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Estas son las cuatro modalidades para jubilarse por la Ley 97 del IMSS que permiten a trabajadores con Afore cobrar una pensión mensual o retirar sus recursos al cumplir 875 semanas

Los asegurados que comenzaron a cotizar a partir de julio de 1997 disponen de cuatro modalidades para cobrar su retiro.

Estas son las cuatro modalidades para jubilarse por la Ley 97 del IMSS que permiten a trabajadores con Afore cobrar una pensión mensual o retirar sus recursos al cumplir 875 semanas
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MÉXICO.- Los trabajadores que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo el régimen de la Ley 97, es decir, quienes iniciaron su vida laboral formal a partir del 1 de julio de 1997, deben cumplir con 875 semanas cotizadas para tramitar su retiro. Este requisito se incrementa en 25 semanas cada año hasta alcanzar las 1,000 semanas exigidas para 2031.

Además de contar con al menos 60 años de edad, los asegurados dependientes de sus cuentas individuales de Afore tienen acceso a cuatro mecanismos legales para recibir un ingreso mensual. El saldo acumulado, el rendimiento financiero de la cuenta y las semanas registradas ante el IMSS determinan de forma directa el monto de la pensión final.

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¿Cuáles son las cuatro formas de pensionarse por la Ley 97?

El sistema actual contempla cuatro vías distintas para que los trabajadores retirados cobren sus recursos:

  1. Renta Vitalicia: El asegurado traspasa sus fondos acumulados en la Afore a una compañía aseguradora autorizada, la cual se encarga de pagar una pensión de por vida ajustada anualmente con la inflación.
  2. Retiro Programado: Se firma directamente con la Afore administradora de la cuenta. La institución realiza pagos mensuales hasta que el saldo acumulado se agota, por lo que el beneficio final depende estrictamente del capital ahorrado.
  3. Pensión Garantizada: Es el derecho otorgado por el Estado mediante el IMSS a quienes cumplen la edad y las semanas requeridas, pero cuyo ahorro resulta insuficiente para contratar una Renta Vitalicia o un Retiro Programado.
  4. Fondo de Pensiones del Bienestar: Funciona como un complemento financiero para que trabajadores de 65 años o más reciban un monto equivalente a su último salario registrado, siempre que este no supere el tope de 17,885.85 pesos.
El sistema actual contempla cuatro vías distintas para que los trabajadores retirados cobren sus recursos. FOTO: Especial.

¿Qué ocurre si no se alcanzan las semanas requeridas?

Uno de los principales retos para los cotizantes de la Ley 97 es la intermitencia en el empleo formal. En México, más del 50 por ciento de la población ocupada labora en la informalidad, lo que dificulta completar el historial de cotización exigido por la norma.

En los casos donde el IMSS emite una resolución con negativa de pensión por no reunir las semanas cotizadas necesarias, la ley otorga una alternativa práctica: el trabajador tiene el derecho de retirar la totalidad de los recursos acumulados en su cuenta de Afore y la subcuenta de Infonavit en una sola exhibición.

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¿Qué apoyos complementarios existen para los pensionados?

A la par del saldo generado en las Afores, las reformas implementadas en 2020 establecieron un incremento progresivo en las aportaciones patronales para fortalecer el saldo de las cuentas individuales a largo plazo. Según análisis de la OCDE, esto permite que trabajadores de ingresos bajos obtengan tasas de reemplazo superiores al 100 por ciento de su último sueldo.

Adicionalmente, los jubilados de este régimen pueden sumar a sus ingresos la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, apoyo no contributivo del Gobierno Federal equivalente a 6,400 pesos bimestrales, el cual actúa como un respaldo económico independiente del ahorro individual.

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