Expertos prevén amparos contra el IMSS por limitar a una UMA el aumento salarial de los trabajadores que ingresen a la Modalidad 40, pese a que aún no existe una reforma a la Ley del Seguro Social
Un abogado especialista en seguridad social advirtió que las nuevas restricciones a la Modalidad 40 podrían provocar una serie de amparos, debido a que el IMSS modificó las condiciones de inscripción mediante un acuerdo administrativo, sin que el Congreso haya reformado la ley.

MÉXICO.— Los cambios a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrían desencadenar una serie de amparos por parte de trabajadores que buscan mejorar su futura pensión, luego de que el Consejo Técnico del organismo estableciera nuevas restricciones al salario con el que pueden incorporarse voluntariamente.
Aunque las medidas comenzaron a aplicarse el 22 de octubre de 2026, todavía no existe una reforma a la Ley del Seguro Social que incorpore las limitaciones. Esta situación abrió un debate jurídico sobre las facultades del IMSS para modificar las condiciones de aseguramiento mediante un acuerdo administrativo.
Alan Duclaud, abogado especialista en seguridad social y socio de la firma Monsalvo Duclaud, advirtió a Agencia Reforma que existen elementos para promover amparos, particularmente por la limitación del salario base de cotización y por la posible contradicción entre el acuerdo del Consejo Técnico y lo establecido en el artículo 218 de la Ley del Seguro Social.
¿Por qué podrían presentar amparos contra los cambios del IMSS a la Modalidad 40?
Uno de los principales argumentos señalados por el especialista es que el IMSS estableció un nuevo límite para incrementar el salario de cotización sin que previamente se modificara la Ley del Seguro Social.
El acuerdo dispone que quienes ingresen a la Modalidad 40 podrán contratar un salario equivalente al último registrado ante el Instituto, con un incremento máximo de una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin que el importe pueda ser inferior al salario mínimo general vigente.
Para 2026, una UMA equivale a 117.31 pesos diarios. Esto significa que un trabajador cuyo último salario de cotización fue de 600 pesos diarios podría incorporarse con un máximo de 717.31 pesos diarios, mientras que anteriormente podía elegir un salario superior, dentro del límite general de 25 UMAs.
Duclaud cuestionó que el Instituto pueda imponer esa restricción a través de un acuerdo de su Consejo Técnico cuando la legislación vigente contempla otras condiciones para la continuación voluntaria.
“En principio, (el acuerdo) es inconstitucional porque está limitando el máximo con el que tú puedes registrarte, la Ley en su Artículo 218 no te limita y, claro, el máximo salario que permite es de 25 UMAs”, señaló.
El abogado explicó que el IMSS, como organismo descentralizado, tiene facultades para aplicar e interpretar las disposiciones que regulan sus funciones, pero no para sustituir al Congreso de la Unión en la creación de nuevas normas legales.
¿Quiénes podrían resultar afectados por las restricciones a la Modalidad 40?
Las nuevas condiciones afectan principalmente a los trabajadores que soliciten incorporarse a la Modalidad 40 después de la entrada en vigor del acuerdo, especialmente a quienes tenían previsto incrementar considerablemente su salario base de cotización para mejorar el cálculo de su futura pensión.
También podrían enfrentar las nuevas restricciones las personas que actualmente se encuentran inscritas, pero que por alguna razón causen baja y posteriormente soliciten su reincorporación.
En cambio, los trabajadores que ya estaban registrados antes de la aplicación de las medidas conservarán las condiciones contratadas durante el periodo correspondiente, por lo que el acuerdo no modifica automáticamente el salario con el que actualmente realizan sus aportaciones.
Esta diferencia resulta importante porque la Modalidad 40 es utilizada por trabajadores que buscan continuar acumulando semanas de cotización y mejorar las condiciones de su pensión, particularmente cuando pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.

Quienes ya estaban inscritos en la Modalidad 40 conservarán las condiciones contratadas; las nuevas incorporaciones deberán ajustarse a los criterios anunciados por el IMSS.
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¿Qué otras medidas del IMSS podrían afectar a quienes buscan una pensión?
- Las nuevas inscripciones a la Modalidad 40 comenzarán desde la fecha de presentación de la solicitud, eliminando la contratación retroactiva de periodos anteriores.
- Las incorporaciones deberán hacerse mediante medios electrónicos que permitan verificar movimientos afiliatorios y mantener trazabilidad de los registros.
- Los trabajadores independientes incorporados voluntariamente al régimen obligatorio vía Modalidad 10 no podrán mantener simultáneamente una contratación de Modalidad 40 bajo los nuevos criterios.
- Estos cambios son medidas temporales aprobadas por el Consejo Técnico para modificar las condiciones de acceso a la continuación voluntaria en el régimen obligatorio.
- El cuestionamiento central del especialista es que las limitaciones se aplican antes de una modificación legislativa, lo que considera impugnable ante los tribunales.

¿Qué pasará con los amparos y cuándo podría reformarse la Ley del Seguro Social?
El acuerdo contempla que el IMSS realice un análisis del impacto financiero de la Modalidad 40 y presente sus resultados en un plazo no mayor a seis meses.
Con esa información, el Instituto podría elaborar una propuesta de modificación a la Ley del Seguro Social que posteriormente tendría que seguir el procedimiento legislativo correspondiente.
Duclaud explicó que el IMSS puede preparar una propuesta, pero que una reforma a la ley debe pasar por el Congreso de la Unión.
“El IMSS puede presentar un proyecto, seguramente lo hará a través de la Presidenta, al Congreso de la Unión y entonces tendrá que venir un proyecto de reforma a la Ley”, afirmó.
El especialista consideró que la afectación económica para los trabajadores podría motivar numerosas impugnaciones judiciales, debido a que las pensiones representan una fuente de ingresos fundamental para muchas familias.
“Seguramente lloverán amparos, porque la afectación es muy grande; en muchos casos es (la pensión) el dinero con el que sobrevive no sólo una persona, sino su familia”, advirtió.
También reconoció que existen razones financieras detrás de las modificaciones, aunque expresó dudas sobre la permanencia del acuerdo debido al impacto que podría tener sobre los trabajadores.

Por ahora, la presentación de amparos no significa que las restricciones hayan sido suspendidas o declaradas inconstitucionales. La posibilidad de dejar sin efecto su aplicación dependerá de las impugnaciones que se presenten y de lo que determinen las autoridades judiciales.
Mientras se define el futuro de las medidas y una eventual reforma legal, los trabajadores que busquen ingresar a la Modalidad 40 deberán considerar las nuevas condiciones y la diferencia entre los derechos de quienes ya estaban inscritos y las reglas aplicables a nuevas contrataciones.
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