FGR ofrecerá recompensas de hasta 60 millones de pesos por información para capturar delincuentes y estableció quiénes pueden cobrarlas
Las nuevas reglas establecen qué delitos pueden dar lugar a una recompensa, cómo se calculará el monto y qué condiciones deberán cumplir las personas que aporten información para recibir el pago.

La Fiscalía General de la República (FGR) estableció un nuevo procedimiento para ofrecer recompensas a quienes proporcionen información útil para localizar y detener a probables responsables de delitos graves en México. Las reglas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), fijan montos de entre 100 mil y 60 millones de pesos, además de criterios para evaluar cada caso y proteger la identidad de las personas informantes.
El acuerdo, publicado el 13 de octubre de 2026, define cómo se propondrán, autorizarán y pagarán las recompensas. También establece qué delitos pueden ser considerados, qué información deberá contener cada convocatoria y quiénes quedan excluidos del beneficio. La publicación no anuncia una recompensa para una persona específica: establece las bases para futuros acuerdos de la institución.
La medida contempla la participación del Comité de Recompensas de la FGR y de distintas áreas de la Fiscalía. El documento oficial puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación, donde se publican las disposiciones que regulan este procedimiento.

¿Qué delitos pueden generar una recompensa de la FGR?
Las reglas contemplan tres supuestos generales para determinar qué investigaciones pueden dar lugar a una recompensa. La posibilidad de ofrecer dinero no significa que todos los casos recibirán una convocatoria, pues cada propuesta deberá analizarse conforme a los criterios establecidos por el Comité.
Los delitos considerados son:
- Delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, conforme al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Delitos en los que no proceden criterios de oportunidad, acuerdos reparatorios ni suspensión condicional del proceso, de acuerdo con las disposiciones aplicables.
- Delitos cuya media de la pena de prisión sea de cinco años o más.
Además, las reglas contemplan de manera específica los casos de integrantes de la delincuencia organizada que tengan una orden de aprehensión vigente.
¿Cómo decidirá la FGR cuánto dinero ofrecer por cada persona?
El monto de cada recompensa se determinará mediante una evaluación del caso. El Comité deberá considerar tres criterios en conjunto, en lugar de aplicar una cantidad fija para todos los delitos.
- Jerarquía dentro de la organización delictiva: el nivel que ocupa la persona buscada y la relevancia de las actividades que realiza.
- Trascendencia e impacto social: la afectación que el caso representa para los valores sociales y políticos del Estado mexicano.
- Magnitud criminal y nivel de amenaza: incluye la gravedad de los hechos, la capacidad y peligrosidad de la persona probable responsable, la escala de la actividad delictiva y sus repercusiones sociales.
Con base en estos elementos, el Comité determinará el monto que corresponda y lo asentará en el acuerdo respectivo. La cantidad final dependerá de las circunstancias de cada investigación y de la disponibilidad presupuestaria.
¿Cuáles son las etapas para autorizar una recompensa?
El procedimiento establecido por la FGR contempla cinco etapas para tramitar el ofrecimiento y el eventual pago de una recompensa:
- Presentación de la propuesta: se plantea la necesidad de ofrecer una recompensa y se analiza el caso.
- Determinación del monto: el Comité evalúa los criterios aplicables y define la cantidad propuesta.
- Emisión del acuerdo: se formalizan las condiciones del ofrecimiento.
- Recepción y valoración de información: se analiza lo que aporten las personas informantes y su utilidad para la investigación.
- Determinación y pago: se resuelve si la información cumple las condiciones para que proceda la entrega del dinero.
Cada acuerdo deberá incluir información para identificar la carpeta de investigación y, cuando sea posible, fotografías de la persona buscada. También deberá precisar los datos disponibles del Registro Nacional de Detenciones y los domicilios, teléfonos o correos electrónicos habilitados para recibir información.
Una vez aprobado el acuerdo, el presidente del Comité tendrá un plazo de tres días hábiles para firmarlo. Después, la Secretaría Técnica gestionará su publicación en el DOF y en la Normateca.
Antes de la aprobación, la Oficialía Mayor deberá confirmar la viabilidad presupuestaria, tomando en cuenta los recursos disponibles en el Fondo para el Mejoramiento de la Procuración de Justicia.
¿Cómo puede una persona aportar información y mantener su identidad protegida?
Las reglas establecen mecanismos de confidencialidad para quienes proporcionen datos relacionados con una investigación. La información deberá ser recibida por el agente del Ministerio Público de la Federación responsable y evaluada para determinar si contribuye al esclarecimiento de los hechos o a la detención de probables responsables.
El procedimiento contempla las siguientes medidas:
- Número confidencial: cada persona informante recibirá un número de identificación personal e intransferible.
- Registro de la información: el Ministerio Público deberá dejar constancia por escrito de la fecha y hora en que recibió los datos.
- Medio de contacto privado: se solicitará una vía de comunicación para futuras notificaciones.
- Protección de identidad: el nombre y los datos de identificación de la persona informante no se harán públicos, conforme a las disposiciones aplicables de transparencia y protección de datos personales.
- Evaluación de la información: los datos deberán resultar útiles y veraces, con una contribución directa y efectiva a la investigación o a la detención de probables responsables.
La entrega de información no garantiza automáticamente el pago. El Comité deberá determinar si se cumplieron las condiciones previstas en el acuerdo de recompensa correspondiente.
¿Cómo se pagará la recompensa y quién tendrá derecho a recibirla?
El pago podrá realizarse mediante depósito bancario, efectivo o cheque, de acuerdo con las reglas establecidas. Para recibirlo, la persona deberá contar con el número confidencial de identificación correspondiente.
El procedimiento también contempla qué ocurrirá cuando varias personas aporten los mismos datos:
- Si una persona entrega primero la información, tendrá derecho a recibir la recompensa, siempre que se cumplan los requisitos.
- Si varias personas la entregan de manera simultánea, el monto se dividirá en partes iguales.
- Si la persona beneficiaria no proporciona sus datos bancarios o no acude a la cita de pago, perderá el derecho a recibir el dinero cuando incumpla el plazo de diez días hábiles posteriores a la notificación, conforme a las reglas.
Por ello, el pago depende tanto de la utilidad de la información como del cumplimiento de los requisitos administrativos establecidos por la Fiscalía.
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¿Quiénes no pueden recibir las recompensas de la FGR?
Las reglas excluyen expresamente a determinados servidores públicos y a sus familiares del derecho a recibir el dinero.
No podrán cobrar estas recompensas:
- Servidores públicos que desempeñen funciones de procuración de justicia.
- Servidores públicos con funciones de seguridad pública.
- Sus cónyuges.
- Sus concubinas o concubinos.
- Sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado.
¿La FGR publicará información sobre las recompensas que entregue?
Sí. El Comité deberá elaborar un informe público anual sobre el estado de los asuntos relacionados con el ofrecimiento y la entrega de recompensas.
Esta obligación permitirá conocer el seguimiento general del mecanismo, sin que ello implique divulgar la identidad de quienes proporcionen información bajo las condiciones de confidencialidad previstas.
Es importante distinguir entre las reglas generales y cada convocatoria: el acuerdo publicado el 13 de octubre de 2026 establece cómo funcionará el procedimiento, pero no representa por sí mismo el anuncio de una recompensa activa por una persona determinada. Para conocer los datos de un caso concreto, será necesario consultar el acuerdo específico que emita la FGR.
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