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Trump mantiene la presión comercial con aranceles de hasta 12.5% a casi todos sus principales socios, mientras empresas e importadores revisan exclusiones y reglas de origen

Contenedores de carga en un puerto de Estados Unidos tras la entrada en vigor de nuevos aranceles de Donald Trump.

Trump mantiene la presión comercial con aranceles de hasta 12.5% a casi todos sus principales socios, mientras empresas e importadores revisan exclusiones y reglas de origen

ESTADOS UNIDOS.- El gobierno del presidente Donald Trump impuso una nueva ronda de aranceles de entre 10% y 12.5% a productos procedentes de 60 economías, entre ellas México, Canadá, China, Brasil, Japón, la Unión Europea y Reino Unido.

La medida ya entró en vigor a las 00:01 horas del viernes 24 de julio de 2026, tiempo del este de Estados Unidos. De acuerdo con la Casa Blanca y la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, USTR, los impuestos se aplicaron después de una investigación sobre las políticas de esos socios comerciales para impedir el ingreso de mercancías producidas con trabajo forzoso.

Los nuevos gravámenes sustituyeron el recargo temporal de 10% establecido bajo la Sección 122, que expiró en el mismo momento.

Ahora, la administración Trump utiliza la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una disposición que permite responder a prácticas comerciales consideradas injustificadas, discriminatorias o dañinas para el comercio estadounidense.

La medida afecta a la mayoría de los productos procedentes de las economías investigadas. Sin embargo, contempla excepciones para mercancías estratégicas, materias primas, energéticos, alimentos y productos que ya pagan impuestos bajo otras disposiciones comerciales.

La administración estadounidense sostiene que sus principales socios comerciales no han prohibido o no aplican de manera efectiva restricciones contra la importación de productos elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso.  Foto: Especial

En el caso de México y Canadá, también quedaron fuera los bienes que cumplen con las reglas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, T-MEC, destacó CBS.

¿Por qué Trump impuso estos nuevos aranceles?

La administración estadounidense sostiene que sus principales socios comerciales no han prohibido o no aplican de manera efectiva restricciones contra la importación de productos elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso.

La USTR inició el 12 de marzo de 2026 investigaciones contra 60 economías. Posteriormente, el 2 de junio concluyó que las políticas y prácticas de cada una representaban una carga o restricción para el comercio de Estados Unidos.

La autoridad recibió más de mil 600 comentarios escritos y escuchó a más de 100 participantes durante audiencias celebradas del 7 al 9 de julio.

Tras el proceso, la Casa Blanca ordenó aplicar dos niveles generales de aranceles:

  • Una tasa de 10% para economías que ya cuentan con alguna prohibición, que asumieron compromisos para establecerla o que aplican controles parciales.
  • Una tasa de 12.5% para las economías que, según Estados Unidos, no han adoptado una prohibición suficiente.

La administración presentó la medida como una estrategia para combatir el trabajo forzoso dentro de las cadenas mundiales de suministro.

“El día de hoy comenzará a corregirse lo que constituye tanto un abuso contra los derechos humanos como una práctica comercial distorsionante, con el fin de mejorar el bienestar de los trabajadores en todas partes”, declaró el representante comercial estadounidense, Jamieson Greer.

¿Cuánto arancel pagarán los productos de México?

México fue incluido en el grupo con una tasa general de 10%. Sin embargo, esto no significa que todas las exportaciones mexicanas hacia Estados Unidos deban pagar automáticamente ese impuesto.

Los productos que acrediten el cumplimiento de las reglas de origen y demás requisitos del T-MEC quedaron exentos de los nuevos aranceles. La exclusión busca evitar interrupciones en las cadenas de suministro de América del Norte, donde numerosos bienes cruzan varias veces las fronteras durante su proceso de fabricación.

Por ello, el impacto dependerá de factores como:

  • El tipo de mercancía exportada.
  • Su clasificación arancelaria.
  • El cumplimiento de las reglas de origen del T-MEC.
  • La documentación presentada por el importador.
  • La existencia de alguna exclusión específica.

Las empresas que no acrediten el trato preferencial del T-MEC podrían enfrentar el arancel adicional de 10%, además de otros impuestos que correspondan.

¿Qué países tienen un arancel de 10%?

La Casa Blanca asignó una tasa general de 10% a las siguientes economías:

  • Argentina.
  • Bangladesh.
  • Camboya.
  • Canadá.
  • Ecuador.
  • El Salvador.
  • Guatemala.
  • Honduras.
  • India.
  • Indonesia.
  • Jordania.
  • Malasia.
  • México.
  • Pakistán.
  • Sri Lanka.
  • Trinidad y Tobago.
  • Reino Unido.

