio que respalden la magnitud del problema si necesitas presentar una denuncia formal.
  3. Acude a las instancias competentes: si se trata de un condominio, recurre al administrador o al comité de vigilancia respaldado por la ley condominal. Si es una casa habitación o un negocio externo, comunícate con la dirección de ecología municipal o justicia cívica para solicitar una inspección oficial.
Vecinos podrían denunciar ruido excesivo en casas o negocios, lo que puede derivar en multas de hasta 35 mil pesos. /Imagen ilustrativa hecha con IA

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¿Qué debes tener presente al reportar una molestia por ruido?

La autoridad puede requerir una medición con instrumentos calibrados para verificar los niveles de ruido. Por ello, conservar registros de fechas y horarios, así como identificar la instancia competente, puede facilitar el seguimiento de la queja.

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