Suprema Corte falló a favor de la SEP y avaló prohibir la comida chatarra en escuelas
La normativa que fue objeto de la impugnación legal fija las pautas sobre el tipo de comida al que tienen acceso los estudiantes.

MÉXICO. — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la validez legal de las normas que regulan la preparación, venta y distribución de alimentos y bebidas dentro de todas las escuelas del país.
En sesión del Pleno, las y los ministros negaron de forma unánime un amparo promovido por una empresa privada que buscaba frenar la aplicación de estas medidas en los centros educativos.
De acuerdo con información publicada por el diario El Universal, la resolución corresponde al Amparo en Revisión 127/2026.
El fallo confirma que las disposiciones emitidas de forma conjunta por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud (SSA) son constitucionales y de aplicación obligatoria para proteger la salud de la infancia y juventud en el Sistema Educativo Nacional.

¿Qué establecen los lineamientos aprobados para las escuelas?
La normativa que fue objeto de la impugnación legal fija las pautas sobre el tipo de comida al que tienen acceso los estudiantes durante la jornada escolar:
- Origen de la norma: Los lineamientos se publicaron originalmente en septiembre de 2024 para regular el expendio de productos preparados, procesados y a granel dentro de las escuelas.
- Fomento a la salud: Establecen criterios nutricionales obligatorios para erradicar la venta de comida con bajo valor nutrimental e impulsar hábitos de alimentación saludables desde la educación básica.
- Ámbito de aplicación: Las reglas aplican para todos los planteles públicos y privados que integran el Sistema Educativo Nacional.

¿Qué argumentos dió la empresa y qué respondió el Máximo Tribunal?
La compañía quejosa acudió al Poder Judicial argumentando que las reglas afectaban sus libertades comerciales, pero el Pleno rechazó de manera tajante esa postura:
- Argumentos de la demanda: La empresa sostuvo que las reglas violaban la libertad de trabajo, la seguridad jurídica, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad.
- Criterio de la Corte: El tribunal aclaró que las reglas no impiden el comercio, sino que lo sujetan a reglas dentro de los inmuebles escolares. “Los lineamientos impugnados no prohíben de manera absoluta la comercialización de alimentos y bebidas, únicamente regulan su venta dentro de los centros escolares”, puntualizó la ministra María Estela Ríos González al presentar la propuesta de sentencia.
- Derecho a la alimentación: El ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó que la protección a una nutrición de calidad es un derecho universal que abarca a todas las personas sin importar su edad.

Te puede interesar: ¡Adiós a los celulares en salones de clase! Senado avaló por unanimidad prohibir su uso y señalan a dispositivos por casos de “regresión cerebral”
Un freno contra el sobrepeso y la obesidad infantil en México
Durante la discusión del expediente, los integrantes del Pleno subrayaron el impacto de esta decisión de la Suprema Corte para atender la crisis de salud pública que afecta a la niñez:
- Protección al interés superior: Las medidas persiguen un fin constitucional legítimo al poner como prioridad los derechos a la salud y a la alimentación adecuada de niñas, niños y adolescentes.
- Atención a la obesidad: El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que esta regulación representa una herramienta clave ante la prevalencia de padecimientos metabólicos en el país. “Los lineamientos que ahora se cuestionan de inconstitucionales son un paso importante para amortiguar o buscar que esta situación no continúe creciendo”, manifestó durante la sesión.
Con esta sentencia, la Suprema Corte sienta un precedente firme para que las cooperativas y tienditas escolares adapten su oferta a alimentos saludables de manera definitiva.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Te recomendamos

Maru Campos cuestiona fallo de la Suprema Corte

SCJN mantiene sanciones para narcocorridos

Suprema Corte falló a favor de los usuarios de telefonía y ahora podrían exigir una indemnización a las empresas por dar el mismo número de teléfono a otros usuarios

Hugo Aguilar propone una justicia “auténticamente mexicana”

Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados