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UIF bloquea cuentas de Ricardo “Pity” Velarde, exfuncionario de Rocha Moya, su socio Jorge Lizárraga y varias empresas ligadas a negocios en Sinaloa; los afectados ya impugnan la medida mediante amparos

Ricardo “El Pity” Velarde Cárdenas, quien formó parte del gabinete de Rubén Rocha Moya, promovió un amparo contra su inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas; su socio Jorge Armando Lizárraga y varias empresas relacionadas también iniciaron litigios.

UIF bloquea cuentas de Ricardo “Pity” Velarde, exfuncionario de Rocha Moya, su socio Jorge Lizárraga y varias empresas ligadas a negocios en Sinaloa; los afectados ya impugnan la medida mediante amparos

SINALOA.- La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloqueó las cuentas bancarias de Ricardo Velarde Cárdenas, exsecretario de Economía de Sinaloa durante el gobierno de Rubén Rocha Moya, así como las de su socio empresarial Jorge Armando Lizárraga Angulo y varias compañías vinculadas con ambos, de acuerdo con información de Agencia Reforma. Velarde ya impugnó la medida mediante un juicio de amparo, por lo que el bloqueo no representa por sí mismo una sentencia ni acredita la comisión de un delito: se trata de una medida administrativa que ahora será revisada en tribunales.

El caso cobra relevancia porque alcanza a un exintegrante del gabinete estatal y a empresas relacionadas con actividades restauranteras, inmobiliarias y turísticas en Sinaloa. Por ahora, la información disponible permite confirmar la existencia de litigios contra la UIF, pero no se ha informado públicamente cuál es la investigación específica que originó el bloqueo ni se ha dado a conocer una resolución definitiva sobre el fondo de los amparos.

¿Quién es Ricardo “El Pity” Velarde y qué cargos tuvo en Sinaloa?

Ricardo Velarde Cárdenas, conocido como “El Pity”, ha desarrollado actividades empresariales principalmente en los sectores restaurantero y turístico de Mazatlán.

Ricardo “Pity” Velarde Cárdenas fue designado en marzo de 2024 como encargado del Despacho de la Secretaría de Turismo de Sinaloa; posteriormente encabezó la Secretaría de Economía estatal. Foto: Gobierno del Estado de Sinaloa.

También ocupó distintos puestos dentro de la administración estatal encabezada por Rubén Rocha Moya.

Fue subsecretario de Turismo de Sinaloa y posteriormente estuvo como encargado del despacho de esa dependencia. Más tarde asumió la Secretaría de Economía del estado.

Velarde encabezó esa secretaría de noviembre de 2024 a octubre de 2025, cuando presentó su renuncia después de la desaparición de un joven originario de Durango en un bar de Mazatlán del que ha sido señalado como copropietario.

Por esa razón, aunque formó parte del gobierno de Rocha Moya, actualmente debe ser identificado como exsecretario de Economía de Sinaloa.

¿Qué hizo la UIF con las cuentas de Ricardo Velarde?

Según Agencia Reforma, la UIF incluyó a Velarde en su Lista de Personas Bloqueadas, mecanismo que permite impedir temporalmente la realización de operaciones a través del sistema financiero.

El exfuncionario respondió por la vía judicial.

El 25 de agosto de 2026 promovió un juicio de amparo para impugnar su incorporación a esa lista.

Este 7 de septiembre, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México determinó que no tenía competencia territorial para continuar con el asunto y ordenó remitirlo a juzgados federales de Sinaloa, de acuerdo con la información de Reforma, reproducida también por otros medios.

Esto significa que el amparo no fue rechazado por el fondo del asunto. El cambio se relaciona con qué juzgado debe analizarlo.

¿También bloquearon cuentas de Jorge Armando Lizárraga?

Sí. La medida también alcanzó al empresario inmobiliario Jorge Armando Lizárraga Angulo, identificado en publicaciones periodísticas como socio de Velarde en distintas sociedades mercantiles de Sinaloa.

Lizárraga presentó igualmente un amparo el 25 de agosto para combatir su inclusión en la lista de la UIF. En su demanda cuestionó el acuerdo 326/2026, señalado como el acto mediante el cual fue incorporado al listado.

El 4 de septiembre, según Reforma, la jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa pidió al empresario realizar aclaraciones a su demanda antes de decidir si procede su admisión.

 Foto: Pixabay

Existen además antecedentes judiciales de otros litigios promovidos durante 2026 por Lizárraga contra la UIF. Registros públicos consultables documentan, por ejemplo, el expediente 709/2026, tramitado ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México.

¿Qué empresas están impugnando los bloqueos de la UIF?

La información de Agencia Reforma señala que varias sociedades relacionadas con Velarde y Lizárraga también recurrieron a tribunales federales.

