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La ministra Yasmín Esquivel acusa a Lenia Batres de intentar reabrir un caso fiscal ya resuelto en la Suprema Corte contra Juegos del Bajío por más de 4 mil millones de pesos mientras el SAT busca revertir la anulación del crédito

El caso gira en torno a una solicitud de atracción promovida por el SAT para revertir la anulación de un crédito fiscal por más de 4 mil 306 millones de pesos, que ya había sido previamente rechazado por la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte.

La ministra Yasmín Esquivel acusa a Lenia Batres de intentar reabrir un caso fiscal ya resuelto en la Suprema Corte contra Juegos del Bajío por más de 4 mil millones de pesos mientras el SAT busca revertir la anulación del crédito

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Yasmín Esquivel Mossa, acusó este jueves a su compañera Lenia Batres Guadarrama de intentar reabrir un asunto que, según dijo, ya había sido definido previamente por el máximo tribunal.

Se trata del litigio fiscal contra la empresa Juegos del Bajío, relacionado con un crédito por más de 4 mil 306 millones de pesos, que forma parte del debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El debate ocurrió durante la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando se discutía un paquete de asuntos vinculados con la solicitud para atraer el caso fiscal promovido por el Servicio de Administración Tributaria, que busca revertir la anulación de dicho crédito.

El centro del conflicto: una solicitud de atracción ya rechazada

Esquivel Mossa sostuvo que el caso ya había sido analizado previamente por la extinta Segunda Sala, que el 5 de marzo de 2025 decidió no atraer el asunto, decisión que —según su postura— lo había dejado firme para ser resuelto por un tribunal colegiado.

En su intervención, la ministra señaló que insistir en una nueva solicitud podría vulnerar principios como la cosa juzgada y la seguridad jurídica, al considerar que se estaría reactivando un tema ya definido.

También afirmó que la empresa promovente enfrenta un “agravio” por la insistencia en reabrir el procedimiento.

Me parece que la empresa recurrente tiene legítimo derecho a oponerse a que, por segunda ocasión, se insista y, peor aún, se revoque un tema que ya fue resuelto en forma definitiva”, expuso durante la sesión.

La ministra Yasmín Esquivel acusó a su compañera Lenia Batres de intentar reabrir un asunto ya definido por la Suprema Corte en el litigio contra Juegos del Bajío. Foto: Daniel Reséndiz

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La postura de Lenia Batres: el reglamento sí permite volver a solicitarlo

Por su parte, Lenia Batres defendió que el marco normativo de la Corte permite presentar más de una solicitud de atracción sobre un mismo asunto.

Explicó que el Acuerdo General 04/2025 establece que, si una solicitud no es admitida, esto no impide que una parte legitimada pueda volver a pedir la atracción del caso en otro momento.

Sostuvo además que este tipo de determinaciones no constituyen cosa juzgada, ya que no resuelven el fondo del litigio ni afectan derechos sustantivos de las partes.

El litigio fiscal de más de 4 mil millones sigue abierto

El caso de fondo está relacionado con la impugnación de un crédito fiscal por 4 mil 306 millones 799 mil 683 pesos impuesto a la empresa Juegos del Bajío, el cual fue anulado previamente y que el Servicio de Administración Tributaria busca revertir mediante la solicitud de atracción.

En la sesión, el recurso de reclamación 494/2025 fue desechado por la mayoría de los ministros, con siete votos contra dos, lo que permitió que la solicitud de atracción siga su curso dentro del máximo tribunal.

El caso está relacionado con un crédito fiscal por más de 4 mil millones de pesos que el SAT busca revertir mediante una solicitud de atracción en la Suprema Corte.

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La Corte también fija criterio sobre la cosa juzgada

En la misma sesión, la Suprema Corte estableció un criterio relevante sobre la protección de la cosa juzgada en materia de ejecución de sentencias.

Al resolver la contradicción de criterios 23/2026, el Pleno determinó que no procede el amparo indirecto contra embargos ordenados para cobrar cantidades ya fijadas en una sentencia, fortaleciendo así la estabilidad de las resoluciones judiciales firmes.

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