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El Imparcial / Ensenada / Ensenada

Multa de 2 mil 606 pesos a quienes no usen cubrebocas en lugares públicos

El Artículo 28 en su fracción II, establece como faltas a la autoridad, desobedecer una disposición normativa, acuerdo o mandato legítimo de alguna autoridad, o incumplir las citas que expidan las autoridades administrativas, sin causa justificada. 

Personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, conoció la disposición normativa que establece como obligación el uso del cubrebocas, como resultado de un punto de acuerdo presentado por la regidora Yolanda Navarro Caballero .

Comandantes y encargados de estaciones o áreas, conocieron de parte de la presidenta de la Comisión de Gobernación y Legislación, la reforma al Artículo 28, Fracción II, del Bando de Policía y Gobierno, que faculta a los oficiales para amonestar verbalmente o sancionar a quienes no utilicen dicha protección.

Indicó que el Artículo 28 en su fracción II, establece como faltas a la autoridad, desobedecer una disposición normativa, acuerdo o mandato legítimo de alguna autoridad, o incumplir las citas que expidan las autoridades administrativas, sin causa justificada.

Como punto de acuerdo de la sesión del pasado 2 de diciembre, el 23 Ayuntamiento de Ensenada aprobó hacer obligatorio el uso de cubrebocas en lugares públicos abiertos y cerrados, transporte público, instituciones y dependencias de gobierno, mercados, establecimientos comerciales y espacios concurridos en el municipio.

Dicha disposición normativa se hace vigente por el mismo periodo que dure la emergencia sanitaria por la pandemia Covid-19, concluyendo cuando la institución de salud pública determine el fin de ésta, puntualizó.

Con base en el Artículo 11 del Bando de Policía y Gobierno, a quien infrinja el Artículo 28, Fracción II, se le impondrá una multa de 1 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), de 86.88 pesos cada una, lo que equivale hasta 2 mil 606 pesos.

Multa por detonar pirotecnia puede llegar a 6 mil pesos

Asimismo, personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, podrá sancionar a las personas que sean sorprendidas detonando pirotecnia, derivado a que son acciones que atentan contra la paz y tranquilidad.

El coordinador de la Policía Ecológica, Oswaldo Portillo Sánchez, dio a conocer que las personas sorprendidas cometiendo dicho acto, serán remitidas con el juez calificador en turno, misma que determinará la sanción, además de decomisarles los cohetes para su debida destrucción.

Por su parte, la coordinadora de Jueces Calificadores del XXIII Ayuntamiento de Ensenada, María de Lourdes Sicardi Sánchez, informó que los ciudadanos pueden recibir una multa de 1 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), de 86.88 pesos cada una.

“Sin embargo, la sanción puede rebasar los 6 mil pesos al acumularse otras faltas administrativas relacionadas con el ruido y la basura, por ejemplo”, señaló.

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