Entre las compañías mencionadas se encuentran:

  • Grupo Priben
  • Impulsora de Proyectos Veliz
  • Operadora La Movida Sí Me Gusta
  • El Muchacho Alegre en el Pacífico Norte
  • Operadora de Bares Veliz (OPV)

Las sociedades fueron creadas antes de que Velarde asumiera cargos en el Ayuntamiento de Mazatlán y posteriormente en el Gobierno de Sinaloa.

La relación empresarial entre Velarde y Lizárraga tampoco es reciente. Registros societarios citados en investigaciones periodísticas ubican desde años atrás su participación conjunta en negocios de restaurantes y bares en Mazatlán.

¿Qué relación tienen las empresas con negocios de Mazatlán?

Una de las sociedades mencionadas es Impulsora de Proyectos Veliz, vinculada con desarrollos inmobiliarios.

De acuerdo con Reforma, la empresa es propietaria del proyecto Akoya Sky Living, localizado en el malecón de Mazatlán.

El proyecto contempla una torre de 30 niveles, distribuidos de esta manera:

  • 13 niveles destinados a un hotel de 135 habitaciones.
  • 17 niveles destinados a 75 departamentos.

Otra de las sociedades es Operadora de Bares Veliz (OPV), razón social relacionada con El Muchacho Alegre, restaurante de Mazatlán.

Ese establecimiento fue atacado en abril de 2026 con un artefacto incendiario.

¿Un juez ordenó desbloquear las cuentas de Operadora de Bares Veliz?

No.

Por el contrario, este 7 de septiembre el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa negó a Operadora de Bares Veliz la suspensión provisional que buscaba frenar los efectos del bloqueo, según la resolución reportada por Agencia Reforma.

El juzgado consideró que levantar provisionalmente la medida podía entrar en conflicto con las disposiciones actuales de la Ley de Amparo relacionadas con la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La resolución explica que no era procedente conceder la suspensión debido a las funciones que tiene la UIF para investigar operaciones que puedan afectar al sistema financiero.

La decisión es consistente con el criterio adoptado recientemente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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¿Por qué ahora es más difícil conseguir que un juez desbloquee cuentas de la UIF?

El contexto jurídico cambió.

El 12 de agosto de 2026, la Suprema Corte reiteró que la UIF puede bloquear cuentas cuando la medida derive de investigaciones nacionales y existan indicios razonables y suficientes sobre posibles operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El máximo tribunal también determinó que los jueces no deben conceder suspensiones que permitan levantar totalmente esos bloqueos cuando hacerlo pueda facilitar operaciones ilícitas o afectar al sistema financiero.

La Corte explicó que esta clase de bloqueo es una medida cautelar administrativa y preventiva, no una sanción penal definitiva.

El criterio se relaciona además con una reforma a la Ley de Amparo publicada el 16 de octubre de 2025, que modificó las condiciones bajo las cuales pueden suspenderse las medidas ordenadas por la UIF.

Esto tiene una consecuencia directa para casos como el de Velarde y las compañías que litigaron: presentar un amparo permite cuestionar la legalidad, fundamentación y motivación del bloqueo, pero no implica que las cuentas tengan que ser liberadas mientras se resuelve el juicio.

¿El bloqueo significa que Ricardo Velarde cometió un delito?

No necesariamente.

La inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas no equivale a una sentencia penal ni demuestra por sí misma responsabilidad en un delito.

La propia Suprema Corte ha explicado que el bloqueo tiene naturaleza preventiva. Su finalidad es evitar que determinados recursos continúen circulando por el sistema financiero mientras se revisan operaciones que la autoridad considera relevantes.

Los nuevos ministros de la SCJN 2025 en sesión. | Crédito: X @SCJN

La legalidad de la medida también puede ser impugnada.

Durante ese proceso, los tribunales pueden revisar, entre otros aspectos, si la UIF:

  • fundamentó correctamente su decisión;
  • explicó las razones del bloqueo;
  • contó con indicios suficientes;
  • y respetó los mecanismos legales mediante los cuales la persona afectada puede defenderse.

Por ello, no debe interpretarse el bloqueo como una declaración judicial de culpabilidad.

¿Qué sigue en los amparos contra la UIF?

El caso de Ricardo Velarde deberá continuar ante los tribunales federales de Sinaloa, después de que el juzgado administrativo de la Ciudad de México se declarara incompetente.

Jorge Armando Lizárraga tendrá que atender las aclaraciones solicitadas por el juzgado que recibió su demanda antes de que se determine si ésta continúa su trámite.

Las empresas relacionadas mantienen, por su parte, procedimientos separados.

En el caso de El Muchacho Alegre del Pacífico Norte, Reforma informó que el expediente fue enviado a Tijuana, debido a que ahí se encuentra el establecimiento relacionado con el juicio.

El punto central de estos procesos será determinar si los bloqueos ordenados por la UIF estuvieron debidamente fundamentados y motivados. Mientras los tribunales no resuelvan el fondo y no exista información oficial adicional sobre la investigación que originó las medidas, no es posible establecer responsabilidad penal de Velarde, Lizárraga o las compañías involucradas únicamente a partir del congelamiento de sus cuentas.

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