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Trabajó más de 43 años en una gasolinera, se jubiló a los 64 y reclamó los 10 mil litros de combustible que marcaba su convenio hasta que un tribunal obligó a la empresa que se negaba a entregárselos completos

La empresa reconocía el beneficio, pero pretendía reducirlo a 9 mil 166 litros porque el empleado estaba a dos meses de cumplir 65 años; el tribunal concluyó que el convenio no permite hacer ese cálculo proporcional

Trabajó más de 43 años en una gasolinera, se jubiló a los 64 y reclamó los 10 mil litros de combustible que marcaba su convenio hasta que un tribunal obligó a la empresa que se negaba a entregárselos completos

Después de trabajar más de 43 años para la misma empresa, un empleado de una gasolinera decidió jubilarse a los 64 años y 10 meses con un beneficio poco habitual: 10 mil litros de combustible como premio por retiro anticipado.

El problema comenzó cuando Unidad de Suministro Palomarejos SL reconoció que el trabajador tenía derecho a la prestación, pero intentó reducirla a 9 mil 166.66 litros al considerar que estaba muy cerca de cumplir 65 años. El empleado rechazó el cálculo y acudió a los tribunales hasta conseguir que se reconociera la cantidad completa.

El caso, difundido por AS y documentado previamente a partir de la sentencia por El Digital de Albacete, ocurrió en la provincia de Toledo, España. La Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha confirmó el 10 de julio de 2026 que el convenio establece cantidades por años cumplidos y no autoriza reducir el premio proporcionalmente por los meses transcurridos dentro de cada edad.

¿Por qué un trabajador podía recibir 10 mil litros al jubilarse?

El beneficio no fue una compensación extraordinaria concedida por el juez ni un regalo voluntario de la gasolinera.

Está contemplado expresamente en el Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio de España, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Su artículo 47 establece premios en especie para trabajadores que decidan jubilarse voluntariamente antes de cumplir 67 años.

La cantidad cambia dependiendo de la edad:

  • 63 años: 11 mil litros.
  • 64 años: 10 mil litros.
  • 65 años: 9 mil litros.
  • 66 años: 8 mil litros.

El convenio permite recibir el beneficio como combustible para automóvil o mediante su equivalente en nuevas energías o productos de tienda, a crédito y a elección de la persona trabajadora.

Existe además un requisito de antigüedad: para acceder a esta jubilación voluntaria incentivada se necesitan al menos 10 años trabajando para la empresa.

En este caso ese requisito estaba ampliamente superado.

El tribunal rechazó reducir el beneficio a 9 mil 166 litros y ordenó entregarlo completo.

¿Cuánto tiempo había trabajado en la gasolinera?

La sentencia señala que el empleado tenía reconocida una antigüedad desde el 1 de mayo de 1980 en Unidad de Suministro Palomarejos SL.

En noviembre de 2023 notificó mediante correo electrónico que pretendía jubilarse voluntariamente el 21 de diciembre de ese año y manifestó además su intención de acogerse al premio contemplado en el convenio colectivo.

Cuando terminó la relación laboral tenía 64 años y 10 meses, además de más de 43 años de antigüedad reconocida.

Precisamente esos 10 meses adicionales dentro de sus 64 años terminaron convirtiéndose en el punto principal de la disputa.

¿Por qué la empresa quería darle solo 9 mil 166 litros?

Unidad de Suministro Palomarejos no negó inicialmente que existiera el derecho al premio.

La diferencia estaba en cómo debía calcularse.

Al trabajador le faltaban aproximadamente dos meses para cumplir 65 años. El convenio concede 10 mil litros a quien se jubila con 64 y 9 mil litros a quien lo hace con 65. La compañía consideró que debía hacerse un cálculo proporcional tomando en cuenta los meses transcurridos.

El resultado de esa fórmula fue 9 mil 166.66 litros.

Eso suponía una reducción de 833.34 litros frente a los 10 mil reclamados por el jubilado.

El trabajador no estuvo de acuerdo porque el texto del convenio no establece una tabla por meses ni contempla una disminución gradual conforme una persona se acerca a su siguiente cumpleaños.

La discusión terminó entonces ante la justicia laboral.

¿Por qué el tribunal le dio la razón al jubilado?

Primero intervino el Juzgado de lo Social número 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina, que resolvió a favor del trabajador y ordenó entregar los 10 mil litros completos. La empresa recurrió después ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El TSJ confirmó la decisión.

La clave estuvo en una lectura sencilla del convenio: las cantidades están determinadas por la edad cumplida y no por fracciones mensuales.

El trabajador tenía 64 años cuando se jubiló. Todavía no había cumplido 65.

Por tanto, pertenecía al tramo de los 64 años y le correspondían 10 mil litros.

