“Tumba” la Corte reforma eléctrica del Presidente
Presumiblemente buscó favorecer a la CFE sobre empresas privadas.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia declaró ayer inconstitucional la reforma de marzo de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que buscó favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas.
La Segunda Sala de la Corte concedió el primero de cientos de amparos promovidos por el sector privado, al establecer que los siete artículos principales de la reforma violan las reglas sobre generación y mercado eléctrico mayorista, previstas en la Constitución desde 2013.
Dichos artículos de la LIE incluyen el que ordena dar despacho preferente a energía generada por centrales de la CFE, o privadas que trabajan en exclusiva para ella, por encima de las renovables y otras privadas; el que eliminó la obligación de realizar subastas para adquirir energía, y el que generalizó el acceso a certificados de energías limpias.
Si bien el amparo sólo fue concedido a seis empresas privadas, la Corte aclaró que el efecto práctico es dejar de aplicar la reforma y obligar a las autoridades a operar con la versión anterior de la LIE, ya que, de beneficiar solo a las quejosas, se provocarían distorsiones en el mercado.
Por virtud del amparo, no podrán dejar de producirse consecuencias de manera general respecto de todos los agentes económicos que en el participan (en el mercado eléctrico mayorista); máxime que, de no reconocerse esos resultados colaterales de la protección Constitucional, podría crearse una diversa distorsión en ese mercado, porque precisamente se colocaría a las empresas quejosas en una posición de especificidad en el plano de la competencia”, explica el fallo.
La votación del amparo fue de empate a dos, con Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar a favor, Yasmín Esquivel y Lenia Batres en contra, y una excusa planteada por el ministro Javier Láynez, aprobada por tres votos contra uno.
REACCIONA BATRES POR REDES SOCIALES
“Hoy, en el marco de los amparos AR 164/2023 y AR 106/2023, se dio albazo en la Segunda Sala de la Suprema Corte para declarar inconstitucionales disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, entre ellas, algunas ya discutidas y declaradas constitucionales por el Pleno de la Corte”, afirmó la ministra Lenia Batres en sus redes sociales.
Según la ministra, no se dio trámite a la recusación interpuesta por la Secretaría de Energía, violando el artículo 60 de la Ley de Amparo.
La votación en la Sala resultó en un empate 2 a 2, que el Presidente resolvió indebidamente con un voto de calidad, en contravención con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”, destacó.
Esta nota contiene información de Agencia Reforma
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