¿Qué pasa si mi hijo falta mucho a la escuela? ¿Puede reprobar?
La SCJN rechazó el amparo promovido por el Colegio particular El Roble contra el acuerdo de la SEP publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de septiembre de 2023.

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló en el mes de mayor, las reglas de evaluación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para educación básica, por lo que las escuelas no pueden reprobar automáticamente a un alumno por no alcanzar un mínimo de asistencias o por no acreditar todas sus materias. (SCJN)
La resolución no elimina la posibilidad de reprobar. El esquema permite avanzar de grado con hasta cuatro disciplinas no acreditadas, pero establece procesos de regularización; cuando un estudiante acumula cinco o más materias no aprobadas en los grados donde aplica este criterio, debe repetir el año.
La SCJN rechazó el amparo promovido por el Colegio particular El Roble contra el acuerdo de la SEP publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de septiembre de 2023.
El acuerdo establece un modelo de evaluación para preescolar, primaria y secundaria que busca considerar el desarrollo integral de los estudiantes y evitar que factores como la inasistencia deriven automáticamente en la pérdida del grado.

La resolución fue aprobada el 7 de mayo, a partir del proyecto elaborado por la ministra Lenia Batres Guadarrama. El criterio determinó que el modelo de evaluación es constitucional.
Batres argumentó que la excelencia educativa no puede reducirse únicamente a calificaciones numéricas o porcentajes de asistencia. El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, señaló que las faltas pueden estar relacionadas con circunstancias familiares o sociales que requieren atención y apoyos.
Por ello, las publicaciones que aseguran que “las escuelas públicas y privadas ya no podrán reprobar a sus alumnos” presentan de manera incorrecta el alcance de la resolución.
¿En qué casos un alumno sí puede reprobar?
La eliminación de la reprobación automática no significa que todos los estudiantes tengan que avanzar de grado sin importar sus resultados. Las reglas cambian según el nivel educativo y el grado.
- Preescolar: no se utilizan calificaciones numéricas. La evaluación contempla observaciones y sugerencias, y el alumno avanza de grado por haber cursado el ciclo escolar.
- Primer grado de primaria: También se acredita por haber cursado el grado, por lo que no existe la posibilidad de repetirlo por calificaciones.
- Segundo a sexto de primaria: Se requiere un promedio final mínimo de 6 en los campos formativos para acreditar el grado. Con hasta cuatro disciplinas no acreditadas, el estudiante puede avanzar y debe regularizarse. Con cinco o más, debe repetir el grado.
- Secundaria: Las calificaciones van de 5 a 10, con 6 como mínimo aprobatorio. El estudiante puede avanzar con hasta cuatro materias no acreditadas, pero debe realizar la regularización correspondiente. Con cinco o más, repite el grado.
¿Ya no existe el requisito de 80% de asistencia?
No existe una regla que permita reprobar automáticamente a un estudiante por no alcanzar un porcentaje mínimo de asistencia. El cambio elimina el criterio que vinculaba de manera automática la acreditación con el cumplimiento de 80% de asistencia.
Esto no significa que la asistencia deje de ser relevante. Las escuelas deben dar seguimiento a los alumnos, identificar las causas de las ausencias y ofrecer apoyos y oportunidades de regularización cuando corresponda.
Entre las medidas que pueden utilizarse se encuentran:
- Exámenes extraordinarios.
- Cursos de recuperación.
- Asesorías.
- Proyectos o actividades académicas.
- Actividades de regularización durante el siguiente ciclo escolar.
¿A qué escuelas aplica la resolución de la SCJN?
El criterio alcanza a las escuelas públicas y particulares incorporadas a la SEP dentro de los niveles de educación básica contemplados por el acuerdo.
El punto central es que la sentencia de la SCJN no creó un nuevo sistema de evaluación. Lo que hizo fue resolver la impugnación presentada contra el modelo que la SEP ya había establecido en 2023 y determinar que las disposiciones cuestionadas son constitucionales.
Por ello, las reglas sobre acreditación, regularización y promoción deben entenderse dentro del acuerdo publicado en el DOF y no como una prohibición general para reprobar estudiantes. DOF
¿Qué deben hacer las escuelas cuando un alumno no acredita materias?
Las instituciones deben aplicar los mecanismos de evaluación y regularización previstos para cada grado. La finalidad es que una calificación o una ausencia no produzca por sí misma la pérdida automática del año cuando todavía existen mecanismos para que el estudiante pueda recuperar los aprendizajes pendientes.
El criterio también mantiene la posibilidad de repetir el grado en los casos establecidos por las reglas de evaluación, particularmente cuando se acumulan cinco o más disciplinas no acreditadas en primaria de segundo a sexto grado y secundaria.
El acuerdo de la SEP publicado en el DOF el 27 de septiembre de 2023 es el documento de referencia para conocer las disposiciones aplicables. La resolución de la SCJN confirma su constitucionalidad, pero no establece que todos los alumnos deban aprobar sin importar sus resultados académicos.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí






Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados