Infonavit participará en plan piloto para inscribir a repartidores de plataformas digitales
En la publicación en el Diario Oficial de la Federación se determina que los patrones deberán inscribir a los repartidores de plataforma al IMSS, y por lo tanto, ante el Infonavit

MÉXICO.- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo donde hace pública su participación en la prueba piloto para inscribir a repartidores de plataformas digitales, para que reciban el beneficio de vivienda.
En la publicación en el Diario Oficial de la Federación se determina que los patrones deberán inscribir a los repartidores de plataforma al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y por lo tanto, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
La inscripción oportuna de las personas trabajadoras de plataformas digitales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y por ende, ante el Infonavit, es inexcusable y deberá realizarse desde el inicio de la relación laboral”, se precisa en el documento oficial.
De acuerdo con el acuerdo del Infonavit, el incumplimiento de las obligaciones puede derivar en sanciones previstas en el Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos a cargo de los patrones.
Como ocurre con el resto de los patrones que registran a sus empleados ante el Infonavit, estos deberán pagar el 5% del equivalente del salario de sus trabajadores, como parte de las aportaciones patronales.
El incumplimiento en el pago oportuno de las aportaciones voluntarias también generará recargos en términos del Código Fiscal de la Federación y la Ley del Infonavit.
La obligación de pagar las aportaciones de los trabajadores de plataformas digitales, se mantendrá incluso si estos ya tuvieran la calidad de pensionados o si los asegurados están bajo el esquema de continuación voluntaria en el régimen obligatorio.
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