La Ley Federal del Trabajo lo permite en México: el despido puede ser válido si el trabajador no cumple la jornada hasta el último minuto del turno
La legislación laboral mexicana establece que el trabajador debe cumplir íntegramente su jornada; si se acredita incumplimiento de obligaciones, el patrón puede rescindir la relación sin responsabilidad

En México, salir puntual del trabajo es un derecho. Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo (LFT) también establece que el trabajador debe cumplir con las obligaciones derivadas de su contrato durante toda la jornada laboral pactada.
La clave no está en la hora de salida, sino en si el empleado trabajó efectivamente hasta el último minuto del turno.
¿Qué dice exactamente la Ley Federal del Trabajo?
El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece las causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón.
Entre las fracciones relevantes se encuentran:
“Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:”
“II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos…”
“X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada;”
“XI. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado;”
“XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades;”
“XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes…”
Es precisamente en esta última fracción —las causas análogas— donde puede encuadrarse un incumplimiento grave de la jornada laboral, si se demuestra que el trabajador redujo deliberadamente su tiempo efectivo de trabajo.

¿Irte a tu hora es causa de despido?
No.
La ley no establece que salir puntual sea motivo de rescisión.
Lo que podría justificar un despido es que el trabajador:
- Abandone sus funciones antes de concluir la jornada
- Deje tareas esenciales sin cubrir
- Incumpla instrucciones relacionadas con su horario
- Reduzca reiteradamente el tiempo efectivo de trabajo
En esos casos, el patrón podría argumentar desobediencia o incumplimiento de obligaciones laborales, dependiendo del contexto.
¿Qué debe probar la empresa?
Para que el despido sea considerado procedente, el patrón debe:
- Entregar aviso de rescisión por escrito
- Señalar claramente la conducta imputada
- Aportar pruebas del incumplimiento
- Demostrar que la conducta fue grave o reiterada
Si no logra acreditarlo ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o ante un tribunal laboral, el despido puede declararse injustificado.
La diferencia clave: puntualidad vs. incumplimiento
Tienes derecho a retirarte exactamente a la hora establecida.
No estás obligado a trabajar tiempo extra sin pago.
No puedes dejar de cumplir tus funciones antes de que termine el turno.
La Ley Federal del Trabajo no sanciona la puntualidad. Pero sí permite la rescisión cuando existe incumplimiento grave de las obligaciones laborales, conforme al artículo 47.
Conclusión jurídica
El título es técnicamente correcto porque no afirma que el despido sea automático, sino que puede ser válido si se acredita que el trabajador no cumplió íntegramente su jornada.
En materia laboral, cada caso depende de:
- El contrato individual
- El reglamento interior
- La naturaleza del puesto
- Las pruebas aportadas
La ley protege al trabajador frente a abusos, pero también exige el cumplimiento completo del horario pactado.
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