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ISSSTE permitirá la jubilación desde los 56 años para mujeres y 58 para hombres durante 2026 y 2027, tras el decreto de Claudia Sheinbaum que reduce gradualmente la edad mínima de retiro

La reducción gradual de la edad de jubilación beneficia a trabajadoras y trabajadores del Estado inscritos en el régimen del Décimo Transitorio, siempre que cumplan con los años de cotización requeridos y no hayan elegido el Bono de Pensión del ISSSTE. Para las mujeres, la edad mínima de 53 años entrará en vigor a partir de 2034

ISSSTE permitirá la jubilación desde los 56 años para mujeres y 58 para hombres durante 2026 y 2027, tras el decreto de Claudia Sheinbaum que reduce gradualmente la edad mínima de retiro

En México, algunas personas trabajadoras al servicio del Estado podrán acceder a una pensión por jubilación a partir de los 53 años, como resultado de un decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de junio de 2025.

La medida establece una reducción gradual de la edad mínima de retiro para un grupo específico de afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). No se trata de un beneficio aplicable a todas las personas derechohabientes ni a todas las modalidades de pensión.

Para acceder a este esquema, las trabajadoras deben acreditar al menos 28 años de cotización y los trabajadores, 30 años. Además, deben encontrarse en el supuesto del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE y no haber optado por la acreditación de bonos de pensión del Instituto.

¿A qué edad podrán jubilarse las personas afiliadas al ISSSTE?

La edad mínima depende del año en que se solicite la pensión. De acuerdo con el calendario oficial, los requisitos son los siguientes:

2026 y 202756 años58 años
De 2028 a 203055 años57 años
De 2031 a 203354 años56 años
A partir de 203453 años55 años

Esto significa que, durante 2026 y 2027, las trabajadoras que cumplan los demás requisitos podrán solicitar la pensión por jubilación a partir de los 56 años, mientras que los trabajadores podrán hacerlo desde los 58 años.

La edad mínima continuará disminuyendo en los periodos establecidos hasta llegar a los 53 años para las mujeres y los 55 para los hombres, a partir de 2034.

¿Quiénes pueden acceder a la jubilación anticipada?

El esquema está dirigido exclusivamente a las personas trabajadoras que reúnen las condiciones previstas para la pensión por jubilación del Décimo Transitorio.

Los requisitos principales son:

  • Régimen pensionario: estar bajo el supuesto del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.
  • Antigüedad de cotización: contar con un mínimo de 28 años cotizados para las mujeres y 30 para los hombres.
  • Edad mínima: cumplir la edad correspondiente al año en que se solicite la pensión.
  • Bono de Pensión: no haber optado por la acreditación de los bonos de pensión del ISSSTE.

Cumplir con la edad mínima no garantiza por sí solo el acceso a la pensión. El Instituto debe verificar que la persona solicitante reúna todas las condiciones aplicables.

¿Quiénes no están incluidos en este beneficio?

La reducción de edad no se aplica a todas las modalidades pensionarias del ISSSTE.

Quedan fuera de este esquema las personas que optaron por el Bono de Pensión del Instituto y quienes cotizan bajo el régimen ordinario de Cuentas Individuales. Tampoco se modifican con esta medida los requisitos de las pensiones por edad y tiempo de servicios ni por cesantía en edad avanzada del Décimo Transitorio.

Por ello, antes de iniciar el trámite, es importante identificar el régimen pensionario al que se pertenece y revisar los años de cotización reconocidos.

Foto ilustrativa.

¿Cómo saber si puedes jubilarte con este esquema?

Las personas interesadas pueden consultar directamente con el ISSSTE su régimen pensionario, su antigüedad reconocida y la edad mínima que les corresponde según el calendario vigente.

También pueden solicitar orientación a través de los canales oficiales del Instituto antes de iniciar el trámite.

La reforma permite que un grupo específico de trabajadores del Estado acceda gradualmente a la jubilación a una edad menor. Sin embargo, no establece una jubilación general a los 53 años para todas las personas afiliadas al ISSSTE: el beneficio depende del régimen pensionario, los años cotizados y la edad aplicable en cada periodo.

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