Doble nacionalidad: quiénes tendrían que renunciar a otra ciudadanía para buscar la Presidencia o una gubernatura en 2030
El Senado aprobó la reforma que exige nacionalidad mexicana única para la Presidencia, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de CDMX; todavía debe concluir el proceso constitucional antes de entrar en vigor.

MÉXICO.- La discusión sobre la doble nacionalidad tomó un nuevo rumbo rumbo a las elecciones de 2030, luego de que el Senado aprobara una reforma constitucional que establece la nacionalidad mexicana única como requisito para aspirar a la Presidencia de México, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. La información sobre los posibles aspirantes y los votos de legisladores binacionales fue publicada por Infobae, mientras que el contenido y avance de la reforma pueden consultarse en el Sistema de Información Legislativa y en los registros del Congreso.
El proyecto ya pasó por la Cámara de Diputados y el Senado. Sin embargo, todavía no es una disposición constitucional vigente, pues debe completar el procedimiento previsto para las reformas a la Constitución. Entre otros pasos, necesita la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados y posteriormente su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La propuesta modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución y plantea que quien tenga otra nacionalidad deberá renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidato a alguno de esos tres cargos.
¿Qué aprobó el Senado sobre la doble nacionalidad?
El Senado aprobó el 29 de septiembre la reforma con 86 votos a favor y 42 en contra. La medida había sido aprobada previamente por la Cámara de Diputados, que el 22 de septiembre avaló el dictamen con 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención en lo general.
El proyecto establece que para ser presidente o presidenta de México, gobernador o gobernadora, o jefe o jefa de Gobierno de la Ciudad de México se deberá:
- Ser mexicano por nacimiento.
- No tener otra nacionalidad.
- En caso de contar con otra nacionalidad, renunciar a ella antes de solicitar el registro como candidatura.
- No adquirir otra nacionalidad durante el ejercicio del cargo.
- No invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana.
- No utilizar pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado en los términos establecidos por la reforma.
- No ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía ni acogerse a la protección diplomática de otro país.
La reforma está dirigida específicamente a la titularidad del Poder Ejecutivo federal y de los poderes ejecutivos locales. Esto significa que no establece, por sí misma, una prohibición general para todas las personas mexicanas con doble nacionalidad que ocupen cualquier cargo público.
¿Cuándo comenzaría a aplicarse?
El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados establece que las nuevas reglas serán aplicables a partir del proceso electoral de 2028. También señala que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez concluido el procedimiento constitucional.
Por ello, si la reforma termina su proceso legislativo y se publica conforme a lo previsto, tendría efectos para los procesos electorales que se desarrollen a partir de 2028 y, de manera relevante, para la elección presidencial de 2030.
¿La reforma ya es ley?
Todavía no. Al tratarse de una reforma constitucional, la aprobación del Senado no es el último paso. El proyecto debe ser enviado a las legislaturas estatales y conseguir la aprobación de la mayoría de ellas.
El artículo 135 constitucional establece que las reformas a la Constitución requieren, además de la aprobación del Congreso de la Unión, el voto favorable de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
La Ciudad de México ya aprobó la minuta el 29 de septiembre, con 44 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención.
Por lo tanto, al 30 de septiembre de 2026, el proceso continúa.
¿A quiénes podría afectar rumbo a 2030?
La reforma podría tener consecuencias para cualquier persona que pretenda competir por la Presidencia de México y que, al momento de solicitar su registro, mantenga otra nacionalidad.
Lo mismo ocurriría con quienes busquen una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
Esto es importante porque tener vínculos con otro país no significa necesariamente tener otra nacionalidad. Haber vivido en Estados Unidos, contar con una visa, tener residencia migratoria o haber sido beneficiario de un programa migratorio no equivale por sí mismo a ser ciudadano estadounidense.
El propio debate legislativo ha mostrado esa diferencia.
¿Qué pasó con los legisladores con doble nacionalidad?
Durante la discusión también se puso atención en legisladores cuya situación de nacionalidad ha sido cuestionada o reconocida públicamente.
Infobae señaló los casos de los senadores Javier Corral y Ricardo Sheffield, ambos de Morena. En el caso de Corral, el medio citó el expediente SUP-RAP-110/2024 del Tribunal Electoral, en el que se acreditó que nació en El Paso, Texas, mientras que Sheffield declaró en tribuna que nació en California, aunque negó tener la nacionalidad estadounidense.
También se mencionó a las senadoras Cecilia Guadiana y Karina Ruiz, así como al senador Virgilio Mendoza, quienes solicitaron licencia para que sus suplentes participaran en la votación.
En el caso de Karina Ruiz, Infobae precisó que haber sido beneficiaria de DACA no equivale a tener ciudadanía estadounidense. Sobre otros legisladores mencionados, el propio medio señaló que no encontró un pronunciamiento público que confirmara su nacionalidad estadounidense actual.
Por eso, no sería correcto presentar a todas estas personas como ciudadanos de otro país sin documentación o declaraciones que lo acrediten.
¿Qué pasa con Marcelo Ebrard?
El nombre de Marcelo Ebrard apareció en el debate debido a versiones sobre una posible nacionalidad francesa.
Sin embargo, este punto requiere una precisión importante: no existe, hasta ahora, una confirmación oficial de que Ebrard tenga nacionalidad francesa.
Infobae señala que esa posibilidad ha sido mencionada en columnas de opinión y por otros legisladores, pero también reconoce que no existe confirmación oficial ni una postura pública del propio Ebrard sobre el tema.
Por ello, su caso no puede presentarse como un hecho comprobado ni como una situación que actualmente lo obligaría a renunciar a otra nacionalidad.