El tribunal consideró que aceptar la fórmula empresarial implicaría introducir un prorrateo que los negociadores del convenio nunca incluyeron en el texto.

La diferencia de estar a unos meses de cumplir la siguiente edad no modificaba el derecho establecido.

El convenio reconocía 10 mil litros de combustible a quienes se jubilaran con 64 años.

¿Tenía que reclamar el premio después de jubilarse?

La empresa también planteó otro argumento relacionado con el momento en que el trabajador formalizó su reclamación.

El convenio establece que quien quiera acceder a la jubilación incentivada debe comunicarlo a la empresa dentro del periodo previsto. La compañía sostuvo que una de las peticiones del trabajador se había producido fuera del plazo.

El TSJ tampoco aceptó esa postura.

El empleado había comunicado antes de retirarse tanto la fecha en la que terminaría su relación laboral como su voluntad de acogerse a la prima. Posteriormente volvió a solicitar que se hiciera efectivo el beneficio.

Para la Sala, no tenía sentido exigirle que repitiera exactamente la misma comunicación después de jubilarse cuando la empresa ya sabía que pretendía ejercer ese derecho.

Además, la compañía había reconocido previamente la existencia de la prestación y discutía principalmente la cantidad, no que el trabajador careciera por completo del derecho.

¿Le entregarán de golpe los 10 mil litros de combustible?

No.

La resolución contempla una forma mucho más práctica de hacer efectivo el premio: el jubilado podrá acudir periódicamente a la estación de servicio y repostar hasta agotar el saldo de 10 mil litros.

Durante el conflicto se plantearon distintas alternativas, entre ellas utilizar una tarjeta en la que se fueran descontando los litros consumidos.

El tribunal consideró adecuada la posibilidad de realizar repostajes sucesivos, evitando así que el trabajador tenga que recibir o almacenar físicamente miles de litros de combustible de una sola vez.

Para dimensionar la cantidad, 10 mil litros equivalen a 200 cargas de 50 litros cada una.

El beneficio, por tanto, podría utilizarse gradualmente durante un periodo prolongado dependiendo del consumo del jubilado.

¿Podía pedir dinero en lugar del combustible?

El convenio no define el premio simplemente como un pago en efectivo.

El artículo 47 establece que puede consistir en combustible para automoción o su equivalente en nuevas energías o productos de tienda, a crédito y a elección del trabajador.

Durante las negociaciones entre las partes también se analizaron distintas formas para materializar el beneficio, incluida una posible compensación económica, según la información de la sentencia publicada por El Digital de Albacete.

La solución finalmente ratificada judicialmente fue que el exempleado pudiera repostar periódicamente hasta consumir sus 10 mil litros.

¿Todos los trabajadores de gasolineras tienen derecho a 10 mil litros cuando se jubilan?

No automáticamente.

El caso deriva de las condiciones concretas del Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio aplicable a este trabajador. El propio convenio establece requisitos, edades y una antigüedad mínima de 10 años.

Tampoco todos reciben la misma cantidad.

El beneficio disminuye según la edad a la que se produzca la jubilación voluntaria: desde los 11 mil litros previstos para los 63 años hasta los 8 mil establecidos para quienes se retiran con 66.

El caso tampoco significa que los trabajadores de gasolineras en México tengan un beneficio semejante. La controversia ocurrió en España y deriva de un convenio colectivo español, por lo que sus efectos no se trasladan automáticamente a trabajadores de otros países.

La empresa también deberá pagar las costas del recurso

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimó íntegramente el recurso presentado por la empresa y confirmó la resolución que reconoció los 10 mil litros completos.

La compañía fue condenada además al pago de las costas procesales, con 800 euros correspondientes a los honorarios de la abogada del trabajador. También perderá el depósito constituido para recurrir una vez que la resolución alcance firmeza.

La sentencia del 10 de julio señalaba que todavía podía prepararse un recurso de casación para la unificación de doctrina dentro del plazo legal contado desde su notificación. En la información pública localizada para esta nota no consta que se haya comunicado posteriormente la presentación de ese recurso.

Más de cuatro décadas de trabajo terminaron en una discusión por 833 litros

La disputa no consistía en determinar si el trabajador tenía algún derecho tras jubilarse. La propia empresa había reconocido que existía una prima.

El conflicto estaba en 833.34 litros: la diferencia entre los 9 mil 166.66 que ofrecía la compañía y los 10 mil establecidos para quien se retira con 64 años.

El tribunal optó por aplicar literalmente la escala negociada en el convenio. Mientras el empleado no hubiera cumplido 65 años, correspondía tratarlo como una persona jubilada a los 64 y entregarle la cantidad completa prevista para esa edad.

Después de más de 43 años trabajando para la misma compañía, el exempleado podrá así utilizar progresivamente el combustible reconocido como parte de su jubilación anticipada.

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