Banorte rechaza la multa de 19.9 millones de pesos impuesta por la CNA por una supuesta alianza con Rappi sin autorización y anuncia que analiza impugnar la sanción por considerar que cumplió con la ley de competencia económica
El banco afirmó que todos los movimientos fueron notificados a las autoridades de competencia y que la sanción no representa un impacto financiero relevante, pero señaló que evalúa recurrir a instancias legales para defender la legalidad de la operación.

El grupo financiero Banorte rechazó la sanción de 19.9 millones de pesos impuesta por la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA), tras ser acusado de haber realizado una concentración con la empresa Rappi sin la autorización correspondiente.
La institución financiera afirmó que cumplió con la Ley Federal de Competencia Económica y adelantó que evalúa sus medios de defensa legales para impugnar la resolución.
¿Por qué sancionó la CNA a Banorte?
De acuerdo con la autoridad de competencia, el caso está relacionado con una operación realizada el 20 de julio del año pasado, en la que se habría concretado una concentración empresarial sin la autorización final de la comisión.
La CNA explicó que dicha operación implicó que Banorte adquiriera de forma indirecta el negocio de tarjetas de crédito de Rappi, lo que requería aprobación regulatoria previa.
La postura de Banorte: desacuerdo y revisión legal
En un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores, Banorte señaló que está en desacuerdo con la sanción y que todos los movimientos relacionados con la operación fueron notificados a las autoridades competentes en materia de competencia económica.

El banco sostuvo:
Banorte informa que cumplió con lo establecido en la Ley Federal de Competencia Económica; por lo tanto, está en desacuerdo con la sanción y analiza con sus asesores los términos y argumentos de la misma”.
El impacto de la sanción y la vía de defensa
La institución financiera aclaró que el monto impuesto no representa un impacto material ni financiero relevante, aunque subrayó que revisará los mecanismos legales disponibles para impugnarla.
Además, recordó que, conforme al artículo 28 de la Constitución, la sanción no puede ejecutarse hasta que concluya el procedimiento legal correspondiente, el cual puede extenderse entre 18 y 24 meses si se presenta un amparo.
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Compromiso corporativo y siguiente paso
Banorte reiteró su compromiso con las mejores prácticas de gobierno corporativo y transparencia, mientras analiza junto con sus asesores jurídicos la estrategia para defender la legalidad de la operación.
Por ahora, el caso queda abierto en la vía administrativa y judicial, en espera de que la institución financiera decida si impugnará formalmente la sanción ante las autoridades correspondientes.
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