Pensionados del IMSS e ISSSTE: declaración anual ante el SAT vence el 30 de abril y la pensión de mayo llegará con retraso
El calendario de pagos para el mes de mayo sufrirá una modificación que conviene tener presente para planificar sus finanzas.

MÉXICO.- Si usted recibe una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, es importante que revise con atención sus ingresos del año 2025.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido una fecha límite para que ciertos jubilados presenten su declaración anual, además, el calendario de pagos para el mes de mayo sufrirá una modificación que conviene tener presente para planificar sus finanzas.
De acuerdo con la información oficial difundida por el Servicio de Administración Tributaria, el próximo jueves 30 de abril de 2026 es el último día para que los pensionados obligados presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
¿Qué pensionados del IMSS e ISSSTE están obligados a declarar ante el SAT?
La obligación fiscal no aplica para todos los jubilados. Según lo establecido por la autoridad tributaria, únicamente deben presentar la declaración anual aquellos pensionados del IMSS y del ISSSTE que durante el año 2025 percibieron ingresos superiores a un umbral específico.
El SAT determina esta obligación con base en un cálculo referenciado al salario mínimo.
Deben cumplir con este trámite quienes reciban un pago mensual superior al equivalente de quince salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al mes.
En términos prácticos y para mayor claridad, la dependencia precisa que están obligados a declarar los jubilados cuyos ingresos anuales durante 2025 hayan excedido la cantidad de 400 mil pesos.
¿Cómo se calcula el impuesto si mi pensión supera el límite exento?
Existe una duda recurrente entre los jubilados que superan ligeramente el tope de ingresos. La precisión del Servicio de Administración Tributaria es clara al respecto y representa un alivio para el bolsillo del contribuyente.
El SAT señala que, en caso de que los ingresos por pensión rebasen el límite establecido, únicamente se cobrará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) por el monto de la cantidad excedida.
La parte de la pensión que se encuentra por debajo del umbral de los 400 mil pesos anuales permanece exenta del pago de este gravamen.
Para entenderlo con un ejemplo práctico proporcionado por la autoridad: si un pensionado recibe ingresos mensuales de 50 mil pesos, la exención fiscal cubrirá aproximadamente 45 mil pesos de ese ingreso.
El cálculo del ISR se aplicará exclusivamente sobre los 5 mil pesos restantes que superan el límite permitido.

¿Cuál es la fecha límite y cómo se realiza el trámite?
El plazo fatal para cumplir con esta responsabilidad fiscal vence el jueves 30 de abril de 2026.
Se recomienda no esperar hasta el último momento para evitar saturaciones en el sistema o contratiempos técnicos que pudieran derivar en una multa.
Para realizar la declaración anual o solicitar mayor información sobre este procedimiento, el SAT pone a disposición de los contribuyentes su portal oficial en internet.
Ahí encontrará las herramientas necesarias, como el simulador de declaración y el acceso al sistema con su RFC y contraseña o e.firma.
¿Cuándo se deposita la pensión de mayo de 2026 para IMSS e ISSSTE?
Además de las obligaciones fiscales, los pensionados deben ajustar su presupuesto a las fechas de dispersión de recursos.
Para el pago correspondiente al mes de mayo de 2026, los depósitos se realizarán de manera diferenciada entre ambas instituciones debido a un día inhábil en el calendario bancario.
Los primeros en recibir su dinero serán los pensionados del ISSSTE, ellos podrán disponer de su pago a partir del miércoles 29 de abril de 2026.
Por su parte, los jubilados afiliados al IMSS deberán esperar algunos días más; su depósito correspondiente al mes de mayo estará disponible hasta el lunes 4 de mayo de 2026.
Este ajuste se debe a que la fecha habitual de pago coincide con un día no laborable para las instituciones bancarias, por lo que el depósito se recorre al siguiente día hábil más cercano, de acuerdo con los calendarios oficiales de cada entidad de seguridad social.
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