¿Y Ricardo Salinas Pliego?
Otro nombre relacionado con el debate es el empresario Ricardo Salinas Pliego.
De acuerdo con Infobae, el 27 de agosto realizó una publicación que fue interpretada como una referencia a una posible doble nacionalidad. Sin embargo, el 28 de septiembre negó tenerla.
En consecuencia, tampoco sería correcto afirmar que actualmente posee otra nacionalidad únicamente con base en la publicación anterior.
La eventual aplicación de la reforma dependería de que una persona efectivamente tenga otra nacionalidad y pretenda registrarse como candidata a alguno de los cargos contemplados.
¿Qué ocurre con Francisco García Cabeza de Vaca?
El exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, también fue incluido entre los nombres relacionados con el debate.
Infobae refiere que nació en McAllen, Texas, y que en agosto de 2026 el diputado Sergio Gutiérrez Luna afirmó que había renunciado a la nacionalidad estadounidense en 2021.
Este dato debe atribuirse a quien lo declaró y no confundirse con una certificación oficial de la situación actual de nacionalidad del exgobernador.

¿Qué ocurre con Jaime Bonilla y Ernesto Ruffo?
Los exgobernadores de Baja California Jaime Bonilla y Ernesto Ruffo también aparecen mencionados en el debate público por su posible relación con la doble nacionalidad.
Sin embargo, la existencia de una referencia periodística o política no basta para establecer como hecho que una persona conserva actualmente otra nacionalidad.
En estos casos, la situación tendría que acreditarse mediante documentación oficial o una declaración verificable del propio involucrado.
¿La doble nacionalidad se pierde automáticamente?
No. Este punto es fundamental para entender la discusión.
México reconoce que una persona mexicana por nacimiento puede adquirir otra nacionalidad sin perder por ello la nacionalidad mexicana. La legislación mexicana contempla reglas específicas para quienes poseen más de una nacionalidad.
El artículo 37 constitucional establece que ningún mexicano por nacimiento puede ser privado de su nacionalidad. La reforma de 1997 eliminó la pérdida automática de la nacionalidad mexicana por nacimiento cuando una persona adquiere otra nacionalidad.
Por eso, la reforma que ahora discuten los legisladores no significa que México vaya a prohibir la doble nacionalidad para toda la población.
Lo que plantea es establecer una condición específica para determinados cargos de elección popular.
¿Qué diferencia hay entre tener doble nacionalidad y poder competir por un cargo?
Son situaciones distintas.
Una persona puede tener nacionalidad mexicana y otra nacionalidad extranjera y conservar ambas conforme a las reglas aplicables. Pero determinados cargos públicos tienen requisitos adicionales establecidos por la Constitución.
El artículo 32 constitucional ya contempla restricciones para ciertos cargos que requieren ser mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad. El nuevo proyecto busca establecer de manera expresa esa condición para la Presidencia, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de CDMX.
Por ello, la discusión no consiste en quitar de manera general la doble nacionalidad, sino en determinar si una persona que conserva otra nacionalidad puede competir por esos cargos.
¿Por qué se impulsó la reforma?
El Gobierno federal y Morena han defendido la medida como una forma de establecer una relación jurídica exclusiva con México para quienes ocupen las principales titularidades del Poder Ejecutivo.
Morena ha señalado que el objetivo es fortalecer la soberanía y establecer una condición de nacionalidad única para esos cargos.
Los partidos de oposición han cuestionado la medida y han argumentado que puede afectar a mexicanos que emigraron y posteriormente adquirieron otra nacionalidad.
El PAN, por ejemplo, anunció que votaría contra la reforma y sostuvo que la medida afectaría derechos políticos de mexicanos con doble nacionalidad. Esas declaraciones corresponden a la posición de ese partido y forman parte del debate legislativo.
¿La reforma también afecta a senadores, diputados y alcaldes?
La reforma aprobada sobre los artículos 82, 116 y 122 no establece esa prohibición general.
El dictamen se concentra en tres cargos:
- Presidencia de la República.
- Gubernaturas de los estados.
- Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
Durante el debate sí se han presentado y mencionado otras propuestas relacionadas con legisladores y cargos municipales, pero no deben confundirse con la reforma de nacionalidad única aprobada por ambas cámaras para los cargos ejecutivos.
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