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Padre biológico deberá pagar la pensión incluso si el hijo es reconocido por otro, según la nueva iniciativa que busca cerrar vacíos legales y proteger el derecho de niñas y niños en SLP

La propuesta plantea modificar el Código Familiar para garantizar que el padre biológico mantenga la obligación de dar alimentos, incluso si un tercero reconoce legalmente al menor, con base en el interés superior de la niñez.

Padre biológico deberá pagar la pensión incluso si el hijo es reconocido por otro, según la nueva iniciativa que busca cerrar vacíos legales y proteger el derecho de niñas y niños en SLP

SAN LUIS POTOSÍ — Una iniciativa presentada en el Congreso de San Luis Potosí plantea que el padre biológico no pueda evadir su obligación de proporcionar alimentos, incluso si el menor ha sido reconocido legalmente por otra persona, como la pareja de la madre.

La propuesta fue impulsada por la diputada Roxanna Hernández Ramírez, quien busca cerrar vacíos legales que actualmente permiten a algunos padres deslindarse de esta responsabilidad.

De acuerdo con información publicada por El Sol de San Luis, la iniciativa ya fue turnada a la Comisión Segunda de Justicia para su análisis y eventual dictamen.

¿Por qué algunos padres biológicos evitan pagar pensión?

La legisladora explicó que, en la práctica judicial, se han detectado casos en los que el padre biológico argumenta que ya no debe pagar pensión porque el menor fue reconocido por otra persona.

Este reconocimiento puede ocurrir, por ejemplo, cuando una nueva pareja de la madre asume legalmente la paternidad del menor. Sin embargo, esta situación ha sido utilizada como argumento para evadir la responsabilidad económica original.

La iniciativa busca eliminar esa ambigüedad legal y dejar claro que la obligación del padre biológico no desaparece automáticamente.

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En la práctica judicial, se han detectado casos en los que el padre biológico argumenta que ya no debe pagar pensión porque el menor fue reconocido por otra persona.

¿Qué cambios legales contempla la iniciativa?

El proyecto propone modificaciones concretas al Código Familiar del Estado de San Luis Potosí:

  • Adicionar un tercer párrafo al artículo 145
  • Crear el artículo 145 Bis
  • Agregar un tercer párrafo al artículo 164 Bis

Con estos ajustes, se pretende establecer de forma explícita la responsabilidad del padre biológico, evitando interpretaciones que afecten a los menores.

¿Qué dice la Constitución sobre el derecho a recibir alimentos?

El derecho a recibir alimentos no es opcional. Está reconocido como un derecho humano fundamental en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Este principio también está respaldado por:

  • La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
  • La Convención sobre los Derechos del Niño

Todos estos instrumentos establecen que el bienestar de niñas, niños y adolescentes debe estar por encima de cualquier interpretación legal.

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¿Cómo protege esta reforma a niñas, niños y adolescentes?

El objetivo central de la iniciativa es garantizar el interés superior de la niñez, evitando que los menores queden en desprotección económica.

Al dejar claro que el padre biológico sigue obligado a cumplir, incluso si existe otro reconocimiento legal, se busca:

  • Asegurar la estabilidad económica del menor
  • Evitar disputas legales prolongadas
  • Reducir prácticas de evasión de responsabilidades

En palabras de la diputada, se trata de fortalecer la seguridad jurídica de los menores y evitar que queden en un vacío legal.

El derecho a recibir alimentos no es opcional. Está reconocido como un derecho humano fundamental en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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¿En qué etapa se encuentra la iniciativa?

Actualmente, la propuesta ya fue turnada a la Comisión Segunda de Justicia del Congreso estatal, donde será analizada antes de ser votada.

Esto significa que aún no es una ley vigente, pero forma parte de un proceso legislativo que podría modificar de fondo la manera en que se interpreta la obligación alimentaria en estos casos.

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