La jornada laboral de 40 horas ya es ley en México, pero en 2026 siguen vigentes hasta 48 horas: qué cambia desde 2027 y cómo queda el descanso semanal
La reforma constitucional y la Ley Federal del Trabajo ya fueron modificadas, pero 2026 funciona como periodo de transición: el máximo semanal permanece en 48 horas y la primera reducción será a 46 horas en enero de 2027, sin disminución de salarios ni prestaciones.

CIUDAD DE MÉXICO.-La jornada laboral de 40 horas en México ya dejó de ser una iniciativa pendiente. La reforma constitucional fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2026 y las modificaciones correspondientes a la Ley Federal del Trabajo entraron en vigor el 1 de mayo. Sin embargo, eso no significa que desde este año todas las personas trabajadoras sujetas al nuevo esquema tengan un límite de 40 horas semanales.
Durante 2026 se mantiene un máximo transitorio de 48 horas semanales. El primer recorte obligatorio comenzará el 1 de enero de 2027, cuando la jornada ordinaria máxima bajará a 46 horas, de acuerdo con el calendario incorporado a la propia legislación.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social reiteró el 3 de septiembre que la reducción será de dos horas por año: 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030. Más de 13 millones de personas podrían ser alcanzadas por la disminución de la jornada máxima, según la dependencia.
EL IMPARCIAL ha detallado previamente el calendario oficial para llegar a las 40 horas semanales y los cambios que comenzarán con la jornada máxima de 46 horas en 2027.
¿Cuántos días de descanso garantiza hoy la ley?
La reducción de horas semanales no modificó el piso establecido para el descanso semanal. El artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo dispone que por cada seis días de trabajo deberá otorgarse, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro.
Esto es importante porque una semana máxima de 40 horas no equivale jurídicamente a una regla general que obligue a otorgar dos días de descanso a todas las personas trabajadoras.
La jornada puede distribuirse mediante acuerdo entre la persona empleadora y la trabajadora, siempre que se respeten los límites legales. La propia STPS señala que el nuevo esquema puede permitir modalidades con más días de descanso, pero la garantía mínima escrita en la legislación continúa siendo un día por cada seis trabajados.
Si una persona trabaja en domingo, además, conserva el derecho a una prima dominical de por lo menos 25% adicional sobre el salario correspondiente a un día ordinario.
La primera reducción real será en enero de 2027
El decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo fijó expresamente una transición escalonada:
- 2026: 48 horas semanales.
- 2027: 46 horas.
- 2028: 44 horas.
- 2029: 42 horas.
- 2030: 40 horas.
El periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026 fue establecido para que trabajadores y empleadores ajusten sus procesos a las nuevas reglas. Por ello, durante septiembre de 2026 no existe un nuevo recorte adicional: el límite transitorio continúa siendo de 48 horas.
La ley también es explícita en otro punto: la reducción de la jornada no puede utilizarse para disminuir sueldos, salarios o prestaciones.

Las horas diarias no desaparecen con la reforma
Aunque la reforma introduce un límite semanal que llegará a 40 horas, la Ley Federal del Trabajo mantiene límites según el tipo de jornada: ocho horas para la diurna, siete para la nocturna y siete horas y media para la mixta.
Esto significa que los centros de trabajo tendrán que organizar horarios, turnos y días laborados de manera que se respete tanto el máximo semanal correspondiente a cada año como los límites diarios.
En el caso específico de quienes trabajan de noche, EL IMPARCIAL explicó las particularidades del turno nocturno durante la transición hacia la jornada reducida.
¿Qué pasa con las horas extra?
La reforma también modifica progresivamente el límite de tiempo extraordinario. Durante 2026 y 2027 se mantiene en nueve horas semanales; aumentará a 10 en 2028, 11 en 2029 y 12 en 2030.
Dentro del límite permitido, el trabajo extraordinario se paga con 100% adicional sobre la hora ordinaria. Si se rebasa el máximo establecido para las horas extraordinarias, el exceso permitido por la ley no podrá superar cuatro horas semanales y deberá pagarse con 200% adicional sobre el salario de la hora ordinaria. La suma de la jornada ordinaria y extraordinaria tampoco podrá superar 12 horas en un día.
La reforma prohíbe además el trabajo extraordinario para las personas menores de 18 años.

El registro electrónico comenzará a cobrar importancia en 2027
La reforma añadió una obligación para que las personas empleadoras registren electrónicamente la jornada de cada trabajador, incluidos los horarios de inicio y término.
Las disposiciones generales que definirán el ámbito de aplicación y las excepciones corresponden a la STPS, y el transitorio de la reforma establece que esta obligación comenzará a operar a partir del 1 de enero de 2027.
EL IMPARCIAL también ha explicado las obligaciones de registro de jornada y las posibles sanciones para los empleadores.

¿A quién aplica esta reforma?
La modificación constitucional fue realizada al Apartado A del artículo 123, y la legislación secundaria reformada fue la Ley Federal del Trabajo. Por ello, las reglas descritas corresponden al régimen laboral regulado por esa legislación y no deben trasladarse automáticamente a servidores públicos sujetos al Apartado B o a otros regímenes especiales.
Para las personas trabajadoras comprendidas por la LFT, la conclusión práctica en septiembre de 2026 es clara: las 40 horas ya tienen sustento constitucional y legal, pero todavía no son el máximo semanal aplicable este año.
Las fechas y derechos que conviene tener presentes
- Hoy, en 2026: máximo transitorio de 48 horas semanales.
- 1 de enero de 2027: el máximo baja a 46 horas.
- Descanso semanal: al menos un día con salario íntegro por cada seis días trabajados.
- Salario y prestaciones: no pueden disminuir como consecuencia de la reducción de jornada.
- 2030: entra en operación el límite definitivo de 40 horas semanales.
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