La Modalidad 40 del IMSS cambia las reglas para mejorar la pensión; Hacienda aclara qué pasará con quienes ya están inscritos y cuánto podrán aumentar su salario de cotización los nuevos solicitantes
Las nuevas disposiciones limitan el salario base para quienes ingresen o vuelvan a contratar la Modalidad 40, eliminan las altas retroactivas y establecen que los trámites se realicen por medios digitales. Las personas que ya están inscritas conservarán sus condiciones hasta que concluya el periodo contratado

Las personas que buscan aumentar su futura pensión mediante la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberán considerar nuevas restricciones para incorporarse a este esquema. Entre ellas están un límite al salario base de cotización, la eliminación de las nuevas altas retroactivas y el uso obligatorio de mecanismos digitales para realizar el trámite.
Según información de López-Dóriga Digital, el funcionario de Hacienda Héctor Santana Suárez, titular de la Unidad de Seguros y Pensiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), explicó que las modificaciones no implican la cancelación de las pensiones que ya se pagan ni un cambio inmediato para quienes se encuentran inscritos en la modalidad. La protección para estos últimos, sin embargo, se mantiene durante el periodo que ya contrataron.
Las medidas fueron aprobadas por el Consejo Técnico del IMSS mediante el acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre de 2026. Su entrada en vigor ocurrió al día siguiente.
¿Qué cambia para quienes quieran ingresar a la Modalidad 40?
La principal modificación está en el salario que podrán registrar las personas que soliciten incorporarse o que busquen contratar nuevamente el esquema después de concluir su periodo vigente.
Con las nuevas disposiciones, el salario base de cotización quedará limitado al último registrado ante el IMSS al momento de causar baja del régimen obligatorio, con la posibilidad de incrementarlo hasta en el equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA). El monto no podrá ser inferior al salario mínimo general vigente aplicable.
En 2026, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos. Por ejemplo, si una persona tenía registrado un salario base de cotización de 500 pesos diarios al dejar su empleo, el límite con el incremento permitido sería de 617.31 pesos diarios, siempre que se cumplan las demás disposiciones aplicables.
Este cálculo corresponde al salario utilizado como base para cotizar, no al importe que la persona deberá pagar diariamente ni al monto de la pensión que recibirá.
Antes de la entrada en vigor del acuerdo, la Modalidad 40 permitía elegir un salario de cotización superior al registrado al dejar el empleo, hasta el límite general de 25 UMA. La nueva restricción cambia esa posibilidad para las incorporaciones comprendidas en las medidas temporales.
Se eliminan las nuevas inscripciones retroactivas
Otro cambio importante es la fecha desde la que comenzará a contar el aseguramiento. A partir de las nuevas reglas, la incorporación a la Modalidad 40 tendrá efectos únicamente desde el día en que se presente la solicitud.
Esto significa que ya no se podrán realizar nuevas altas retroactivas para cubrir periodos anteriores mediante este mecanismo. Quienes dejaron de cotizar hace tiempo y pretendan ingresar deberán tomar en cuenta esta disposición al planear sus aportaciones.
Además, las nuevas inscripciones deberán tramitarse exclusivamente por medios digitales. El acuerdo contempla que los mecanismos utilizados permitan dar seguimiento a los movimientos afiliatorios y verificar la consistencia de los registros.
¿Qué pasa con quienes ya están inscritos?
Las personas que estaban incorporadas a la Modalidad 40 cuando entraron en vigor las medidas conservarán las condiciones de su contratación actual hasta que termine el periodo contratado.
Por ello, el cambio no supone que deban modificar de inmediato el salario con el que ya están cotizando. El acuerdo también contempla el reconocimiento de los salarios y las semanas cotizadas que correspondan a las aportaciones realizadas.
No obstante, esta protección tiene un límite temporal. Si una persona concluye su periodo y desea volver a contratar la modalidad, deberá sujetarse a las reglas aplicables en ese momento, incluidas las restricciones sobre el salario base.
La aclaración es relevante para quienes organizan su retiro con varios años de anticipación, pues las condiciones actuales no garantizan que una futura contratación pueda realizarse con los mismos términos.
¿Para qué sirve la Modalidad 40 del IMSS?
La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, permite a ciertos trabajadores que dejaron de cotizar con un patrón continuar realizando aportaciones al IMSS por cuenta propia, siempre que cumplan los requisitos correspondientes.
El esquema puede ayudar a acumular semanas cotizadas y, según el régimen pensionario y la situación de cada persona, mejorar el cálculo de la pensión. Su efecto es especialmente relevante para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, cuyo cálculo considera, entre otros elementos, el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas y el total de semanas reconocidas.
La incorporación no es automática. Entre los requisitos generales se encuentran haber cotizado al menos 52 semanas durante los cinco años previos a la baja y solicitar el ingreso dentro del plazo previsto por el IMSS. Por eso, antes de iniciar el trámite, conviene verificar la situación individual con el Instituto.
También debe considerarse que la Modalidad 40 no ofrece por sí misma la cobertura médica integral del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
El IMSS revisará el impacto financiero del esquema
Las nuevas restricciones forman parte de una revisión de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio. El acuerdo ordena a las áreas correspondientes del IMSS analizar su efecto financiero en un plazo de seis meses.
Con base en ese estudio, el Instituto deberá preparar una propuesta de modificaciones normativas para evaluar la continuidad y las condiciones del esquema a mediano y largo plazo. Por ahora, la Modalidad 40 sigue vigente, aunque las medidas temporales modifican el acceso para nuevas incorporaciones y contrataciones posteriores.
Los cambios también han generado cuestionamientos de especialistas en seguridad social, quienes sostienen que ciertas restricciones podrían requerir modificaciones legales y no solo un acuerdo administrativo. Estas objeciones son posturas jurídicas y no equivalen, por sí mismas, a una resolución judicial que haya invalidado las nuevas disposiciones.
Para quienes están por pensionarse o consideran incorporarse a la Modalidad 40, lo más importante es revisar su historial de cotización, el salario registrado al causar baja y el régimen al que pertenecen antes de tomar una decisión. Las condiciones pueden variar según cada expediente, por lo que el IMSS es la instancia para confirmar los requisitos y el procedimiento aplicable.
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