Pasos para calcular el aguinaldo que te corresponde en 2025
La Ley Federal del Trabajo (LFT), considera que después del 20 de diciembre, el pago se considera extemporáneo y puede derivar en multas de hasta 565,700 pesos

MÉXICO.- Antes del 20 de diciembre, los trabajadores mexicanos deben recibir el pago correspondiente al aguinaldo, independientemente de su antigüedad o situación laboral.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), considera que después del 20 de diciembre, el pago se considera extemporáneo y puede derivar en multas de hasta 565,700 pesos, impuestas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), según lo publicado por el diario especializado El Economista.
Cómo calcular el pago del aguinaldo
Para conocer cuánto corresponde del pago del aguinaldo, se debe considerar primero el salario diario, para lo que se debe dividir el sueldo mensual entre los 30 días del mes.
Una vez calculado lo que se obtiene por día, se multiplica esta cantidad por 15 días, que es lo que la ley establece como obligatorio para esta prestación, mientras que son por 40 días, para quienes se desempeñan en el sector público.
En un ejemplo práctico, El Economista sugiere que una persona con salario mensual de $16,951.04, deberá calcular su aguinaldo de la siguiente forma:
- Salario diario: $16,951.04 ÷ 30 = $565.03
- Aguinaldo: $565.03 × 15 = $8,475.51
Casos en los que corresponde una parte del aguinaldo
Cuando se tiene menos de un año de servicio, la ley establece que el trabajador no tiene derecho a recibir un aguinaldo completo, pero sí una parte proporcional, que se calcula de la siguiente manera:
- Salario diario × 15 días × meses trabajados ÷ 12
- En un ejemplo con 3 meses laborados, el cálculo debería realizarse de la siguiente manera:
- $565.03 × 15 = $8,475.51
- $8,475.51 × 3 ÷ 12 = $2,118.87
Lo que pasa si este año te aumentaron el sueldo
El aguinaldo se calcula con el salario vigente al momento del pago, no con el que se percibía al inicio del año, por lo que te corresponderá el aguinaldo, según tus nuevos ingresos, sin importar que hasta este año lo hayan aumentado.
Esta prestación laboral se debe pagar en efectivo o, con autorización escrita del trabajador, mediante depósito bancario.
No es válido en especie, como podrían ser vales, productos o servicios, y se debe considerar que no existe una obligación de pagarlo en una sola exhibición, siempre que se cumpla con el pago total a la fecha límite que es antes del 20 de diciembre.
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