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Pensionados del IMSS bajo la Ley 73 pueden aumentar hasta 15% su pensión mediante asignaciones familiares si cumplen los requisitos establecidos por el Instituto

Cuando el pensionado no tiene esposa, concubina o hijos que generen asignación familiar, el IMSS contempla un apoyo por ascendientes

Pensionados del IMSS bajo la Ley 73 pueden aumentar hasta 15% su pensión mediante asignaciones familiares si cumplen los requisitos establecidos por el Instituto
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MÉXICO.- Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que reciben una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el Régimen de la Ley de 1973 pueden incrementar el monto mensual que reciben mediante las asignaciones familiares, un apoyo económico previsto en la legislación para quienes tienen beneficiarios que dependen económicamente de ellos.

De acuerdo con el IMSS, el porcentaje adicional depende del tipo de beneficiario registrado y de las condiciones establecidas por la Ley del Seguro Social vigente para ese régimen de pensión.

¿Quiénes pueden generar un aumento en la pensión?

Las asignaciones familiares permiten sumar un porcentaje adicional sobre el monto de la pensión cuando existen determinados familiares dependientes.

Los porcentajes previstos por el IMSS son los siguientes:

  • 15% por esposa o concubina
  • 10% por cada hijo menor de 16 años
  • 10% por cada hijo de 16 a 25 años, siempre que estudie en un plantel incorporado al Sistema Educativo Nacional, presente la documentación correspondiente y no sea sujeto del régimen obligatorio del IMSS.
  • 10% por cada hijo con enfermedad o discapacidad física o psíquica que le impida mantenerse por sí mismo. En este caso, el apoyo puede continuar independientemente de la edad mientras persista la condición
Según información del IMSS, el monto que aumenta la pensión por cada asignación familiar, depende del parentesco. | Foto: El Imparcial/ Pngwing

¿Qué pasa si no hay esposa, concubina o hijos?

Cuando el pensionado no tiene esposa, concubina o hijos que generen asignación familiar, el IMSS contempla un apoyo por ascendientes.

En esos casos puede otorgarse 10% por cada padre, indica un artículo de UnoTV, siempre que dependa económicamente del pensionado.

Además, si únicamente existe un ascendiente en esa condición, el instituto puede conceder una ayuda asistencial adicional del 10%.

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¿Cuándo termina el beneficio?

El IMSS señala que las asignaciones familiares no son permanentes en todos los casos.

El apoyo concluye cuando ocurre alguna de las siguientes situaciones:

  • Fallece el familiar que originó la asignación.
  • El hijo cumple 16 años, salvo que continúe estudiando
  • El hijo cumple 25 años, aun cuando permanezca estudiando
  • En el caso de hijos con incapacidad para trabajar, cuando desaparece la condición que justificó el beneficio

¿Existe apoyo si no hay ningún beneficiario?

Sí. Cuando el pensionado no cuenta con esposa, concubina, hijos ni ascendientes que dependan económicamente de él, el IMSS puede otorgar una ayuda asistencial equivalente al 15% del monto de la pensión.

El monto puede variar según cada caso

El Instituto también precisa que el porcentaje de asignación familiar puede ser menor al señalado cuando resulte aplicable el ajuste previsto en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.

Por esa razón, el incremento final depende de las condiciones particulares de cada pensionado y del régimen legal bajo el cual se determinó su pensión.

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