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El Imparcial / Mexicali / Congreso del Estado BC

Aprueban Ley en Materia de Desaparición Forzada en BC

El dictamen número 10 de la Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional se aprobó con 22 votos a favor, cero en contra y una abstención, la cual fue iniciada por la diputada con licencia, Rocío Adame.

Aprobada la Ley en Materia de Desaparición Forzada en Baja California, el Congreso del Estado, después de un año de análisis, aprobó la ley la noche del domingo 31 de marzo en la sesión de clausura del segundo periodo.

El dictamen número 10 de la Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional se aprobó con 22 votos a favor, cero en contra y una abstención, la cual fue iniciada por la diputada con licencia, Rocío Adame.

La ley tiene como objetivo coordinar la búsqueda de desaparecidos, crear mecanismos estatales de coordinación, establecer la comisión local de búsqueda y mantener registros estatales de personas desaparecidas.

Se establece la Fiscalía Especializada para la investigación y persecución de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por partes de particulares y delitos vinculados con la desaparición de personas, así como el Consejo Estatal Ciudadano.

También se debe garantizar la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas y la participación de los familiares en las acciones de búsqueda. Se han establecido principios rectores como la buena fe, la debida diligencia y un enfoque especializado.

Se establecen medidas especiales para la búsqueda e investigación de casos que involucran a este grupo vulnerable, garantizando un enfoque integral, transversal y basado en los derechos humanos.

La investigación, persecución y sanción de los delitos relacionados con la desaparición de personas se rige por esta ley. Se establece que las personas servidoras públicas que incumplan injustificadamente con obligaciones de la ley y que no constituyan un delito serán sancionadas.

Se considerará falta grave el incumplimiento injustificado o negligencia de las obligaciones relacionadas con la búsqueda de personas desaparecidas. Las personas servidoras públicas que incumplan con la obligación de realizar acciones de búsqueda y no lo hagan serán sancionadas.

Las autoridades estatales y municipales deben proporcionar información y documentación necesaria para la búsqueda e investigación de personas desaparecidas a la comisión de búsqueda y la Fiscalía especializada de manera inmediata.

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