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“Ley Antimemes”, es aprobada por el Senado en lo general: qué dice, qué sanciona y por qué genera polémica

El artículo se refiere al uso de elementos que permiten identificar oficialmente a instituciones públicas.

“Ley Antimemes”, es aprobada por el Senado en lo general: qué dice, qué sanciona y por qué genera polémica

MÉXICO.- El Senado de la República aprobó este miércoles 30 de septiembre, en lo general, la reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, conocida públicamente como la “Ley Antimemes”. Según El Universal, la votación terminó con 72 votos a favor, 34 en contra y cero abstenciones, y abrió una nueva etapa del debate sobre el alcance de las sanciones relacionadas con el uso de logotipos, dominios y otros elementos de identidad institucional del Gobierno.

La discusión se concentró especialmente en el artículo 403 Bis, porque su redacción ha sido cuestionada por legisladores de oposición ante la posibilidad de que alcance determinados contenidos digitales. El texto aprobado en comisiones redujo las penas que aparecían en la propuesta original y estableció condiciones adicionales para que una conducta pueda ser considerada delito.

El dictamen forma parte de una reforma más amplia relacionada con piratería, derechos de autor, propiedad industrial, falsificación, divulgación no autorizada de obras y uso fraudulento de elementos oficiales. El Sistema de Información Legislativa señala que también se modifican diversos artículos del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

¿Por qué se conoce como “Ley Antimemes”?

“Ley Antimemes” no es el nombre oficial de la reforma. Es una denominación utilizada durante la discusión pública y política para referirse principalmente al nuevo artículo 403 Bis.

La controversia comenzó porque la versión inicial de la propuesta establecía penas de tres a siete años de prisión y multas de mil a 10 mil UMA para quien utilizara, reprodujera o imitara determinados elementos de identidad gráfica institucional a escala comercial para inducir a error o engaño.

Durante la discusión en comisiones, el texto fue modificado. La pena quedó en un rango de uno a cinco años de prisión, además de multas de mil a 10 mil UMA. También se incorporaron precisiones sobre la finalidad del uso de los elementos oficiales.

Por eso, afirmar que la reforma establece simplemente “cárcel por hacer memes” no describe de manera completa el texto aprobado.

¿Qué dice el artículo 403 Bis?

El artículo se refiere al uso de elementos que permiten identificar oficialmente a instituciones públicas.

Entre ellos se encuentran:

  • Identidad gráfica institucional.
  • Dominios electrónicos.
  • Documentos oficiales.
  • Otros elementos vinculados con la identidad de una institución pública.

La conducta debe realizarse a escala comercial y estar relacionada con la intención de inducir al error o engaño sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático u otra actuación atribuible a una institución pública, con la finalidad de cometer un ilícito.

Este último punto es central para entender la reforma: no basta con utilizar un logotipo gubernamental para que automáticamente exista un delito. El texto incorpora condiciones relacionadas con el uso comercial, el engaño y la comisión de un ilícito.

¿Cuánto podría ser la pena?

La versión que llegó al Pleno contempla, para el supuesto previsto en el artículo 403 Bis:

  • De uno a cinco años de prisión.
  • Multas de mil a 10 mil UMA.

La reducción ocurrió durante el proceso de análisis en comisiones. La iniciativa original contemplaba de tres a siete años de prisión.

La cifra de hasta cinco años, por tanto, corresponde al texto modificado y no a la propuesta inicial.

¿Entonces hacer un meme contra el Gobierno será delito?

El dictamen no establece que cualquier meme, caricatura, sátira o crítica contra una autoridad constituya por sí mismo un delito. La disposición está dirigida al uso de elementos de identidad institucional dentro de determinadas conductas realizadas a escala comercial y vinculadas con engaño e ilícitos.

El problema que señalan los legisladores de oposición es otro: consideran que el texto no contiene una excepción expresa para proteger de manera específica la sátira, la parodia, la caricatura política, el periodismo o determinados contenidos ciudadanos. Esa diferencia explica buena parte de la discusión.

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¿Qué reclama la oposición?

Los grupos opositores sostienen que la redacción puede dejar margen para interpretaciones que afecten expresiones de crítica política en internet.

La senadora de Movimiento Ciudadano Alejandra Barrales cuestionó particularmente el artículo 403 Bis y sostuvo que el uso de la gráfica institucional en contenidos de crítica, parodia o sátira podría quedar expuesto a sanciones. Durante el debate, su bancada mantuvo su rechazo al dictamen.

Desde el PAN también se había pedido incluir una protección expresa para periodistas, parodias y otras expresiones relacionadas con la libertad de expresión. El coordinador panista Ricardo Anaya argumentó durante la discusión previa que una parodia que utiliza elementos oficiales podría quedar expuesta si la redacción no establece una excepción clara.

La senadora panista Mayuli Latifa Martínez llevó el reclamo a tribuna con una lona que decía: “Criticar al gobierno es igual a cárcel”.

La senadora Lilly Téllez, por su parte, cuestionó los posibles efectos de la reforma sobre el humor y la sátira política. Durante la sesión incluso intentó incorporar a la discusión un video del creador de contenido Vampipe.

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¿Qué responde Morena?

La mayoría legislativa sostiene que la reforma no busca prohibir memes, parodias ni críticas políticas.

Uno de los principales defensores del cambio, el senador Javier Corral, explicó durante el proceso legislativo que el propósito es combatir casos en los que personas utilizan elementos oficiales para hacerse pasar por instituciones públicas y cometer fraudes.

La modificación del artículo 403 Bis precisamente buscó acotar el supuesto penal para que la utilización de la identidad institucional esté vinculada con el engaño y con la intención de cometer un ilícito, destacó UNOTV.

El argumento de la mayoría es que una página falsa que utiliza logotipos gubernamentales para hacerse pasar por una institución y pedir dinero o información a una persona constituye un problema distinto al de un meme que utiliza un logotipo dentro de una crítica política.

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