Ismael Zambada: Nuevos VIDEOS de la avioneta en la que Joaquín Guzmán López habría secuestrado a “El Mayo” salen a la luz, revelando más detalles
De acuerdo con “El Mayo” Zambada, su captura se dio tras una emboscada organizada por “El Chapito”, donde fue sometido y trasladado a la pista de aterrizaje. Las nuevas imágenes dejan ver más detalles del momento del despegue.
MÉXICO.- La Fiscalía General de la República (FGR) difundió un video que revela el momento exacto en que un avión despegó de Sinaloa, transportando a Ismael “El Mayo” Zambada y a Joaquín Guzmán López, hijo de Joaquín “El Chapo” Guzmán, hacia Estados Unidos.
Fue el 25 de julio de este año cuando ambos líderes del Cártel de Sinaloa fueron capturados en Texas por las autoridades estadounidenses.
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¿Qué muestra el video?
El video divulgado por la FGR muestra el momento del despegue de un avión bimotor Beechcraft King Air 350 desde un aeródromo ubicado al norte de Culiacán, menciona la información publicada en WRadioMex.
La aeronave despegó desde una pista de aterrizaje en la comunidad de Campo Berlín, situada en la zona de La Palma, Navolato y estas imágenes confirman las coordenadas y detalles proporcionados anteriormente por la FGR, coincidiendo con fotografías satelitales y con la ubicación del aeródromo.
Huertos del Pedregal, lugar donde habría ocurrido el “secuestro” y del cual la FGR ya califica como traición a la patria al presunto perpetrador, Joaquín Guzmán López, hijo del Chapo Guzmán.
— Aarón Ibarra (@aarontuit) August 23, 2024
También se ve la pick up donde presuntamente transpiraron al Mayo. (2) pic.twitter.com/Tykjkne6Fg
¿Cómo fue la captura de “El Mayo” Zambada y Joaquín Guzmán?
De acuerdo con una carta atribuida a Ismael “El Mayo” Zambada, los eventos que llevaron a su captura comenzaron con una emboscada organizada por Joaquín Guzmán López. Según la carta, “El Mayo” fue sorprendido en el rancho y centro de eventos llamado ‘Huertos del Pedregal’, ubicado en las afueras de Culiacán, donde Zambada fue sometido y trasladado a una pista de aterrizaje cercana.
El lugar donde fue capturado, según la información proporcionada por Zambada, está ubicado a unos 20 o 25 minutos de distancia de la pista desde donde fue forzado a abordar un avión privado. Este mismo avión es el que aparece en el video difundido por la FGR.
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¿Por qué se le acusa de traición a la patria?
El 26 de julio, la Fiscalía General de la República (FGR) inició una investigación formal con la apertura de la carpeta número SON/HSO/0001/882/2024. Esta investigación se centra en los posibles delitos cometidos por “El Mayo” Zambada y Guzmán López.
Los cargos que se están evaluando incluyen vuelo ilícito, uso no autorizado de instalaciones aéreas, violación de la legislación migratoria y aduanera, secuestro y traición a la patria, conforme al artículo 123 del Código Penal Federal.
Además, se consideran otros delitos como homicidio, privación ilegal de la libertad, y co-participaciones relacionadas.
El hecho de que la FGR haya incluido el delito de traición a la patria generó dudas entre los ciudadanos sobre las posibles implicaciones legales y políticas en el caso de Ismael Zambada, ya que el mismo abogado de ‘El Mayo’, acusó a ‘Los Chapitos’ de traición.
¿De qué trata el delito de traición a la patria en México?
El Código Penal Federal, en su Libro Segundo, Título Primero sobre Delitos contra la Seguridad de la Nación, establece en el Capítulo I los delitos de Traición a la Patria.
La última reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023.
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Artículo 123
Establece penas de cinco a cuarenta años de prisión y multas de hasta cincuenta mil pesos para mexicanos que cometan traición a la patria, incluyendo actos que:
- Atenten contra la independencia o integridad de México, colaborando con gobiernos extranjeros.
- Participen en hostilidades contra México o cooperen con Estados extranjeros en formas que perjudiquen al país.
- Forme parte de grupos armados extranjeros con intenciones de atacar a México.
- Destruyan o confundan señales de límites territoriales, causando conflictos.
- Recluten personas para combatir a México con ayuda extranjera.
- Mantengan relaciones con extranjeros para guiar invasiones o alterar la paz interior.
- Proporcionen documentos o datos militares sin autorización.
- Oculten o ayuden en actos de espionaje.
- Faciliten elementos para invasiones o bloqueen suministros a tropas mexicanas.
- Soliciten intervención extranjera o protección contra México.
- Inviten a extranjeros a atacar o invadir México.
- Intenten enajenar o dividir el territorio nacional.
- Reciban beneficios para realizar actos de traición.
- Acepten cargos del invasor o cometan actos de sedición o terrorismo durante conflictos.
Artículo 124
Impone penas de cinco a veinte años de prisión y multas de hasta veinticinco mil pesos a quienes:
- Celebren pactos ofensivos con Estados extranjeros o acepten tropas extranjeras sin cumplir disposiciones constitucionales.
- Contribuyan a establecer gobiernos de facto en áreas ocupadas por invasores.
- Acepten cargos del invasor o realicen actos no autorizados que provoquen guerra con México.
Artículo 125
Aplica penas de dos a doce años de prisión y multas de mil a veinte mil pesos a quienes inciten al pueblo a reconocer gobiernos impuestos por invasores o aceptar protectorado extranjero.
Artículo 126
Las mismas penas se aplican a extranjeros que cometan estos delitos, excepto en los casos de incitación a invasiones y relaciones con extranjeros para alterar la paz interior.
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