El Imparcial / Dinero / Banorte

Banorte y Rappi reciben multa de casi 20 millones de pesos por concretar fusión sin autorización de la autoridad antimonopolio

La Comisión Nacional Antimonopolio sancionó a ambas empresas por una operación realizada en 2020 relacionada con el negocio de tarjetas de crédito; el caso vuelve a poner bajo revisión las reglas de competencia económica en México

Banorte y Rappi reciben multa de casi 20 millones de pesos por concretar fusión sin autorización de la autoridad antimonopolio

MÉXICO.- La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) impuso una multa de 19.9 millones de pesos a Banorte y Rappi por haber concretado una operación de concentración en 2020 sin autorización previa de la autoridad reguladora.

La sanción revive uno de los movimientos más relevantes entre la banca tradicional y las plataformas digitales en México: La alianza para emitir tarjetas de crédito y servicios financieros digitales.

La CNA concluyó que ambas compañías realizaron una operación mediante la cual Banorte obtuvo capacidad de intervención en decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi antes de recibir el visto bueno oficial de la autoridad de competencia.

El organismo explicó que este tipo de procesos deben notificarse obligatoriamente para evitar riesgos a la competencia, posibles afectaciones a consumidores y concentraciones excesivas de mercado.

¿Qué hizo exactamente Banorte con Rappi?

La autoridad señaló que el 20 de julio de 2020 las empresas llevaron a cabo una operación que permitió a Banorte participar en decisiones estratégicas del negocio financiero de Rappi, indica una publicación de Expansión.

Ese mismo año, Banorte había anunciado públicamente un acuerdo con Rappi para crear “Tarjetas del Futuro”, una sociedad enfocada en emitir tarjetas de crédito y ofrecer servicios digitales de movilidad, pagos y comercio electrónico.

En aquel momento, el banco informó que el proyecto buscaba acercarse a usuarios jóvenes y consumidores habituados a plataformas digitales. También adelantó una inversión cercana a 4,000 millones de pesos durante un periodo de 18 meses.

Posteriormente, en 2025, Banorte reveló su intención de adquirir el resto de la participación que aún no controlaba dentro de la empresa conjunta. La propuesta incluía el pago de 50 millones de dólares por el 44.28% restante y un acuerdo de exclusividad por 15 años.

De acuerdo con la Comisión Nacional Antimonopolio, este tipo de operaciones deben ser anunciadas y autorizadas. | Foto: Freepik

¿Por qué la CNA consideró ilegal la operación?

La CNA explicó que el problema no fue la alianza en sí, sino que la operación se habría concretado sin pasar primero por el análisis regulatorio correspondiente.

Según el organismo, el control previo de concentraciones es una herramienta esencial para prevenir prácticas que puedan afectar precios, calidad de servicios u opciones disponibles para consumidores y empresas.

La Comisión enfatizó que: “No es un trámite opcional ni una formalidad menor”.

También advirtió que cuando las empresas omiten la notificación obligatoria, se generan riesgos para el mercado y para la protección de los consumidores.

¿Qué puede pasar ahora con Banorte y Rappi?

Tanto Banorte como Rappi todavía pueden impugnar la resolución ante tribunales especializados en competencia económica.

Hasta el momento, Rappi confirmó que ya conoce la decisión de la autoridad y aseguró que colaborará conforme al marco legal mexicano.

Un vocero de la empresa declaró: “En Rappi respetamos a las autoridades y al marco legal aplicable en México”.

Por su parte, Banorte no había emitido una postura pública al cierre de la publicación original de Expansión.

¿La multa afecta a clientes o usuarios de tarjetas?

Por ahora, la sanción no implica cambios inmediatos para clientes de Banorte ni para usuarios de tarjetas vinculadas con Rappi.

La multa está relacionada con el cumplimiento regulatorio de la operación corporativa y no con fallas en servicios financieros o cargos a consumidores.

Sin embargo, el caso sí vuelve relevante un tema que suele pasar desapercibido: Las reglas de competencia económica en sectores digitales y financieros. Especialistas consideran que las alianzas entre bancos y plataformas tecnológicas seguirán bajo observación regulatoria debido al crecimiento acelerado de servicios financieros digitales en México.

¿Qué es una concentración o fusión no autorizada?

En términos simples, ocurre cuando dos empresas realizan una operación que modifica control, participación o toma de decisiones dentro de un negocio sin esperar la autorización requerida por la autoridad de competencia.

La legislación mexicana obliga a notificar ciertos acuerdos cuando superan montos específicos o pueden alterar condiciones del mercado.

La intención es evitar que una empresa concentre demasiado poder económico o reduzca las opciones para consumidores.

El caso refleja mayor vigilancia sobre fintech y banca digital

La sanción llega en un momento en que las autoridades mexicanas mantienen mayor supervisión sobre alianzas entre bancos, fintech y plataformas tecnológicas.

En años recientes, el mercado financiero digital ha crecido rápidamente con productos de crédito, pagos y banca móvil impulsados por aplicaciones de entrega, comercio electrónico y servicios digitales.

La investigación de la CNA deja claro que incluso las empresas más grandes deben cumplir con procesos regulatorios antes de concretar operaciones estratégicas.

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Temas relacionados