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¿Vas a pagar más predial con la nueva ley catastral? Esto explica la IBERO sobre los cambios y los cobros en México

La investigadora Heidi Smith aclara por qué modernizar el catastro no significa aumentar automáticamente el impuesto a las viviendas.

¿Vas a pagar más predial con la nueva ley catastral? Esto explica la IBERO sobre los cambios y los cobros en México

La entrada en vigor de la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral no significa que todas las personas deban pagar más impuesto predial.

La norma busca modernizar y homologar la información sobre los inmuebles en México, pero no establece por sí misma un aumento generalizado de las cuotas ni una nueva tasa nacional.

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de octubre de 2026. Para explicar sus posibles efectos en los hogares, la Dra. Heidi Smith, profesora-investigadora del Departamento de Economía de la Universidad Iberoamericana (IBERO), señaló en una entrevista que la actualización de los registros catastrales y el incremento de un impuesto son decisiones distintas.

¿Qué es la nueva Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral?

Es una disposición que busca fortalecer y hacer compatibles los sistemas catastrales y registrales del país. En términos prácticos, el catastro es el registro administrativo que concentra información de los inmuebles, como su ubicación, características, titularidad y valor catastral.

Este último dato sirve como referencia para determinar la base sobre la que se calcula el impuesto predial, de acuerdo con las reglas fiscales aplicables en cada municipio.

La nueva ley plantea que la información de los inmuebles se modernice, se actualice de manera continua y pueda gestionarse con criterios comunes en el territorio nacional. También contempla una plataforma catastral para los municipios, con un módulo relacionado con la administración del cobro del predial.

¿En qué consiste la nueva ley catastral y qué busca cambiar?

El objetivo es mejorar la calidad y coordinación de los datos que utilizan las autoridades para identificar y registrar los inmuebles.

De acuerdo con la explicación de Heidi Smith, los cambios se concentran en la información y la gestión catastral, no en fijar una tarifa nacional del predial.

Entre los aspectos que destaca la especialista están:

  • Modernización de los catastros: actualizar los registros de los inmuebles y mejorar la información disponible.
  • Actualización continua: evitar que los datos sobre propiedades y valores permanezcan desfasados durante largos periodos.
  • Reglas comunes: avanzar hacia criterios compatibles para organizar la información catastral y registral.
  • Plataforma catastral: incorporar herramientas para que los municipios gestionen sus registros y procesos relacionados con el predial.

La actualización de esos datos puede permitir que las autoridades detecten diferencias entre el valor registrado de una propiedad y su valor real.

Pero identificar esa diferencia no significa que el impuesto aumente de manera inmediata: para modificar el cobro deben intervenir las autoridades competentes conforme al marco constitucional y las disposiciones locales.

¿La nueva ley catastral hará que suba el predial?

No de manera automática. La Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral no fija una tasa nacional del impuesto predial ni ordena que todas las propiedades sean revaluadas para aumentar el cobro.

El artículo 115, fracción IV, de la Constitución establece que los ayuntamientos proponen a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas de los impuestos, así como las tablas de valores unitarios de suelo y construcción que sirven de base para las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Los congresos estatales tienen la facultad de aprobar las leyes de ingresos municipales.

Por eso, la actualización de un catastro no debe confundirse con una modificación de las cuotas del predial. Son procesos relacionados, pero distintos.

La investigadora Heidi Smith explicó a Prensa IBERO que una mejor base de información podría revelar que algunos inmuebles tienen un valor catastral inferior al que correspondería.

Si posteriormente las autoridades locales actualizan esos valores y realizan los cambios fiscales correspondientes, algunos propietarios podrían enfrentar un pago mayor.

En el caso de la Ciudad de México, la especialista señaló que el gobierno ha manifestado que no pretende aumentar el predial a causa de esta ley.

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¿Por qué México recauda poco por el impuesto predial?

La recaudación del predial en México es baja en comparación con la de otros países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). En la información difundida por IBERO, la especialista refiere que este impuesto representa cerca de 0.18% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional, frente a un promedio de 1.5% en los países de la organización.

Smith explicó que no existe una sola razón para esta diferencia. El cobro requiere que las autoridades conozcan quién es propietario de cada inmueble, cuánto vale y qué procedimientos deben seguir cuando una persona no cumple con sus obligaciones.

Entre los factores que dificultan la recaudación, la investigadora identificó:

  • Catastros desactualizados: los registros pueden no reflejar las características o el valor actual de los inmuebles.
  • Falta de capacidad técnica: no todos los municipios cuentan con personal capacitado y herramientas tecnológicas para mantener sus padrones.
  • Dificultades de cobro: las autoridades necesitan mecanismos para dar seguimiento a los adeudos.
  • Decisiones políticas: algunos gobiernos municipales pueden evitar actualizar los valores catastrales por temor a que la medida afecte su respaldo electoral.

La investigadora también advirtió que la dependencia de los municipios respecto de las transferencias federales no explica por sí sola la baja recaudación.

¿Cómo se puede cobrar el predial de manera justa?

Para Heidi Smith, una política de predial debe considerar tanto el valor patrimonial de una vivienda como la capacidad económica de las personas que la habitan.

La especialista planteó el caso de una familia que compró una casa modesta hace cuatro décadas. Aunque el valor del inmueble pudo aumentar con el desarrollo de la zona, sus habitantes podrían tener ingresos limitados, por ejemplo, una pensión que no creció al mismo ritmo que el precio de la propiedad.

En ese escenario, un incremento basado únicamente en el valor del inmueble podría representar una carga difícil de cubrir.

Por ello, la investigadora propuso medidas para distribuir los ajustes fiscales de manera gradual y considerar las condiciones económicas de cada hogar.

¿Qué medidas propone la investigadora?

Entre las alternativas mencionadas por Smith están:

  • Aplicar los aumentos de forma gradual durante varios años.
  • Establecer apoyos para hogares de bajos ingresos.
  • Proteger la vivienda principal.
  • Permitir que personas mayores o con ingresos limitados aplacen una parte del pago hasta que la propiedad se venda o se herede.
  • Evitar que los descuentos basados exclusivamente en la edad beneficien de manera desproporcionada a personas mayores con inmuebles de alto valor.

La propuesta busca que la actualización catastral no se traduzca necesariamente en una carga inmediata para quienes tienen una propiedad cuyo valor aumentó, pero no cuentan con ingresos suficientes para cubrir un impuesto más alto.

¿Cuándo comenzará a aplicarse la nueva ley catastral?

La ley fue publicada el 23 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor al día siguiente, el 24 de octubre. Sin embargo, su implementación contempla plazos para que las autoridades desarrollen las plataformas, emitan lineamientos y armonicen sus disposiciones locales.

Para saber si habrá una modificación en el cobro de una propiedad, será necesario revisar las tablas de valores, las cuotas y la ley de ingresos aprobadas para el municipio correspondiente.

La conclusión de Heidi Smith es que un catastro actualizado debe permitir conocer mejor el valor de los inmuebles.

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