En estos casos, Estados Unidos consideró que los gobiernos ya cuentan con alguna prohibición contra productos elaborados con trabajo forzoso, establecieron controles parciales o asumieron compromisos comerciales para adoptar nuevas medidas.

La Unión Europea y Taiwán también tienen como referencia una tasa de 10%, pero su aplicación se calcula de una manera distinta.

Cuando un producto europeo o taiwanés ya tiene un arancel ordinario menor a 10%, Estados Unidos aplica únicamente la cantidad necesaria para que el gravamen total llegue a ese nivel. Si el impuesto anterior ya es igual o superior a 10%, no se añade un nuevo arancel bajo esta acción.

¿Qué países enfrentar una tasa de 12.5%?

La tasa general de 12.5% se aplicó al resto de las economías investigadas:

  • Argelia.
  • Angola.
  • Australia.
  • Bahamas.
  • Bahréin.
  • Brasil.
  • Chile.
  • China.
  • Colombia.
  • Costa Rica.
  • República Dominicana.
  • Egipto.
  • Guyana.
  • Hong Kong.
  • Irak.
  • Israel.
  • Kazajistán.
  • Kuwait.
  • Libia.
  • Marruecos.
  • Nueva Zelanda.
  • Nicaragua.
  • Nigeria.
  • Noruega.
  • Omán.
  • Perú.
  • Filipinas.
  • Catar.
  • Rusia.
  • Arabia Saudita.
  • Singapur.
  • Sudáfrica.
  • Tailandia.
  • Turquía.
  • Emiratos Árabes Unidos.
  • Uruguay.
  • Venezuela.
  • Vietnam.

Japón, Corea del Sur y Suiza también están sujetos a un nivel combinado de hasta 12.5%, aunque operan bajo un mecanismo que toma en cuenta los aranceles ordinarios que ya paga cada producto.

Si el impuesto previo es menor a 12.5%, se agrega únicamente la diferencia. Cuando ya alcanza o supera ese porcentaje, el arancel adicional bajo la Sección 301 es de cero.

¿Los aranceles se aplican a todos los productos?

La orden incluye varias categorías exentas. Entre los bienes que pueden quedar fuera están:

  • Petróleo y gas.
  • Fertilizantes.
  • Determinados alimentos.
  • Materias primas cuya oferta interna es insuficiente.
  • Productos que podrían provocar interrupciones económicas si fueran gravados.
  • Artículos que Estados Unidos no puede producir en cantidades suficientes o a precios razonables.
  • Material informativo.
  • Donaciones.
  • Equipaje acompañado.
  • Mercancías que ya pagan aranceles bajo la Sección 232.

La Sección 232 cubre productos considerados relevantes para la seguridad nacional, como automóviles, acero, aluminio y cobre.

La lista exacta de excepciones depende del país y de la clasificación arancelaria de cada mercancía. Por ello, dos productos procedentes de la misma economía pueden recibir un tratamiento distinto.

¿Qué significa que las 60 economías concentran el 99.4% de las importaciones?

La USTR informó que las 60 economías investigadas representan en conjunto el 99.4% de las importaciones de Estados Unidos.

Ese porcentaje describe el peso comercial de los países y territorios incluidos. No significa que el 99.4% de todos los bienes importados vaya a pagar necesariamente un nuevo impuesto.

La cobertura efectiva será menor debido a las exclusiones por producto, los acuerdos comerciales, las reglas especiales para algunas economías y los bienes que ya están gravados bajo otras disposiciones.

Aun así, la medida tiene un alcance amplio porque incluye a los principales proveedores del mercado estadounidense.

¿Qué pasó con los aranceles de la sección 122?

En febrero de 2026, Trump estableció un recargo temporal de 10% sobre una parte amplia de las importaciones usando la Sección 122 de la Ley de Comercio. Esa disposición permite aplicar una sobretasa para enfrentar problemas graves en la balanza de pagos de Estados Unidos, pero únicamente durante un periodo limitado.

El recargo comenzó el 24 de febrero y permaneció vigente durante 150 días. Expiró a las 00:01 horas del 24 de julio.

Los nuevos aranceles por trabajo forzoso comenzaron a aplicarse exactamente en ese momento, lo que permitió conservar un nivel mínimo de impuestos sobre gran parte de las importaciones.

Aunque las tasas son similares, la justificación jurídica cambió. El impuesto anterior se relacionaba con la balanza de pagos, mientras que el nuevo se basa en las investigaciones comerciales de la Sección 301.

¿Por qué la Casa Blanca cambió la base legal?

