Maru Campos acusa a la Suprema Corte de debilitar las reglas electorales de Chihuahua contra la intervención del crimen organizado, luego de que el tribunal invalidara disposiciones que buscaban anular elecciones afectadas por recursos ilícitos o candidaturas respaldadas por grupos criminales
La gobernadora de Chihuahua cuestionó el fallo del máximo tribunal, acusó a Morena de haber impugnado las medidas y aseguró que su administración acatará la resolución, aunque buscará otra vía para evitar la intervención del crimen organizado en los comicios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó parte de la reforma electoral de Chihuahua relacionada con las sanciones previstas para candidaturas o personas beneficiadas por actos de delincuencia durante un proceso electoral.
La resolución fue emitida el 29 de septiembre de 2026, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas 97/2026, 99/2026 y 103/2026, promovidas por legisladores, Morena y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua.
Entre las disposiciones invalidadas se encontraban aquellas que contemplaban la pérdida de registro o cancelación de candidaturas por infracciones relacionadas con actos de delincuencia, así como sanciones para quien resultara beneficiado directamente por violencia, amenazas, coacción, financiamiento, presión, manipulación o influencia indebida que incidieran en una elección.
La Corte consideró que estas medidas no permitían individualizar adecuadamente la responsabilidad, pues el beneficio obtenido por una candidatura a partir de actos realizados por terceros no podía generar por sí mismo una responsabilidad administrativa sin acreditar una conducta personal atribuible a quien sería sancionado.
También se señaló que las sanciones debían respetar el principio de proporcionalidad.
¿Qué dijo Maru Campos sobre el fallo?
Después de conocer la resolución, la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, cuestionó públicamente la decisión de la Suprema Corte.
Según reportó El Universal, Campos afirmó que el tribunal retiró de la reforma electoral estatal disposiciones que, desde su perspectiva, buscaban impedir que el crimen organizado interviniera en los procesos electorales.
La mandataria sostuvo que el Congreso de Chihuahua había modificado la legislación para establecer consecuencias cuando el crimen organizado interviniera en una elección y para impedir que una candidatura beneficiada por ese respaldo conservara el resultado electoral.
Campos también acusó a Morena de haber votado en contra de las medidas en el Congreso estatal y posteriormente haber acudido ante la Suprema Corte para impugnarlas.
Estas afirmaciones corresponden a la postura política de la gobernadora sobre el proceso legislativo y judicial; la existencia de la acción de inconstitucionalidad promovida por Morena sí está registrada en el expediente 99/2026, aunque las impugnaciones acumuladas abarcaron diversos aspectos de la reforma electoral y no únicamente las disposiciones relacionadas con el crimen organizado.
¿Qué buscaba la reforma electoral de Chihuahua?
La reforma aprobada por el Congreso de Chihuahua en junio de 2026 modificó distintas disposiciones de la Constitución estatal, la Ley Electoral y el Código Municipal.
Entre los cambios se incluyeron medidas relacionadas con la intervención de grupos delictivos en los procesos electorales, así como restricciones y sanciones para candidaturas vinculadas con determinadas conductas.
Antes de la resolución de la Corte, Campos había defendido públicamente estas disposiciones y pidió al máximo tribunal mantenerlas vigentes. La gobernadora argumentó que una elección debía poder anularse cuando se acreditara la intervención del crimen organizado.
La acción de inconstitucionalidad presentada por Morena fue acumulada con otros tres asuntos para que el Pleno analizara conjuntamente distintas impugnaciones contra la reforma.
Por ello, la resolución de la Corte no se limitó al tema del crimen organizado.
El Pleno también invalidó disposiciones relacionadas con las facultades de interpretación de los órganos jurisdiccionales, las facultades reglamentarias de la autoridad electoral local y el modelo de acciones afirmativas para personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual.
Además, la Corte determinó que el Congreso de Chihuahua fue omiso en armonizar su legislación con una causal federal de nulidad electoral relacionada con la injerencia extranjera.
¿Por qué la Corte invalidó las sanciones relacionadas con el crimen organizado?
El punto central de la decisión estuvo en la forma en que la reforma establecía las consecuencias electorales.
De acuerdo con la resolución reportada por El Financiero, la Corte consideró que no era constitucional imponer automáticamente una pérdida de registro o cancelación de candidatura únicamente porque una persona hubiera obtenido un beneficio derivado de actos realizados por terceros.
Para aplicar una sanción debe existir una base personal de imputación, es decir, elementos que permitan atribuir la conducta irregular a la persona sancionada.
De lo contrario, una candidatura podría enfrentar una consecuencia electoral por actos que no necesariamente fueron realizados, ordenados o conocidos por quien resultara beneficiado.
La Corte también consideró que un esquema de sanciones fijas podía impedir valorar las circunstancias específicas de cada caso, lo que afectaba el principio de proporcionalidad.
Maru Campos asegura que acatará la resolución
A pesar de sus críticas, Campos afirmó que su administración acatará el fallo de la Suprema Corte.
La gobernadora sostuvo, sin embargo, que aceptar la resolución judicial no significa renunciar a la intención de establecer mecanismos para impedir que grupos criminales intervengan en los procesos electorales de Chihuahua.
“Si nos cerraron el camino, abriremos otro”, expresó Campos al referirse a la posibilidad de buscar una nueva vía para alcanzar ese objetivo.
La postura de la mandataria marca ahora una nueva etapa de la discusión: las disposiciones invalidadas ya no podrán aplicarse en los términos que establecía la reforma, mientras que el gobierno estatal deberá ajustarse a los criterios fijados por el máximo tribunal.
¿Qué sigue para Chihuahua?
La resolución ocurre justo antes del inicio del proceso electoral local 2026-2027, por lo que el Congreso estatal tendrá que considerar los criterios establecidos por la Suprema Corte en cualquier modificación posterior de la legislación.
En particular, las nuevas reglas deberán evitar mecanismos de responsabilidad automática y establecer procedimientos que permitan determinar de manera individual la conducta atribuible a una candidatura o persona involucrada.
El debate político, entretanto, continuará alrededor de la forma en que Chihuahua puede prevenir la intervención de grupos criminales en sus elecciones sin contravenir los principios constitucionales establecidos por la Suprema Corte.
Para Campos, la decisión no cierra esa discusión. La gobernadora aseguró que su administración seguirá buscando una alternativa para proteger los procesos electorales del estado, mientras que la resolución judicial establece los límites constitucionales que deberán observarse en cualquier nueva legislación.
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