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El Imparcial / Tijuana / Tijuana

Aumenta 87% reparto de utilidades

La distribución de esta prestación alcanzó los 6 mil millones de pesos en 2022.

Tijuana BC.- Durante el último año en Baja California aumentó en un 87% el reparto de pago de utilidades, alcanzando cerca de los 6 mil millones de pesos repartidos a trabajadores de la entidad.

Alejandro Arregui Ibarra, secretario del Trabajo y Previsión Social del Estado, detalló que por dicho concepto en el 2021 fueron repartidos aproximadamente 2 mil 500 millones de pesos y para el siguiente año la cifra casi llegó a los 6 mil millones de pesos.

Adjudicó dicho aumento a la estrategia que implementó el Gobierno Federal de erradicar el outsourcing, pero también con la estrategia que implementaron de sensibilizar a las empresas e informar a los trabajadores sobre este derecho que les corresponde por ley.

Esta práctica que simulaba una relación laboral con un patrón, pero que no era directamente el patrón, en la mayoría de los casos no reportaba ganancias en su declaración anual y por eso se evadía en muchos casos en esta prestación”

Manifestó.

Queja de trabajadores

El funcionario informó que estarán al pendiente de cualquier queja de los trabajadores, ya que las empresas tienen hasta el 30 de mayo para realizar el pago y el 30 de junio para los trabajadores de patrones de personas físicas.

Los patrones que no cumplan con esta prestación que marca la ley podrán enfrentar a multas que van desde los 25 mil hasta los 500 mil pesos por empleado.

Recordó que las empresas deben de integrar la Comisión de Reparto de Utilidades, misma en la que deben de participar los trabajadores, el patrón y la secretaría estar presente en la instalación de la misma.

Concepto de utilidades

En dicha comisión se determina el monto a repartir por concepto de utilidades de acuerdo a la declaración anual de la empresa del ejercicio anterior.

La secretaría recibirá quejas de este tema después del 30 de mayo fecha en la que vence la entrega a través del 686 19 31 810, sin embargo, en caso de tener alguna duda pueden comunicarse o presentar alguna queja sobre otro tema.

“No podemos sancionar previo a que haya incurrido en el incumplimiento y posterior a que se hace notar un incumplimiento se tiene hasta un año para que el patrón pueda hacer el pago”, puntualizó.

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