Hacienda obliga a empresas y personas físicas a conservar durante 10 años los expedientes de sus clientes para prevenir y detectar lavado de dinero
Las nuevas disposiciones de la Secretaría de Hacienda también establecen controles para clasificar a los clientes según su nivel de riesgo, identificar al beneficiario controlador y detectar operaciones inusuales.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) modificó las reglas para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Entre los principales cambios está la obligación de implementar procesos para evaluar riesgos, identificar posibles amenazas y establecer medidas para reducir la posibilidad de que determinadas operaciones sean utilizadas con fines ilegales.
Los cambios fueron publicados en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) y buscan reforzar los mecanismos de prevención y detección del lavado de dinero en las llamadas actividades vulnerables.
¿A quiénes aplican las nuevas reglas?
Las modificaciones están dirigidas a empresas y personas físicas que realizan actividades consideradas vulnerables en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Entre las nuevas obligaciones está la integración de expedientes únicos de identificación de clientes y usuarios. La información deberá mantenerse actualizada, ser verificable y conservarse de manera segura durante un periodo mínimo de 10 años.
Esto permitirá que los sujetos obligados cuenten con información suficiente para identificar a las personas con las que realizan operaciones y detectar posibles movimientos que representen un riesgo.
¿Qué cambia con la evaluación de riesgos?
Uno de los principales cambios es la obligación de establecer procesos formales para identificar, analizar y mitigar los riesgos relacionados con las operaciones.
Los clientes deberán clasificarse de acuerdo con su nivel de exposición en categorías de riesgo bajo, medio y alto.
La clasificación permitirá aplicar medidas de control diferentes dependiendo del nivel de riesgo identificado. De esta manera, no todas las operaciones tendrán que recibir el mismo nivel de seguimiento.
En los casos considerados de alto riesgo, las empresas y personas obligadas deberán realizar revisiones más detalladas y obtener mayor información sobre las operaciones.

Mayor atención al origen y destino de los recursos
Para los clientes clasificados como de alto riesgo, las nuevas disposiciones establecen controles más estrictos.
Entre la información que deberá analizarse se encuentra el origen y destino de los recursos, especialmente cuando las operaciones involucren a personas políticamente expuestas o jurisdicciones consideradas de alto riesgo.
La finalidad es contar con mayores elementos para determinar si una operación puede estar relacionada con recursos de procedencia ilícita.
¿Qué es un beneficiario controlador?
Las nuevas reglas también fortalecen los mecanismos para identificar al beneficiario controlador.
Se trata de la persona física que obtiene el beneficio final de una operación o que ejerce el control sobre una empresa, estructura corporativa u otra organización.
La identificación de esta persona busca evitar que estructuras corporativas sean utilizadas para ocultar quién está realmente detrás de una operación o quién obtiene sus beneficios.

Se incorporan mecanismos automatizados para detectar operaciones inusuales
Otro de los cambios contempla la utilización formal de mecanismos automatizados para apoyar la detección de operaciones que puedan representar un riesgo.
Estos sistemas deberán facilitar la identificación de movimientos inusuales, el seguimiento de transacciones y la generación de alertas tempranas.
Las herramientas tendrán que adaptarse al volumen y a la complejidad de las operaciones de cada sujeto obligado. Además, estarán conectadas con el portal en internet de la autoridad para facilitar la presentación de avisos e informes.
El objetivo es que la revisión de las operaciones no dependa únicamente de procesos manuales y que las posibles señales de riesgo puedan identificarse con mayor rapidez.
Las empresas deberán tener un manual de políticas internas
Las modificaciones también establecen la obligación de contar con un manual de políticas internas.
Este documento deberá establecer los procedimientos que se seguirán para identificar clientes, clasificar riesgos, aplicar medidas de debida diligencia, establecer controles internos y capacitar al personal.
El manual también tendrá una función de comprobación, ya que servirá como evidencia para demostrar ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se están cumpliendo las disposiciones.

¿Cuándo entran en vigor los cambios?
Las nuevas reglas contemplan una aplicación gradual para permitir que las empresas y personas obligadas adapten sus procesos.
La entrada en vigor general está prevista para el 30 de noviembre de 2026.
Sin embargo, algunas obligaciones tendrán plazos posteriores. Entre ellas están la implementación de la evaluación formal de riesgos y los mecanismos automatizados, cuya aplicación se extenderá durante 2027 y 2028.
El calendario busca dar tiempo a los sujetos obligados para modificar sus procedimientos, actualizar sus sistemas y establecer los controles necesarios.
¿Qué deberán hacer los sujetos obligados?
Con las nuevas disposiciones, las empresas y personas físicas que realicen actividades vulnerables tendrán que fortalecer sus procesos internos para cumplir con las reglas.
Entre las principales tareas estarán actualizar los expedientes de clientes, clasificarlos según su nivel de riesgo, identificar al beneficiario controlador y establecer mecanismos de seguimiento.
También deberán conservar la información durante al menos 10 años y contar con procedimientos documentados que permitan demostrar cómo identifican y atienden los riesgos.
Los cambios forman parte del fortalecimiento de las medidas de prevención contra el lavado de dinero y buscan que las operaciones consideradas vulnerables tengan mayores controles, seguimiento y capacidad de detección frente a posibles movimientos con recursos de procedencia ilícita.
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