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CURP Digital y Expediente Digital Ciudadano en México: qué son, para qué sirven y cómo puedes obtenerlos

La legislación establece su uso como mecanismos de confianza para la identificación y consulta de documentos en servicios financieros digitales.

CURP Digital y Expediente Digital Ciudadano en México: qué son, para qué sirven y cómo puedes obtenerlos

La CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano quedaron reconocidos como mecanismos de confianza con efectos jurídicos equivalentes a los documentos físicos para la contratación digital de servicios financieros, luego de la entrada en vigor de la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos el pasado 5 de noviembre.

La legislación, publicada un día antes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), faculta a las instituciones financieras a aceptar estos instrumentos cuando la persona usuaria solicite utilizarlos, y establece que las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán adoptar medios de pago digitales en trámites y servicios.

El artículo 5 de la ley establece que la CURP Digital deberá ser aceptada como mecanismo de confianza para la contratación digital de servicios financieros, mientras que el artículo 6 precisa que las personas usuarias podrán elegir entre utilizarla o recurrir a cualquier otro mecanismo de identificación oficial determinado por las autoridades competentes.

El Expediente Digital Ciudadano, por su parte, permite que las instituciones financieras consulten y utilicen documentos e información de las personas usuarias directamente a solicitud de estas, con el objetivo de agilizar la portabilidad de datos.

¿Qué es la CURP Digital y cómo se obtiene?

Según el artículo 2, fracción III, de la nueva ley, la CURP Digital es la versión digital Clave Única de Registro de Población.

Para que esta versión adquiera el carácter de documento nacional de identificación con validez oficial plena, es necesario tramitar la CURP Biométrica, que conserva los 18 caracteres alfanuméricos tradicionales pero incorpora huellas dactilares y fotografía del titular; esto conforme al artículo 91 Bis de la Ley General de Población.

El trámite de incorporación de datos biométricos es gratuito y se realiza de forma presencial en los módulos habilitados por el Registro Civil y las autoridades de población de cada entidad.

La disponibilidad de módulos y los procedimientos de atención varían según la entidad federativa, por lo que se recomienda consultar con el Registro Civil local antes de acudir.

Requisitos y pasos para el registro biométrico

  • Consultar disponibilidad: Verificar con el Registro Civil de la entidad si es necesario agendar cita previa.
  • Documentación requerida: CURP vigente y certificada; identificación oficial vigente; acta de nacimiento como documento probatorio de identidad.
  • Datos de contacto: Proporcionar correo electrónico activo y número telefónico en el módulo.
  • Comparecencia personal: Acudir físicamente para la captura de fotografía y huellas dactilares.
  • Constancia: Al concluir el registro, se entrega una constancia que la persona deberá conservar, pues podrá ser solicitada conforme avance la implementación.

La CURP tradicional, sin datos biométricos, puede consultarse e imprimirse de forma gratuita en el portal oficial.

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¿Qué es el Expediente Digital Ciudadano y para qué sirve?

El Expediente Digital Ciudadano es un mecanismo que permite a las instituciones financieras consultar y utilizar documentos e información de las personas usuarias directamente a solicitud de estas.

Su función principal es agilizar la portabilidad de datos entre entidades, con efectos jurídicos equivalentes a los documentos físicos.

A diferencia de la CURP Digital, que requiere el registro biométrico presencial para alcanzar plena validez como identificación oficial, el Expediente Digital Ciudadano opera como un mecanismo de consulta y reutilización de información documental.

Para acceder al expendiente es necesario contar con una cuenta Llave MX.

La ley contempla una implementación progresiva y establece que las dependencias deberán adaptar sus sistemas para permitir la interoperabilidad.

¿La CURP Digital y el Expediente Digital son obligatorios?

No. La legislación contempla una implementación progresiva de las herramientas digitales.

La CURP con datos biométricos adquiere el carácter de identificación oficial una vez que el titular completa el registro correspondiente, pero el trámite no se impone como obligatorio de manera inmediata para toda la población.

De manera análoga, el Expediente Digital Ciudadano no sustituye de forma automática los documentos físicos existentes, sino que se incorpora como una alternativa que la persona usuaria puede autorizar.

¿Qué sectores podrán establecer pagos digitales como única forma?

El artículo 13 de la ley faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que la aceptación de medios de pago digitales y electrónicos podrá ser la única forma de pago.

El tercer transitorio fija un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor, para que la dependencia publique la lista correspondiente.

Una vez definidos los sectores, las autoridades competentes de cada uno tendrán otros 15 días hábiles para emitir las disposiciones administrativas que establezcan condiciones, requisitos y plazos para una transición gradual del efectivo a los pagos digitales.

Medios de pago reconocidos por la ley:

  • Tarjetas de débito y crédito.
  • Transferencias electrónicas de fondos, incluida la domiciliación.
  • Pagos mediante códigos QR.
  • Tecnología NFC para operaciones sin contacto .

El artículo 15 contempla una excepción: cuando se presente una contingencia que imposibilite la recepción de medios digitales, se permitirá el pago en efectivo o cheque.

Sin embargo, el artículo 16 precisa que las contingencias no podrán justificar de manera permanente o recurrente el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.

Canales oficiales y siguientes pasos

La CURP tradicional puede consultarse y descargarse gratuitamente en https://www.gob.mx/curp/. El registro de datos biométricos se realiza en los módulos del Registro Civil de cada entidad; se recomienda verificar disponibilidad y requisitos locales antes de acudir.

La SHCP tiene hasta 15 días hábiles posteriores al 5 de noviembre para publicar la lista de sectores en los que los pagos digitales podrán ser la única forma de pago, información que será difundida a través del DOF y los canales oficiales de la dependencia.

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