El gobierno recurrió a la Sección 301 después de que la Suprema Corte de Estados Unidos invalidó en febrero de 2026 una parte de los aranceles globales que Trump había establecido bajo una ley de emergencias nacionales.

La Sección 301 ha sido utilizada durante décadas para investigar y sancionar prácticas comerciales consideradas injustas. También ha superado impugnaciones judiciales anteriores.

Esto no impide que los nuevos impuestos sean cuestionados en tribunales, pero especialistas en comercio consideran que la administración cuenta con una base jurídica más específica que la empleada en los aranceles anulados.

¿Qué pasa con las mercancías que ya estaban en tránsito?

La disposición incluyó un periodo especial para determinadas cargas. Las mercancías que ya habían sido embarcadas antes de la entrada en vigor podían quedar temporalmente exentas si ingresaban a Estados Unidos antes de las 00:01 horas del 28 de julio de 2026, tiempo del este.

Después de esa fecha, los importadores deben revisar si el producto está sujeto al arancel, si cumple con algún tratado comercial o si aparece en la lista de excepciones.

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¿Quién paga realmente un arancel?

El arancel se cobra al importador cuando la mercancía entra en Estados Unidos. La empresa que importa el producto puede asumir el costo, negociarlo con el proveedor extranjero o trasladar una parte al precio final.

Por esa razón, los posibles efectos pueden reflejarse en:

  • Mayores costos para empresas estadounidenses.
  • Cambios en los precios al consumidor.
  • Reducción de pedidos a proveedores extranjeros.
  • Traslado de la producción hacia otros países.
  • Renegociación de contratos comerciales.
  • Sustitución de ciertos productos importados.

El impacto no será igual en todos los sectores. Dependerá de la disponibilidad de proveedores alternativos, el nivel de competencia y la capacidad de las compañías para absorber los nuevos costos.

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Países cuestionan la justificación de Estados Unidos

Varios gobiernos rechazaron las conclusiones de Washington. Noruega sostuvo que ya cuenta con normas para impedir el comercio de mercancías elaboradas mediante trabajo forzoso. Australia y Brasil también calificaron los impuestos como injustificados y anunciaron gestiones para buscar su eliminación.

China rechazó las acusaciones y afirmó que dispone de leyes para combatir esas prácticas. El gobierno chino pidió cancelar los gravámenes y advirtió que se reserva el derecho de responder.

La administración Trump, por su parte, afirma que ninguna de las economías investigadas aplica una prohibición tan amplia y efectiva como la estadounidense.

Esa afirmación forma parte de la justificación oficial, pero es rechazada por varios de los países involucrados.

¿Pueden modificarse los aranceles?

Las tasas, exclusiones y mecanismos especiales pueden cambiar mediante negociaciones o nuevas decisiones de la USTR.

La Casa Blanca también prevé establecer cuotas arancelarias para ciertos textiles y prendas procedentes de Bangladesh, Camboya, Indonesia y Malasia.

Esos mecanismos permitirían que determinados volúmenes ingresen sin pagar el nuevo gravamen si los países utilizan algodón o insumos textiles estadounidenses. La administración espera tener listo el sistema a partir del 1 de septiembre de 2026.

Mientras tanto, esos bienes están sujetos a la tasa correspondiente de 10%.

Qué deben revisar las empresas mexicanas

Las empresas que exportan de México a Estados Unidos deben confirmar si sus productos cumplen con las condiciones para recibir el trato preferencial del T-MEC.

Entre los documentos que pueden resultar necesarios están:

  • La certificación de origen.
  • La clasificación arancelaria correcta.
  • Los registros sobre los componentes utilizados.
  • Los procesos de producción.
  • La información del proveedor.
  • Los contratos y documentos de embarque.

También conviene verificar si la mercancía aparece entre los bienes excluidos o si está sujeta a otro régimen arancelario.

Un error en la clasificación o en la documentación puede provocar el cobro del nuevo impuesto, revisiones aduaneras o retrasos en la liberación de la carga.

Los aranceles abren una nueva etapa comercial

Los gravámenes de 10% y 12.5% mantienen una parte central de la política comercial de Trump después de la expiración del impuesto temporal de la Sección 122.

La Casa Blanca sostiene que la medida busca combatir el trabajo forzoso. Al mismo tiempo, permite conservar un arancel mínimo sobre productos procedentes de los principales socios de Estados Unidos.

Para México, el punto central es que la tasa anunciada es de 10%, pero los productos que cumplen con el T-MEC permanecen exentos. Esto reduce el impacto para una parte de las exportaciones, aunque obliga a empresas e importadores a revisar con mayor cuidado el origen, la clasificación y los documentos de cada mercancía.

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