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Una empresa despidió a un trabajador por correr en una montaña mientras se encontraba con baja médica y el Tribunal le ordenó a la compañía readmitirlo o pagarle 41 mil euros, equivalentes a unos 826 mil pesos mexicanos

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia confirmó que la empresa no acreditó que las carreras de montaña afectaran la recuperación del empleado, quien estaba de baja por una lesión en el pulgar.

Una empresa despidió a un trabajador por correr en una montaña mientras se encontraba con baja médica y el Tribunal le ordenó a la compañía readmitirlo o pagarle 41 mil euros, equivalentes a unos 826 mil pesos mexicanos

ESPAÑA.- Un trabajador español fue despedido después de que su empresa descubriera que participó en carreras de montaña mientras estaba de baja médica. Sin embargo, el caso terminó en tribunales y la justicia le dio la razón: la compañía deberá elegir entre readmitirlo o pagarle una indemnización de 41 mil 077 euros, equivalentes aproximadamente a 826 mil 373 pesos mexicanos, según el tipo de cambio vigente al 25 de mayo de 2026.

La información fue publicada por Infobae España, que retomó el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, órgano que rechazó el recurso de la empresa y confirmó la resolución favorable al trabajador. El caso pone sobre la mesa una duda frecuente en temas laborales: estar de baja médica no siempre significa que una persona no pueda realizar ninguna actividad, pero sí debe evitar acciones que perjudiquen su recuperación o contradigan la causa de la incapacidad.

El empleado llevaba más de 20 años trabajando en el almacén de la empresa. Su baja médica comenzó después de sufrir una caída laboral que le provocó la rotura del tendón del pulgar de la mano derecha. Fue operado y entró en un proceso de rehabilitación. Durante ese periodo, la empresa contrató a un detective privado, cuyo informe señaló que el trabajador participó en seis carreras de trail running, asistió al gimnasio, condujo un automóvil y colaboró en una colecta de alimentos.

¿Qué pasó con el trabajador despedido por correr en montaña?

El caso comenzó cuando la empresa sospechó que el trabajador realizaba actividades incompatibles con su baja médica. Para comprobarlo, contrató a un detective privado.

El informe del detective señaló que el empleado participó en seis carreras de trail running, competencias que se realizan en entornos naturales como montañas, senderos o bosques. Las distancias reportadas iban de cinco a 17 kilómetros.

Ilustrativa de archivo (Banco digital GH)

Además, la empresa indicó que el trabajador también fue visto en otras actividades durante su incapacidad temporal:

  • Acudió al gimnasio.
  • Condujo un automóvil.
  • Participó en una colecta de alimentos.
  • Realizó carreras de montaña durante su periodo de baja.

Con esos elementos, la empresa formalizó su despido el 11 de enero de 2024.

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¿Por qué la empresa decidió despedirlo?

La compañía argumentó que esas actividades eran incompatibles con su estado de salud. También sostuvo que podían poner en riesgo su recuperación, especialmente por la posibilidad de que sufriera una nueva caída durante las carreras de montaña.

En la carta de despido, la empresa alegó “falta de buena fe, abuso de confianza y prolongación fraudulenta de su incapacidad temporal”.

El punto central de la acusación era que el trabajador, al realizar ejercicio y participar en competencias, supuestamente estaba actuando en contra del proceso de recuperación que justificaba su baja médica.

¿Qué resolvió el tribunal?

El tribunal de primera instancia concluyó que las actividades realizadas por el trabajador no justificaban el despido. La razón principal fue que la baja médica estaba relacionada con una lesión en el pulgar de la mano derecha, no con una afectación en piernas, rodillas, espalda o alguna condición que le impidiera correr.

 Foto: Pixabay

La sentencia determinó que no se acreditó que participar en carreras de montaña retrasara su recuperación.

Por eso, la empresa fue condenada a elegir entre dos opciones:

  • Readmitir al trabajador en su puesto.
  • Pagarle una indemnización de 41 mil 077 euros, equivalente a unos 826 mil pesos mexicanos.

La empresa apeló la decisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de Murcia rechazó el recurso.

¿Por qué perdió la empresa la apelación?

La empresa sostuvo en la apelación que no se había presentado un video grabado por el detective en el gimnasio. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia consideró que esas imágenes no habrían cambiado el sentido de la sentencia.

El tribunal mantuvo que lo importante no era solo comprobar que el trabajador hizo ejercicio o participó en carreras, sino demostrar que esas actividades afectaban su recuperación médica.

En este caso, esa relación no quedó acreditada.

Dicho de otra forma: la empresa sí documentó actividades del trabajador durante la baja, pero no probó que esas actividades fueran incompatibles con la lesión que originó la incapacidad temporal.

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¿Una persona de baja médica puede hacer deporte?

Depende del caso. La baja médica no impide automáticamente realizar cualquier actividad, pero sí limita aquellas acciones que puedan perjudicar la recuperación, agravar la enfermedad o demostrar que la incapacidad no estaba justificada.

Una actividad puede ser considerada problemática si:

  • Retrasa la recuperación médica.
  • Agrava la lesión o enfermedad.
  • Contradice las indicaciones del médico.
  • Es incompatible con la causa de la baja.
  • Demuestra que la persona sí puede realizar tareas similares a las de su trabajo.
  • Sugiere una prolongación injustificada de la incapacidad temporal.

Por eso, no todas las bajas se analizan igual. No es lo mismo una incapacidad por una lesión en la mano que una baja por una lesión de rodilla, espalda, ansiedad, problemas respiratorios u otra condición que pueda tener restricciones distintas.

En este caso, el tribunal consideró relevante que la lesión estuviera localizada en el pulgar.

¿Qué lección deja este caso según la ley laboral?

Este caso no significa que cualquier trabajador pueda hacer deporte durante una baja médica sin consecuencias. Tampoco significa que una empresa no pueda investigar una posible incompatibilidad.

Lo que deja claro es que, para justificar un despido, la empresa debe probar algo más que la simple realización de actividades durante la incapacidad temporal.

Debe demostrar que esas actividades:

  • Son incompatibles con la lesión o enfermedad.
  • Perjudican la rehabilitación.
  • Contradicen el diagnóstico médico.
  • Evidencian un abuso de la baja laboral.

En el caso del trabajador de Murcia, el tribunal no encontró acreditado ese vínculo. Por eso, confirmó que la empresa deberá readmitirlo o indemnizarlo.

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