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Cuáles son los cambios que las empresas pueden hacer con la reducción de la jornada laboral a 40 horas y los límites legales que prohíben recortar salarios o vacaciones en México

A partir de enero de 2027, las empresas podrán ajustar turnos y registros, pero la LFT prohíbe recortar sueldos, vacaciones y prestaciones adquiridas.

Cuáles son los cambios que las empresas pueden hacer con la reducción de la jornada laboral a 40 horas y los límites legales que prohíben recortar salarios o vacaciones en México

MÉXICO.- La implementación de la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales en México comenzará de manera gradual el 1 de enero de 2027. Este cambio requerirá una reestructuración operativa en los centros de trabajo, pero existen límites legales claros sobre los ajustes que los patrones pueden realizar y los derechos de los empleados que deben permanecer intocables.

Expertos en derecho laboral explicaron las reglas operativas que acompañarán este proceso gradual. Aunque las organizaciones contarán con facultades para adaptar sus esquemas de producción y cobertura, la Ley Federal del Trabajo (LFT) impone restricciones para evitar que la disminución de horas afecte los ingresos o las prestaciones adquiridas de los trabajadores.

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¿Qué cambios sí pueden aplicar los patrones?

Para mantener la productividad y cubrir los horarios de atención, las empresas tienen la facultad de realizar ajustes organizativos, siempre que se establezcan de común acuerdo con su personal. Entre las modificaciones permitidas se encuentran:

  • Rediseño de horarios: Es posible pactar jornadas más largas de lunes a viernes con el fin de liberar los sábados.
  • Turnos escalonados: Las compañías pueden establecer entradas y salidas diferenciadas entre el personal para garantizar la operación continua.
  • Contratación de personal adicional: Se permite sumar nuevos trabajadores para cubrir los vacíos operativos que genere la reducción del tiempo de trabajo.
  • Actualización de reglamentos: Los patrones deberán modificar los contratos individuales y colectivos, así como las políticas internas sobre horas extraordinarias.
  • Registro electrónico de asistencia: Se vuelve obligatorio implementar sistemas para supervisar y registrar la jornada diaria.
La reducción de 48 a 40 horas semanales representa una disminución en el tiempo productivo, lo que obliga a las empresas a replantear sus esquemas operativos, afirman. Foto: Generada con IA

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¿Qué condiciones laborales son intocables?

La reducción del tiempo de servicio no puede utilizarse como justificación para alterar los derechos básicos de la plantilla laboral. Bajo ninguna circunstancia se permitirá reducir el salario mensual o quincenal, ya que el sueldo se mantiene intacto independientemente de la disminución del límite semanal.

De igual forma, las prestaciones de ley y superiores deben conservarse en su totalidad. El aguinaldo, las vacaciones, la prima vacacional y la prima de antigüedad no sufren ajustes a la baja. Asimismo, las aportaciones a la seguridad social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) continuarán calculándose sobre la misma base salarial, sin que la reforma afecte el tiempo de antigüedad acumulado por el personal.

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¿Cuáles son los límites legales para las empresas?

El marco regulatorio prohíbe expresamente que los empleadores soliciten la reposición de las horas que sean eliminadas mediante la reforma. Respecto a los tiempos extraordinarios, la suma de la jornada ordinaria y las horas extra no podrá sobrepasar un límite estricto de 12 horas diarias.

En caso de que las empresas elijan instalar sistemas de registro asistencial con datos biométricos, la Ley de Protección de Datos Personales exige obtener el consentimiento expreso de los trabajadores. Además, el Artículo 18 de la LFT establece el principio de progresividad, el cual señala que todas las normas de trabajo se interpretarán siempre de la forma más favorable para el empleado.

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