Multarán con más de 23 mil pesos a locales que utilicen estufas, bocinas o griten dentro del Metro de la Ciudad de México tras la publicación de un nuevo reglamento oficial
El nuevo ordenamiento publicado en la Gaceta Oficial regula la operación y seguridad en los espacios comerciales asignados dentro del transporte subterráneo.

MÉXICO.- El Gobierno de la Ciudad de México estableció sanciones económicas que alcanzan los 23,462 pesos para quienes incurran en infracciones operativas, de ruido o de seguridad dentro de los locales y espacios comerciales del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro. Esta disposición entró en vigor tras la publicación de un nuevo marco regulatorio diseñado para supervisar la actividad comercial en la red.
Las normativas aprobadas imponen restricciones estrictas en materia de emisión de ruido y control térmico dentro de los establecimientos asignados o propiedad del organismo público. La medida busca ordenar las instalaciones por las que transitan diariamente millones de capitalinos y visitantes en la zona metropolitana.
¿Cuáles son las acciones estrictamente prohibidas en las instalaciones?
El marco normativo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México prohíbe de manera tajante las siguientes actividades dentro de los establecimientos y espacios destinados al comercio:
- Incrementar la temperatura: Queda prohibido utilizar estufas, hornos o cualquier aparato cuyo funcionamiento eleve la temperatura dentro de las estaciones.
- Uso de equipos de audio: No se permite emplear radios ni altavoces dentro de los comercios.
- Generación de ruido excesivo: Se prohíbe expresamente gritar en el ejercicio o promoción de las actividades comerciales.

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¿De cuánto son las multas para los infractores?
Las sanciones económicas aplicables a quienes incumplan estas disposiciones vigentes contemplan los siguientes rangos de cobranza:
- Monto mínimo: Las faltas menores o iniciales conllevan una sanción desde 5,865 pesos mexicanos.
- Monto máximo: Las infracciones graves o reincidentes pueden alcanzar una multa de hasta 23,462 pesos mexicanos.
El costo final de la penalización se determinará en función del tiempo de suspensión que se aplique a la actividad comercial del espacio inspeccionado.

El impacto en la red de transporte capitalina
La regulación de estos espacios responde a la alta concentración de personas que registra diariamente el transporte subterráneo. De acuerdo con cifras provenientes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el Metro de la Ciudad de México moviliza cada día a una población de entre 4.2 y 4.6 millones de pasajeros, lo que representa una afluencia superior a los 100 millones de usuarios al mes.
Las disposiciones normativas emanan del denominado Reglamento para la Instalación, Operación, Verificación y Seguridad de Locales y/o Espacios Comerciales Asignados y/o Propiedad del Sistema de Transporte Colectivo, instrumento formal que faculta a las autoridades a realizar inspecciones y aplicar las suspensiones e impuestos correspondientes a los permisionarios que infrinjan la ley.
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